Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 2912/02 - MOD. CIRCULACION CALLE RIVADAVIA
Art.1º.- Modifícase la Ordenanza Nº 1901-90 en el sentido de
circulación de la Avda. Rivadavia en el sector comprendido entre las
calles Belgrano y San Martín, y calle Juan B. Justo entre Sarmiento y
Rivadavia, otorgándole doble sentido de circulación.-
Art.2º.- Inviértase el sentido de circulación de la calle Runciman,
entre Sarmiento y Rivadavia.-
Art.3º.- Prohíbase el estacionamiento sobre la vereda norte de calle
Rivadavia entre Belgrano y Castelli.-
Art.4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá, a través de la
Secretaría correspondiente a determinar e instalar la señalización
luminosa y estática necesaria.-
Art.5º.- Las disposiciones de la presente Ordenanza, contarán con un
período de prueba, donde se verificará el cumplimiento de los objetivos
planteados.-
Art.6º.- Dado el cumplimiento del artículo precedente, autorízase el
corrimiento (2,00m) de la vereda norte y el arbolado de la Avda.
Rivadavia entre calles Belgrano y San Martín, de acuerdo a anexo
gráfico adjunto.-
Art.7º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
VISTO:
Que en la Avda. Rivadavia se produce el encuentro de las dos plantas
fundacionales, con un corrimiento de la trama urbana, que determina la
discontinuidad de las calles y su correspondiente dificultad para
relacionar los distintos sectores de la ciudad.-
Que los vecinos comerciantes del sector han solicitado modificaciones
en el sentido de circulación del tránsito, que amplíen el movimiento
del recorrido.-
Que con el mismo objetivo y con un sentido más urbanístico, se trata de
recuperar el efecto de atracción que perdió hace años la zona de la
estación de trenes, a través de actividades como oficinas municipales,
la U.N.R. Universidad Nacional de Rosario- y el proyecto de
recuperación del predio del ferrocarril.-
Que para cumplir con los objetivos mencionados en los párrafos
precedentes, debe darse mayor fluidez al tránsito vehicular y mejorar
la conectividad de esos sectores.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones sanciona la presente ORDENANZA Nº 2912-02 en
la Sala de Sesiones, a los trece días del mes de marzo del año dos mil
dos.-
circulación de la Avda. Rivadavia en el sector comprendido entre las
calles Belgrano y San Martín, y calle Juan B. Justo entre Sarmiento y
Rivadavia, otorgándole doble sentido de circulación.-
Art.2º.- Inviértase el sentido de circulación de la calle Runciman,
entre Sarmiento y Rivadavia.-
Art.3º.- Prohíbase el estacionamiento sobre la vereda norte de calle
Rivadavia entre Belgrano y Castelli.-
Art.4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá, a través de la
Secretaría correspondiente a determinar e instalar la señalización
luminosa y estática necesaria.-
Art.5º.- Las disposiciones de la presente Ordenanza, contarán con un
período de prueba, donde se verificará el cumplimiento de los objetivos
planteados.-
Art.6º.- Dado el cumplimiento del artículo precedente, autorízase el
corrimiento (2,00m) de la vereda norte y el arbolado de la Avda.
Rivadavia entre calles Belgrano y San Martín, de acuerdo a anexo
gráfico adjunto.-
Art.7º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
VISTO:
Que en la Avda. Rivadavia se produce el encuentro de las dos plantas
fundacionales, con un corrimiento de la trama urbana, que determina la
discontinuidad de las calles y su correspondiente dificultad para
relacionar los distintos sectores de la ciudad.-
Que los vecinos comerciantes del sector han solicitado modificaciones
en el sentido de circulación del tránsito, que amplíen el movimiento
del recorrido.-
Que con el mismo objetivo y con un sentido más urbanístico, se trata de
recuperar el efecto de atracción que perdió hace años la zona de la
estación de trenes, a través de actividades como oficinas municipales,
la U.N.R. Universidad Nacional de Rosario- y el proyecto de
recuperación del predio del ferrocarril.-
Que para cumplir con los objetivos mencionados en los párrafos
precedentes, debe darse mayor fluidez al tránsito vehicular y mejorar
la conectividad de esos sectores.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones sanciona la presente ORDENANZA Nº 2912-02 en
la Sala de Sesiones, a los trece días del mes de marzo del año dos mil
dos.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 124-C-91
- Derogada: NO
- Vetada: NO