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Ordenanza Nº 2863/01 - ACEPTACION PRESTAMO PARA OBRA ALARGUE PISTA AERODROMO

Art.1º. -Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir en
concepto de préstamo la suma de hasta $ 450.000 (PESOS CUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL) a ser otorgados por empresas y entidades locales y de la
zona, con el objeto de proceder a la ejecución de las obras de
extensión y remodelación de la pista de aterrizaje e infraestructura
anexa del Aeródromo "Tomás B.Kenny" de nuestra ciudad.

Art.2º. -La gestión de recaudación de los aportes crediticios
mencionados en el artículo anterior, el control de las erogaciones que
fueren menester relativas al pago de la obra conforme el avance que
registre, previa emisión de los pertinentes certificados de obra y el
seguimiento del proceso de elaboración del proyecto y ejecución estará
a cargo de la "Comisión Pro-extensión de la pista aeródromo Tomás
B.Kenny", cuyas atribuciones y modo de funcionamiento estará
determinado por vía reglamentaria y puesto a conocimiento del Concejo
Municipal.

Art.3º. -Se incorporará a la Comisión Pro- extensión de la pista del
aeródromo, citada en el artículo precedente, al Presidente del concejo
Municipal o al miembro en quien este delegue, con acuerdo del Cuerpo,
en representación del órgano legislativo local.

Art.4º. -Procédase a la apertura de una cuenta corriente especial en el
Banco de la Nación Argentina Sucursal Venado Tuerto, a nombre de la
Municipalidad de Venado Tuerto, en la cual se depositarán los fondos
del emprendimiento supra señalado y cuyos movimientos tanto de ingresos
como de egresos, se imputarán exclusivamente a la obra pública en
cuestión con la visación y aprobación de la comisión Pro-extensión de
la Pista del aeródromo "Tomás B.Kenny".

Art.5º. -La cancelación del empréstito privado apuntado en el artículo
1º. - se efectuará mediante el pago de veinticuatro (24) cuotas
mensuales, iguales y consecutivas, fijándose una tasa de interés anual
del 6% (seis por ciento) sobre saldo. El vencimiento de la primera de
las cuotas se producirá a los seis meses de presentación del
certificado final de obra por quien correspondiere.

Art.6º. -El interés del 6% (seis por ciento) anual sobre saldo
convenido, será entendido y aplicado única y exclusivamente cuando la
empresa o titular otorgante, no registre deuda alguna con el Municipio
al momento de concretarse el acto de aporte del préstamo y suscripción
de la documentación respectiva o que en oportunidad de hacer efectivo
al certificado de crédito fiscal, el tenedor no observase estado de
morosidad tributaria con el Municipio.

Art.7º. -Los otorgantes del préstamo podrán renunciar en forma expresa
a la aplicación del interés pactado, en oportunidad de formalizarse la
operación, o en cualquier etapa de la vigencia del certificado de
crédito fiscal extendido por la Municipalidad de Venado tuerto y que
obren en su poder.

Art.8º. - Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir
certificados de crédito fiscal cancelatorios de obligaciones
tributarias de distinto carácter, para ser aplicados al pago de las
cuotas referidas en la Cláusula 5º de la presente normativa. Estos
certificados serán extendidos a los otorgantes del préstamo, una vez
finalizada la obra pública objeto de esta ordenanza.

Art.9º. -El Departamento Ejecutivo Municipal suscribirá con los
empresarios y/o titulares aportantes del préstamo un contrato de mutuo,
estableciendo las condiciones del monto acordado, plazo, intereses,
formas de devolución, naturaleza de la vinculación y demás aspectos
relacionados con la operatoria convenida.

Art.10º. -Acéptase el subsidio de $ 300.000 (Pesos trescientos mil)
otorgado a la Municipalidad de Venado Tuerto por el gobierno de la
provincia de Santa Fe, con destino a las obras de extensión y
remodelación de la pista de aterrizaje e infraestructura del Aeródromo
"Tomás B.Kenny" y dése ingreso de dicho monto por la vía contable
pertinente en la cuenta corriente especial cuya apertura se ordena en
el artículo 4º. - de la presente normativa.

Art.11º. -Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal y a la
comisión Pro-extensión de la Pista del Aeródromo "Tomás B.Kenny" a
utilizar los sistemas de contratación que se consideren más
convenientes y oportunos a efectos de agilizar el proceso de
construcción de la obra pública en sus distintos módulos, a saber: a.-
movimiento de suelos; b.- ejecución de la carpeta asfáltica; c.-
seguridad -balizamiento, generador, aparatología y equipos siempre que
se cumplimenten los extremos determinados por la Ley 10734, en cuanto a
las alternativas que garanticen la libre concurrencia de oferentes, la
igualdad de oportunidades entre los mismos, la trasparencia y la falta
de arbitrariedad del proceso, así como las condiciones más ventajosas
para el interés público.

Art.12º. -En la alternativa de contratación que se adopten y de acuerdo
a lo dispuesto en la Ordenanza Nº2843-01, el Departamento Ejecutivo
Municipal podrá adquirir materiales e insumos o contratar servicios de
empresarios locales, aunque sus ofertas fueren superadas por las de
oferentes de otras localidades, cuando la diferencia sea de un margen
de hasta un 5% (cinco por ciento) de la menor oferta y siempre que no
supere la suma de $ 1500. - (pesos un mil quinientos) y la calidad del
producto y las condiciones de pago sean similares.

Art.13º. -El Departamento Ejecutivo Municipal observará el fiel
cumplimiento de la Ordenanza Nº2802-00 disponiendo que la empresa o
empresas que resulten beneficiarias de la obra, consideren la inclusión
entre sus dependientes y/o terceros subcontratistas de un mínimo de
setenta por ciento (70%) de personas que se encuentren domiciliadas y
efectivamente radicadas en nuestra ciudad.

Art.14º. -Asimismo, el Departamento Ejecutivo Municipal procederá
conforme lo establece la Ordenanza 2777-00, a incorporar en los pliegos
de bases y condiciones el sistema de prácticas rentadas para
estudiantes de las carreras de Analistas de Computación Administrativa,
Programador de Sistemas Administrativos, Técnico Superior en
Programación, Ingeniero Electrónico e Ingeniero en Construcciones que
cursen en facultades o instituto con asiento en Venado Tuerto.

Art.15º. -Comuníquese, publíquese y archívese.

El Concejo Municipal de Venado Tuerto en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente ORDENANZA Nº 2863-01 en la Sala de
Sesiones a los dieciocho días del mes de setiembre del año dos mil uno.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp-3484-I-01

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA