Ordenanza
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Ordenanza Nº 2920/02 - PRORROGA VENCIMIENTO A TRIBUTOS DE CEPA
Art.1º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal de Venado Tuerto
a prorrogar los plazos de vencimiento de los tributos que afectan al
Frigorífico Compañía Elaboradora de Productos Alimenticios (CEPA) S.A.,
hasta tanto persista la actual situación de emergencia producida por la
reaparición de focos de fiebre aftosa o hasta que la empresa se
reinserte en el mercado permitiéndole recuperar los niveles de
actividades alcanzados en la primera quincena de marzo de 2001. La
presente prórroga se otorga con carácter excepcional dadas las
circunstancias extraordinarias expuestas en los fundamentos.
Art.2º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de
Venado Tuerto para que establezca planes y condiciones especiales de
cancelación de los compromisos tributarios devengados en ese período.
Art.3º.-Considérase incluído dentro de los tributos mencionados en el
Artículo anterior al Derecho de Registro e Inspección, por los períodos
devengados desde el 01/03/2001 y la Tasa General de Inmuebles Urbanos
correspondientes a las Partidas Municipales: 12681, 12682, 16743,
17115, 17116, 17861, 17862, 17863,18099, 20315, 22583, 22584, 22585,
22586, 22587, 22588, 22589, 22590, 22591, 22592, 22593, 22594, 22595,
22596, 24380, 24784, 26725, 26726, 26732, 26733, 26734, 26738, 26739,
26743, 26744, 26745, 26746, 26747, 26748, 26749, 26750, 26751, 26752,
27155, 27520, 52101, 52102, 52103, 52104, 52105, 52117, por los mismos
períodos.
Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
- Visto el Decreto Nº 0513 del 29/03/01 del Poder Ejecutivo de la
Provincia de Santa Fe y la nota presentada por Compañía Elaboradora de
Productos Alimenticios (CEPA) S.A. , en expediente Municipal Nº
1541/2001, comunicando que la situación en la que se encuentra la
Empresa no les permite afrontar el pago de los Tributos Municipales, y;
- Que el cierre de los mercados externos determinado por la reaparición
de focos de fiebre aftosa en el territorio de la República Argentina,
tiene repercusión inmediata en los niveles de actividad de las plantas
industriales frigoríficas, dedicadas total o parcialmente a la
exportación de cortes crudos de la especie bovina.
- Que el Gobierno Provincial, mediante Decreto Nº0513/2001, de fecha
29/03/2001, ha contemplado esta situación especial, declarando en
estado de emergencia a la Industria Frigorífica destinada a la
exportación, estableciendo consideraciones especiales para las mismas.
- Que la Municipalidad de Venado Tuerto, considera que debe
instrumentar alguna medida en la misma línea que el Gobierno Nacional
con el Plan de Reactivación de la Emergencia y el Gobierno Provincial
mediante Decreto Nº 0513/2001.
- Que estas medidas deberán ser aplicadas a la empresa Compañía
Elaboradora de Productos Alimenticios (CEPA) S.A., a la cual esta
situación de emergencia la ha afectado notablemente, imposibilitándola
de afrontar el pago de los tributos municipales.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2920/02, a los diez días del mes de
abril del año dos mil dos.
a prorrogar los plazos de vencimiento de los tributos que afectan al
Frigorífico Compañía Elaboradora de Productos Alimenticios (CEPA) S.A.,
hasta tanto persista la actual situación de emergencia producida por la
reaparición de focos de fiebre aftosa o hasta que la empresa se
reinserte en el mercado permitiéndole recuperar los niveles de
actividades alcanzados en la primera quincena de marzo de 2001. La
presente prórroga se otorga con carácter excepcional dadas las
circunstancias extraordinarias expuestas en los fundamentos.
Art.2º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de
Venado Tuerto para que establezca planes y condiciones especiales de
cancelación de los compromisos tributarios devengados en ese período.
Art.3º.-Considérase incluído dentro de los tributos mencionados en el
Artículo anterior al Derecho de Registro e Inspección, por los períodos
devengados desde el 01/03/2001 y la Tasa General de Inmuebles Urbanos
correspondientes a las Partidas Municipales: 12681, 12682, 16743,
17115, 17116, 17861, 17862, 17863,18099, 20315, 22583, 22584, 22585,
22586, 22587, 22588, 22589, 22590, 22591, 22592, 22593, 22594, 22595,
22596, 24380, 24784, 26725, 26726, 26732, 26733, 26734, 26738, 26739,
26743, 26744, 26745, 26746, 26747, 26748, 26749, 26750, 26751, 26752,
27155, 27520, 52101, 52102, 52103, 52104, 52105, 52117, por los mismos
períodos.
Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
- Visto el Decreto Nº 0513 del 29/03/01 del Poder Ejecutivo de la
Provincia de Santa Fe y la nota presentada por Compañía Elaboradora de
Productos Alimenticios (CEPA) S.A. , en expediente Municipal Nº
1541/2001, comunicando que la situación en la que se encuentra la
Empresa no les permite afrontar el pago de los Tributos Municipales, y;
- Que el cierre de los mercados externos determinado por la reaparición
de focos de fiebre aftosa en el territorio de la República Argentina,
tiene repercusión inmediata en los niveles de actividad de las plantas
industriales frigoríficas, dedicadas total o parcialmente a la
exportación de cortes crudos de la especie bovina.
- Que el Gobierno Provincial, mediante Decreto Nº0513/2001, de fecha
29/03/2001, ha contemplado esta situación especial, declarando en
estado de emergencia a la Industria Frigorífica destinada a la
exportación, estableciendo consideraciones especiales para las mismas.
- Que la Municipalidad de Venado Tuerto, considera que debe
instrumentar alguna medida en la misma línea que el Gobierno Nacional
con el Plan de Reactivación de la Emergencia y el Gobierno Provincial
mediante Decreto Nº 0513/2001.
- Que estas medidas deberán ser aplicadas a la empresa Compañía
Elaboradora de Productos Alimenticios (CEPA) S.A., a la cual esta
situación de emergencia la ha afectado notablemente, imposibilitándola
de afrontar el pago de los tributos municipales.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2920/02, a los diez días del mes de
abril del año dos mil dos.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO