Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 2783/00 - PASAMANOS Y RAMPAS EN LA CIUDAD PARA DISCAPACITADOS
Art.1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría
de Obras y Servicios Públicos, instalará pasamanos en las rampas
construidas en el radio de la ciudad, para personas discapacitadas, de
acuerdo a las especificaciones técnicas y materiales que considere
apropiadas y en concordancia a las pautas insertas en las Leyes
Nacionales y ordenanzas reguladoras del "Sistema Integral de Protección
para Personas Discapacitadas".-
Art.2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a formular
convenios con empresas privadas, a efectos de lograr el financiamiento
para el equipamiento urbano, con material adecuado previsto en el
artículo primero, en contraprestación de su utilización con fines
publicitarios, a través de un concurso de ofertas.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Motiva la presente Ordenanza, contar con el equipamiento urbano
completo de las rampas para personas discapacitadas, construidas en el
radio urbano de la ciudad, que beneficiará también a personas de
avanzada edad con dificultades motoras y que necesitan asirse a los
pasamanos que les permita ascender a las veredas con mayor facilidad.-
De esta manera, se pretende avanzar en el proyecto que oportunamente la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos inició con la construcción de
rampas, conforme a los dictados de las Ordenanzas Nros. 2105-92 y
2588-98, que posibilitan la implementación del "Sistema Integral de
Protección para Personas Discapacitadas". (Leyes Nacionales Nros. 22431
y 24314 con sus Decretos Reglamentarios).-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunid en la Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, sanciona
la presente ORDENANZA Nº 2783-00, a los treinta días del mes de agosto
del año dos mil.-
de Obras y Servicios Públicos, instalará pasamanos en las rampas
construidas en el radio de la ciudad, para personas discapacitadas, de
acuerdo a las especificaciones técnicas y materiales que considere
apropiadas y en concordancia a las pautas insertas en las Leyes
Nacionales y ordenanzas reguladoras del "Sistema Integral de Protección
para Personas Discapacitadas".-
Art.2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a formular
convenios con empresas privadas, a efectos de lograr el financiamiento
para el equipamiento urbano, con material adecuado previsto en el
artículo primero, en contraprestación de su utilización con fines
publicitarios, a través de un concurso de ofertas.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Motiva la presente Ordenanza, contar con el equipamiento urbano
completo de las rampas para personas discapacitadas, construidas en el
radio urbano de la ciudad, que beneficiará también a personas de
avanzada edad con dificultades motoras y que necesitan asirse a los
pasamanos que les permita ascender a las veredas con mayor facilidad.-
De esta manera, se pretende avanzar en el proyecto que oportunamente la
Secretaría de Obras y Servicios Públicos inició con la construcción de
rampas, conforme a los dictados de las Ordenanzas Nros. 2105-92 y
2588-98, que posibilitan la implementación del "Sistema Integral de
Protección para Personas Discapacitadas". (Leyes Nacionales Nros. 22431
y 24314 con sus Decretos Reglamentarios).-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunid en la Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, sanciona
la presente ORDENANZA Nº 2783-00, a los treinta días del mes de agosto
del año dos mil.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3316-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO