Ordenanza
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Ordenanza Nº 2857/01 - CONTRATO DE LOCACION INMUBLE ENTRE MVT Y COOP. AGROPECUARIA
Art.1º.-Ratifícase el Contrato de Locación suscripto entre la
Municipalidad de Venado Tuerto y la Cooperativa Agropecuaria de Venado
Tuerto Limitada, en fecha 02 de enero del año dos mil uno, y con
relación al inmueble descripto en los considerandos de la presente
Ordenanza.
Art.2º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer uso de
la opción de compra del inmueble referido, todo según montos,
condiciones y modalidad de pago establecidos en el Contrato celebrado y
que en fotocopia certificada se agrega formando parte de la presente.
Art.3ª.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Visto el Contrato de Locación con opción a compra, suscripto entre la
Municipalidad de Venado Tuerto y la Cooperativa Agropecuaria de Venado
Tuerto Limitada, y
Considerando que en la cláusula novena (9ª) del citado Contrato, se
estipula expresamente que el mismo se realiza y/o suscribe
ad-referendum de este Concejo Municipal.
Que a través del referido Contrato la Municipalidad ha locado un
inmueble, compuesto de varios lotes de terreno con lo edificado,
clavado y plantado, situado en esta ciudad de Venado Tuerto,
Departamento General López, Provincia de Santa Fe; forman parte de los
Lotes "F", "G", "H", TRES Y CUATRO de la Manzana "CUARENTA Y SIETE" y
de acuerdo al Plano de división confeccionado por el Ingeniero Carlos
D. Manacorda archivado bajo el número ciento ocho mil cuatrocientos
treinta y seis (108.436), año mil novecientos ochenta y uno; se
designan como Lotes DOS,TRES, CUATRO, CINCO, SEIS, SIETE, OCHO, NUEVE Y
DIEZ, que unidos miden: treinta y dos metros cuarenta y cuatro
centímetros al Sud-Oeste, lindando con calle Juan B.Justo; ochenta y
siete metros, quince centímetros al Sud-Este lindando con Avenida
Sarmiento ; su costado Nor-Oeste es una línea quebrada y su primer
tramo hacia el Nor-Este mide treinta y siete metros, un centímetro; el
segundo tramo hacia el Nor-Oeste mide dieciséis metros cincuenta y seis
centímetros, lindando en éstos dos rumbos con el Lote UNO, y el tercer
y último tramo hacia el Nor-Este mide cincuenta metros cuarenta y ocho
centímetros lindando con Marenghini Hnos. S.R.L. y J.Sbrizi, su costado
Nor-Este es una línea quebrada y su primer tramo hacia el Sud-Este mide
catorce metros, ochenta y cinco centímetros lindando con P.Arosa, su
segundo tramo hacia el Sud-Oeste mide treinta y nueve centímetros y su
tercer y último tramo hacia el Sud-Este mide treinta y cuatro metros,
quince centímetros lindando en éstos dos rumbos con J.Ricciardi; forman
la esquina Sud de la Manzana formada por las calles Juan B. Justo y
Avda. Sarmiento.Encierran una superficie total de TRES MIL SEISCIENTOS
SESENTA METROS, SETENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (3.660,76 dm2).
Que asimismo y por la cláusula cuarta (4ª) se pactó una opción de
compra a favor del Municipio, acordándose como precio total y
definitivo la suma de PESOS CUATROCIENTOS TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y
UNO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 413.141,72), siendo pagadera de la
siguiente forma:
a) La suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL CUATROCIENTOS SIETE CON OCHENTA
Y SEIS CENTAVOS ($ 130.407,86) será debitado del precio pactado y
acordado ut-supra, por deudas fiscales que la Cooperativa Agropecuaria
posee actualmente para con la Municipalidad.
b) La suma de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON
OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($202.733,86) PAGADEROS EN VEINTE (20)CUOTAS
SEMESTRALES POR LA Municipalidad de Venado Tuerto al Banco de Santa Fe
residual.
c) La suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000) pagaderos a los Dres. JUAN
SEBASTIÁN DI PAOLO y HORACIO VITALI.
d) La suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) a abonarse a la Cooperativa
en treinta (30) cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin intereses
de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($1.666.-) cada una. A éste
monto se le deberá descontar el importe capitalizable de los canones
locativos, según se estableció en la cláusula tercera (3ª) de
corresponder.
Que de efectuarse la opción de compra, la Municipalidad adquiere un
inmueble de relieve económico significativo, capitalizándose, siendo
ventajoso a los intereses municipales no sólo por el precio y las
facilidades en su adquisición, sino también porque se estaría cobrando
una deuda importante que de otra forma se tornaría dificultosa, en
cuanto a su ejecución, se evitaría el pago de alquileres y se
concretarían una serie de Proyectos tales como la radicación en dicho
lugar de la Dirección Municipal de Tránsito, de Educación y la
Secretaría de Acción Social.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones,
sanciona la siguiente ORDENANZA Nº 2857/01, a los catorce días del mes
de agosto del año dos mil uno.
Municipalidad de Venado Tuerto y la Cooperativa Agropecuaria de Venado
Tuerto Limitada, en fecha 02 de enero del año dos mil uno, y con
relación al inmueble descripto en los considerandos de la presente
Ordenanza.
Art.2º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer uso de
la opción de compra del inmueble referido, todo según montos,
condiciones y modalidad de pago establecidos en el Contrato celebrado y
que en fotocopia certificada se agrega formando parte de la presente.
Art.3ª.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Visto el Contrato de Locación con opción a compra, suscripto entre la
Municipalidad de Venado Tuerto y la Cooperativa Agropecuaria de Venado
Tuerto Limitada, y
Considerando que en la cláusula novena (9ª) del citado Contrato, se
estipula expresamente que el mismo se realiza y/o suscribe
ad-referendum de este Concejo Municipal.
Que a través del referido Contrato la Municipalidad ha locado un
inmueble, compuesto de varios lotes de terreno con lo edificado,
clavado y plantado, situado en esta ciudad de Venado Tuerto,
Departamento General López, Provincia de Santa Fe; forman parte de los
Lotes "F", "G", "H", TRES Y CUATRO de la Manzana "CUARENTA Y SIETE" y
de acuerdo al Plano de división confeccionado por el Ingeniero Carlos
D. Manacorda archivado bajo el número ciento ocho mil cuatrocientos
treinta y seis (108.436), año mil novecientos ochenta y uno; se
designan como Lotes DOS,TRES, CUATRO, CINCO, SEIS, SIETE, OCHO, NUEVE Y
DIEZ, que unidos miden: treinta y dos metros cuarenta y cuatro
centímetros al Sud-Oeste, lindando con calle Juan B.Justo; ochenta y
siete metros, quince centímetros al Sud-Este lindando con Avenida
Sarmiento ; su costado Nor-Oeste es una línea quebrada y su primer
tramo hacia el Nor-Este mide treinta y siete metros, un centímetro; el
segundo tramo hacia el Nor-Oeste mide dieciséis metros cincuenta y seis
centímetros, lindando en éstos dos rumbos con el Lote UNO, y el tercer
y último tramo hacia el Nor-Este mide cincuenta metros cuarenta y ocho
centímetros lindando con Marenghini Hnos. S.R.L. y J.Sbrizi, su costado
Nor-Este es una línea quebrada y su primer tramo hacia el Sud-Este mide
catorce metros, ochenta y cinco centímetros lindando con P.Arosa, su
segundo tramo hacia el Sud-Oeste mide treinta y nueve centímetros y su
tercer y último tramo hacia el Sud-Este mide treinta y cuatro metros,
quince centímetros lindando en éstos dos rumbos con J.Ricciardi; forman
la esquina Sud de la Manzana formada por las calles Juan B. Justo y
Avda. Sarmiento.Encierran una superficie total de TRES MIL SEISCIENTOS
SESENTA METROS, SETENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (3.660,76 dm2).
Que asimismo y por la cláusula cuarta (4ª) se pactó una opción de
compra a favor del Municipio, acordándose como precio total y
definitivo la suma de PESOS CUATROCIENTOS TRECE MIL CIENTO CUARENTA Y
UNO CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 413.141,72), siendo pagadera de la
siguiente forma:
a) La suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL CUATROCIENTOS SIETE CON OCHENTA
Y SEIS CENTAVOS ($ 130.407,86) será debitado del precio pactado y
acordado ut-supra, por deudas fiscales que la Cooperativa Agropecuaria
posee actualmente para con la Municipalidad.
b) La suma de PESOS DOSCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON
OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($202.733,86) PAGADEROS EN VEINTE (20)CUOTAS
SEMESTRALES POR LA Municipalidad de Venado Tuerto al Banco de Santa Fe
residual.
c) La suma de PESOS TREINTA MIL ($30.000) pagaderos a los Dres. JUAN
SEBASTIÁN DI PAOLO y HORACIO VITALI.
d) La suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) a abonarse a la Cooperativa
en treinta (30) cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin intereses
de PESOS UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS ($1.666.-) cada una. A éste
monto se le deberá descontar el importe capitalizable de los canones
locativos, según se estableció en la cláusula tercera (3ª) de
corresponder.
Que de efectuarse la opción de compra, la Municipalidad adquiere un
inmueble de relieve económico significativo, capitalizándose, siendo
ventajoso a los intereses municipales no sólo por el precio y las
facilidades en su adquisición, sino también porque se estaría cobrando
una deuda importante que de otra forma se tornaría dificultosa, en
cuanto a su ejecución, se evitaría el pago de alquileres y se
concretarían una serie de Proyectos tales como la radicación en dicho
lugar de la Dirección Municipal de Tránsito, de Educación y la
Secretaría de Acción Social.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones,
sanciona la siguiente ORDENANZA Nº 2857/01, a los catorce días del mes
de agosto del año dos mil uno.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO