Ordenanza

Starter Section

Art.1º.- Amplíase por el término de noventa (90) días, a partir de la
promulgación de la presente Ordenanza, la prórroga otorgada por
Ordenanza Nº 2710-99, a la aplicación del Art. 2º de la Ordenanza Nº
2666-99.-

Art.2º.- Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente.-

Art.3º.- Comuníquese., publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

En razón de producirse el vencimiento prorrogado por Ordenanza Nº
27120-99 a lo dispuesto en el Art. 2º de la ordenanza 2666-99, y
encontrándose en tratamiento el proyecto que posibilite consensuar una
normativa definitiva en materia de habilitación de estos centros de
consumo masivo, el cual exige un estudio pormenorizado que considere
los efectos que su radicación puede provocar en distintos sectores de
la comunidad, sobre todo en lo que hace al impacto económico social que
de diferentes formas afecta la economía de pequeños y medianos
comerciantes locales, se considera necesario extender su plazo de
aplicación.-

Por todo ello, el Concejo municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones,
sanciona la presente ORDENANZA Nº 2733-00, a los dos días del mes de
marzo del año dos mil.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 2987-C-99

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA