Ordenanza

Starter Section

Total consolidado

Para consolidar

Organismo decentralizado

EROGAC. CORRIENTES

21.786.231,30

18.455.931,30

3.330.300,00

EROGACIONES EN PERSONAL

10.717.303,33

10.717.303,33

EROGAC. EN BIENES Y SERV.

7.806.893,46

4.476.593,46

3.330.300,00

EROGAC. P/INTERESES DEUDA

2.051.928,32

2.051.928,32

EROGAC. POR TRANSFERENCIA

1.210.106,19

1.210.106,19

EROGAC. DE CAPITAL

7.761.618,76

7.761.618,76

INVERSIONES REALES

1.501.529,00

1.501.529,00

ACTIVOS FIJOS

1.501.529,00

1.501.529,00

TRABAJOS PÚBLICOS

6.260.089,06

6.260.089,76

TOTALES

29.547.850,06

26.217.550,06

3.330.300,00

Art. 2º.- Fíjase en la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO
TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON SEIS CENTAVOS ($
25.133.850,06), el Cáculo de Recursos destinado a atender las
erogaciones a que se refiere el Art. 1º de acuerdo con la distribución
resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las
planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Total consolidado

Para consolidar

Organismo decentralizado

RECURSOS CORRIENTES

25.113.850,06

21.623.700,00

3.490.150,00

DE JURISDICCIÓN PROPIA

18.383.850,06

14.893.700,06

3.490.150,00

TRIBUTARIOS

13.905.700,00

13.905.700,00

CONTRIBUCIÓN DE MEJORAS

720.000,00

720.000,00

NO TRIBUTARIOS

3.758.150,00

3.758.150,00

INST.MUNIC.DE PREVISIÓN SOC.

3.490.150,00

----------------

3.490.150,00

DE OTRAS JURISDICCIONES

6.730.000,00

6.730.000,00

COPARTICIPACION NACIONAL

1.560.000,00

1.560.000,00

COPARTICIPACIÓN PROVINCIAL

5.170.000,00

5.170.000,00

RECURSOS DE CAPITAL

20.000,00

20.000,00

VENTA DE ACTIVO FIJO

20.000,00

20.000,00

TOTALES

25.133.850,06

21.643.700,06

3.490.150,00

Art. 3º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos
precedentes, estímese el siguiente Balance Financiero Preventivo:

Total
consolidado

Para
consolidar

Organismo decentralizado

I - TOTAL DE EROGACIONES
( S/Art. 1º) total .................................

29.547.850,06

26.057.700,06

3.490.150,00

II - TOTAL DE RECURSOS
( S/Art. 2º) total ................................

25.133.850,06

21.643.700,06

3.490.150,00

III - NECESIDAD FINANCIAMIENTO
Total ...................................................

4.414.000,00

4,414.000,00

Art. 4º.- Estímase en la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS
CATORCE MIL ($ 4.414.000,00) el financiamiento de la Administración
Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación
al detalle que figura en las planillas anexas y que forman parte
integrante de esta Ordenanza.

Total
consolidado

Para
consolidar

Organismo decentralizado

I - APORTES NO REINTEGRABLES

64.000,00

64.000,00

II - USO DEL CRÉDITO

4.200.000,00

4.200.000,00

III - DISPONIBILIDAD EJERC. ANTER.

150.000,00

150.000,00

TOTAL DEL FINANCIAMIENTO

4.414.000,00

4.414.000,00

Art. 5º.- Fíjase en la suma de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS
NOVENTA MIL CIENTO CINCUENTA ($ 3.490.150,00) el Presupuesto Operativo
del Instituto Municipal de previsión Social de Venado Tuerto para el
año 2000, estímase los recursos de financiamiento destinados a atender
dichas erogaciones en los siguientes importes, cuya desagregación obra
en planillas Anexas y que forman parte de esta Ordenanza

EROGACIONES

RECURSOS Y FINANCIAMIENTO

INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISIÓN SOCIAL DE VENADO TUERTO

3.330.330,00

3.490.150,00

SUPERÁVIT

159.850,00

TOTAL

3.490.150,00

3.490.150,00

Art. 6º.- Las erogaciones a atender con fondos provenientes de
subsidios otorgados por la Nación, la Provincia o Entes Autárquicos,
deberán ajustarse en cuanto a su monto y oportunidad a las cifras
realmente recaudadas o cuyas recaudación esté material o legalmente
asegurada dentro del ejercicio.

Art. 7º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el
Presupuesto general, incorporando las partidas necesarias o
incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones
originadas por la adhesión a Leyes, Decretos y Convenios Nacionales o
Provinciales en vigencia, dentro del ámbito Municipal. Dicha
autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el
Gobierno Nacional o Provincial y/o Entes locales, no pudiendo
modificarse el Balance Financiero preventivo.

Art. 8º.- Las erogaciones que se comprometen durante el ejercicio
fiscal 2000, no podrán modificar las necesidades de financiamiento
establecida en el Art. 3º.- de la presente, ni las erogaciones
corrientes superar los recursos corrientes efectivamente recaudados.

Art. 9º.- Los Balances Mensuales de Tesorería, serán presentados al
Concejo Municipal, dentro de los primeros diez (10) días corridos del
mes siguiente, con la misma nomenclatura de Rubros y Partidas de
Recursos, Financiamiento y Erogaciones como se expone en presupuesto
por esta Ordenanza.

Art. 10º.- Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente.

Art. 11º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2738/00 a los veintidós días del
mes de marzo del año dos mil.

Dr. ERNESTO D. DE MATTIA - Presidente del Honorable Concejo Municipal
de Venado Tuerto.

JOSE WALLACE - Secretario Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS AÑO 2000

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA