Ordenanza
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Ordenanza Nº 2734/00 - CONVENIO CON MINISTERIO DE GOBIERNO CONTROL RADARES EN RUTAS
Art.1º.-Facúltase a la Municipalidad de Venado Tuerto a suscribir
convenio con el Ministerio de Gobierno y la Sección de Transporte, a
fin de controlar por medio de radares, el tránsito vehicular sobre Ruta
Nacional Nº8 y Ruta Nacional Nº 33, en los tramos delimitados como
urbanos, según Ordenanza Nº2080/92.
Art.2º.-Asúmase por parte de la Municipalidad de Venado Tuerto, en
forma exclusiva y excluyente la responsabilidad civil como consecuencia
de hechos derivados del control de velocidad por radares, censores y/o
cualquier otro medio técnico de control que se instrumente en el
futuro.
Art.3º.-comuníquese, publíquese y archívese.
Fundamentos
* Visto que la Dirección Provincial de Vialidad ha solicitado
constancias legales para la aprobación definitiva de la solicitud de la
Municipalidad del control de los medios técnicos a emplear en
operativos de tránsito sobre Ruta Nacional Nº8 y Ruta Nacional Nº33,
según convenio a celebrarse con el Ministerio de Gobierno dela
Provincia , y considerando que deben cumplirse los extremos aludidos
para poder implementar los controles previstos desde km.364 a 370 en la
primera y desde km. 630 a 633 en la segunda, trámites delimitados como
urbanos -según Ordenanza Nº2080/92- todo según convenio a celebrarse
con el Ministerio de Gobierno, y de conformidad con la presente norma,
a resguardo de todas las exigencias legales.
Por todo lo expuesto, el concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la sala de sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº2734/00, a los dos días del mes de
marzo del año dos mil.
convenio con el Ministerio de Gobierno y la Sección de Transporte, a
fin de controlar por medio de radares, el tránsito vehicular sobre Ruta
Nacional Nº8 y Ruta Nacional Nº 33, en los tramos delimitados como
urbanos, según Ordenanza Nº2080/92.
Art.2º.-Asúmase por parte de la Municipalidad de Venado Tuerto, en
forma exclusiva y excluyente la responsabilidad civil como consecuencia
de hechos derivados del control de velocidad por radares, censores y/o
cualquier otro medio técnico de control que se instrumente en el
futuro.
Art.3º.-comuníquese, publíquese y archívese.
Fundamentos
* Visto que la Dirección Provincial de Vialidad ha solicitado
constancias legales para la aprobación definitiva de la solicitud de la
Municipalidad del control de los medios técnicos a emplear en
operativos de tránsito sobre Ruta Nacional Nº8 y Ruta Nacional Nº33,
según convenio a celebrarse con el Ministerio de Gobierno dela
Provincia , y considerando que deben cumplirse los extremos aludidos
para poder implementar los controles previstos desde km.364 a 370 en la
primera y desde km. 630 a 633 en la segunda, trámites delimitados como
urbanos -según Ordenanza Nº2080/92- todo según convenio a celebrarse
con el Ministerio de Gobierno, y de conformidad con la presente norma,
a resguardo de todas las exigencias legales.
Por todo lo expuesto, el concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la sala de sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº2734/00, a los dos días del mes de
marzo del año dos mil.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp-3208-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO