Ordenanza
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Ordenanza Nº 2880/01 - MODIFICACION ART.1º ORDENANZA 1023-80 CERCOS TERRENOS BALDIOS
VISTO:
La proliferación de minibasurales formados en terrenos baldíos ubicados
en zonas de gran densidad poblacional y comercial; y
CONSIDERANDO:
La preocupación constante de este Concejo para lograr un mejoramiento
de la calidad de vida, a través de la sanción de preceptivas que
propenden a lograr este cometido.
Que es necesario adoptar mecanismos que contribuyan a preservar no sólo
la higiene de la ciudad, fortaleciendo el concepto estético urbanístico
que debe primar en toda comunidad, sino la seguridad de las personas
evitando la morada de malvivientes.-
Que existiendo en este caso una normativa que obliga a los frentistas
de terrenos baldíos a la construcción de cercos reglamentarios en los
frentes de sus propiedades, se cree necesario exigir su cumplimiento.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Agréguese al Art.1º de la ordenanza Nº 1023-80, las siguientes
arterias: Piacenza, Estados Unidos, Chaco y Monteagudo.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2880-01, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de
octubre del año dos mil uno.-
La proliferación de minibasurales formados en terrenos baldíos ubicados
en zonas de gran densidad poblacional y comercial; y
CONSIDERANDO:
La preocupación constante de este Concejo para lograr un mejoramiento
de la calidad de vida, a través de la sanción de preceptivas que
propenden a lograr este cometido.
Que es necesario adoptar mecanismos que contribuyan a preservar no sólo
la higiene de la ciudad, fortaleciendo el concepto estético urbanístico
que debe primar en toda comunidad, sino la seguridad de las personas
evitando la morada de malvivientes.-
Que existiendo en este caso una normativa que obliga a los frentistas
de terrenos baldíos a la construcción de cercos reglamentarios en los
frentes de sus propiedades, se cree necesario exigir su cumplimiento.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Agréguese al Art.1º de la ordenanza Nº 1023-80, las siguientes
arterias: Piacenza, Estados Unidos, Chaco y Monteagudo.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2880-01, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de
octubre del año dos mil uno.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3648-C-01
- Derogada: NO
- Vetada: NO