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Ordenanza Nº 2906/02 - DIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

Atento a la tramitación iniciada ante la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y URBANISMO para la construcción de viviendas económicas
destinadas a grupos familiares de bajos ingresos y no contemplados en
los planes implementados hasta el momento y,

VISTO:

La necesidad de garantizar el préstamo solicitado a la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo que cubra los valores de los
materiales y de la conducción técnica para la construcción de un número
estimado de 30 a 50 viviendas por administración, y

CONSIDERANDO:

Que dicho préstamo es requerido con el fin de construir un número
estimado de 30 a 50 viviendas del tipo económico mediante el sistema de
ayuda mutua ó esfuerzo propio ó a través de un programa de empleo
municipal.

Que de acuerdo con el cómputo realizado por la Subdirección General de
Estudios y Proyectos se necesita para los rubros materiales y
conducción técnica, la suma de pesos seis mil quinientos ($ 6500.-) por
cada vivienda para la terminación de las mismas.

Que mediante el Decreto Provincial Nº 1698/84, ratificado por el Nº
1007/85 se crea un sistema que permite a las Comunas y Municipalidades
afectar el fondo de coparticipación provincial como garantía del
cumplimiento de contrato de obra y como sustitución del fondo de reparo
(Arts. 41 y 68 de la Ley Nº 5188), correspondiendo a esos efectos dar
autorización por la Autoridad Municipal.

Que en particular de la gestión, también cabe disponerse del Fondo de
Coparticipación Provincial que corresponda al Municipio por el período
de devolución de las cuotas del préstamo, habilitándose para ello la
retención automática por cada cuota mensual, igual y consecutiva de
reintegro del préstamo.

Que de acuerdo al sistema legal imperante, la Municipalidad de Venado
Tuerto se encuentra facultada para afectar la coparticipación que le
corresponde a los fines de avalar las sumas que se deben devolver
mensualmente, con autorización del Poder Ejecutivo, siendo necesario
para ello el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art.1º.-Autorízase al señor Intendente Municipal, Dr. Roberto Scott y
al señor Secretario de Hacienda Dr.Luis Plantón, a suscribir Convenio
con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de
Santa Fe para la obtención de un préstamo de hasta $ 325.000 (PESOS
TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL) para materiales y conducción técnica, con
destino a la construcción de hasta 50 ( cincuenta) viviendas
económicas, a devolver en (25) veinticinco años en cuotas mensuales,
iguales y consecutivas, sin intereses.

Art.2º.-Adhiérase la Municipalidad de Venado Tuerto al sistema creado
por el Decreto Nº 1698/84 ratificado por el Nº 1007/85 como garantía de
los montos otorgados durante la construcción y por el período de
devolución de las cuotas del préstamo, a afectar los Fondos de
Coparticipación Provincial correspondiente, facultando a convenir su
descuento automático de la correspondiente coparticipación que
beneficie a este ente territorial.

Art.3º.-Autorízase a la Contaduría General de la Provincia de Santa Fe
con aprobación del Poder Ejecutivo, a retener automáticamente de la
cuenta de coparticipación de Impuestos y aportes del Municipio, los
montos que correspondan por las cuota de devolución del crédito que
otorgue la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo.

Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

Se sanciona la presente ORDENANZA Nº2906-02, en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los siete días del mes de febrero
del año dos mil dos.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente:

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA