Ordenanza
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Ordenanza Nº 2918/02 - VENCIMIENTO DE DEUDAS DE CONTRIBUYENTE
Visto :
La Ordenanza Nº 2905/02, sancionada por el Concejo Municipal en fecha
siete de febrero del año dos mil dos, y;
Considerando:
- Que la misma otorga distintos plazos de vencimiento según la
modalidad y oportunidad de pago de su deuda que el contribuyente
pretendiera efectuar, todo según lo dispuesto en el Artículo 4º.-
subsiguiente y concordante de la misma.
- Que atento a la acuciante realidad socio - económica que actualmente
persiste en nuestro país, se hace muy dificultoso para los
contribuyentes poder acceder a los beneficios estipulados.
- Que ésta realidad se plasmó en la innumerable cantidad de
contribuyentes que han efectuado largas esperas en pos de conseguir sus
preliquidaciones, lo cual demuestra una innegable voluntad de
cumplimiento.
- Que habiendo interpretado tal situación y a fin de posibilitar el
ingreso de la mayor cantidad de contribuyentes posibles a la Ordenanza
de referencia.
Por todo ello, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente :
ORDENANZA
Art.1º.-Prorróganse todos los términos y vencimientos establecidos en
la Ordenanza Nº 2905/02, cualquiera sea la modalidad de pago, por el
término de treinta (30) días corridos a partir de la promulgación de la
presente.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº2918-02, en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto a los diez días del mes de abril del
año dos mil dos.
La Ordenanza Nº 2905/02, sancionada por el Concejo Municipal en fecha
siete de febrero del año dos mil dos, y;
Considerando:
- Que la misma otorga distintos plazos de vencimiento según la
modalidad y oportunidad de pago de su deuda que el contribuyente
pretendiera efectuar, todo según lo dispuesto en el Artículo 4º.-
subsiguiente y concordante de la misma.
- Que atento a la acuciante realidad socio - económica que actualmente
persiste en nuestro país, se hace muy dificultoso para los
contribuyentes poder acceder a los beneficios estipulados.
- Que ésta realidad se plasmó en la innumerable cantidad de
contribuyentes que han efectuado largas esperas en pos de conseguir sus
preliquidaciones, lo cual demuestra una innegable voluntad de
cumplimiento.
- Que habiendo interpretado tal situación y a fin de posibilitar el
ingreso de la mayor cantidad de contribuyentes posibles a la Ordenanza
de referencia.
Por todo ello, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente :
ORDENANZA
Art.1º.-Prorróganse todos los términos y vencimientos establecidos en
la Ordenanza Nº 2905/02, cualquiera sea la modalidad de pago, por el
término de treinta (30) días corridos a partir de la promulgación de la
presente.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº2918-02, en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto a los diez días del mes de abril del
año dos mil dos.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp-3728-I-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO