Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 2931/02 - PLAN 3396 - 38 VIVIENDA
Art. 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Venado Tuerto, a convocar a
constructores locales a través de un Concurso de Antecedentes cuyas
condiciones serán reglamentadas por el Departamento Ejecutivo Municipal
y cuyo texto (así como el legajo de antecedentes de los oferentes)
serán remitidos al Concejo Municipal para su conocimiento, para la
construcción por administración de 38 viviendas del Programa
Habitacional - Plan 3396 - FO.NA.VI., adjudicado por la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo s/Resolución Nº 2571 de fecha
31-12-01.-
Art.2º.- La designación de los constructores será efectuada por el
Departamento Ejecutivo Municipal mediante concurso de antecedentes, el
que deberá ser refrendado por el Concejo Municipal en el término de
cinco (5) días hábiles desde su ingreso. Caso contrario se considerará
aprobado tácitamente.
Art.3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un
contrato de obra con dichos constructores a los que se les adjudicará
la construcción de hasta 5 viviendas a cada uno, aportando los mismos
mano de obra, herramientas y un seguro por accidente.-
Art. 4º.- El pago de este Contrato de Obra sería por Certificación de
obra quincenal, por avance de obra, solo el primero sería semanal, en
base a un contrato de monto fijo para todos los contratistas por igual,
pactado previamente y liquidado por la conducción técnica municipal
dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
VISTO:
- Los montos de construcción asignados a la nueva operatoria adjudicada
a la Municipalidad de Venado Tuerto para la construcción de 38
viviendas por administración municipal, y;
CONSIDERANDO:
- Que la misma oscila entre $12.000 y $14.000 para cada vivienda
individual de 2 y 3 dormitorios respectivamente; de los cuales el 37%
de cada uno de los mencionados montos pertenece a mano de obra.-
- Que dichos montos, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes deben
necesariamente contratarse por Licitación Pública.-
- Que dado el alto costo operativo que posee en sí misma una empresa
constructora, hacen que dicho presupuesto inicial no pueda sostenerse
en una Licitación Pública. Las pocas empresas que existen en Venado
Tuerto no podrían enfrentar dicha obra, lo que implicaría que
probablemente la adjudicataria de la Licitación no sea una empresa
local, perdiendo esta Municipalidad la oportunidad de generar trabajo
con habitantes de la ciudad; como ha ocurrido en las últimas
Licitaciones de éste tipo.-
- Que la alternativa que conoce el Municipio para resolver este tema,
es el utilizado a principios de la década del ´90 (Refacción de Palacio
Municipal) y la construcción del Plan de Viviendas ejecutado
anteriormente por administración municipal (32 viviendas FO.NA.VI.).-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2931/02, a los ocho días del mes de
mayo del año dos mil dos
constructores locales a través de un Concurso de Antecedentes cuyas
condiciones serán reglamentadas por el Departamento Ejecutivo Municipal
y cuyo texto (así como el legajo de antecedentes de los oferentes)
serán remitidos al Concejo Municipal para su conocimiento, para la
construcción por administración de 38 viviendas del Programa
Habitacional - Plan 3396 - FO.NA.VI., adjudicado por la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo s/Resolución Nº 2571 de fecha
31-12-01.-
Art.2º.- La designación de los constructores será efectuada por el
Departamento Ejecutivo Municipal mediante concurso de antecedentes, el
que deberá ser refrendado por el Concejo Municipal en el término de
cinco (5) días hábiles desde su ingreso. Caso contrario se considerará
aprobado tácitamente.
Art.3º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un
contrato de obra con dichos constructores a los que se les adjudicará
la construcción de hasta 5 viviendas a cada uno, aportando los mismos
mano de obra, herramientas y un seguro por accidente.-
Art. 4º.- El pago de este Contrato de Obra sería por Certificación de
obra quincenal, por avance de obra, solo el primero sería semanal, en
base a un contrato de monto fijo para todos los contratistas por igual,
pactado previamente y liquidado por la conducción técnica municipal
dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.-
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
VISTO:
- Los montos de construcción asignados a la nueva operatoria adjudicada
a la Municipalidad de Venado Tuerto para la construcción de 38
viviendas por administración municipal, y;
CONSIDERANDO:
- Que la misma oscila entre $12.000 y $14.000 para cada vivienda
individual de 2 y 3 dormitorios respectivamente; de los cuales el 37%
de cada uno de los mencionados montos pertenece a mano de obra.-
- Que dichos montos, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes deben
necesariamente contratarse por Licitación Pública.-
- Que dado el alto costo operativo que posee en sí misma una empresa
constructora, hacen que dicho presupuesto inicial no pueda sostenerse
en una Licitación Pública. Las pocas empresas que existen en Venado
Tuerto no podrían enfrentar dicha obra, lo que implicaría que
probablemente la adjudicataria de la Licitación no sea una empresa
local, perdiendo esta Municipalidad la oportunidad de generar trabajo
con habitantes de la ciudad; como ha ocurrido en las últimas
Licitaciones de éste tipo.-
- Que la alternativa que conoce el Municipio para resolver este tema,
es el utilizado a principios de la década del ´90 (Refacción de Palacio
Municipal) y la construcción del Plan de Viviendas ejecutado
anteriormente por administración municipal (32 viviendas FO.NA.VI.).-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2931/02, a los ocho días del mes de
mayo del año dos mil dos
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO