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Ordenanza Nº 2951/02 - PRORROGA DE VENCIMIENTOS OTORGADOS EN LA ORDENANZA 2905/02

VISTO:

- La Ordenanza Nº [1]2905/02, sancionada por el Honorable Concejo
Municipal en fecha siete de febrero del año dos mil dos, y que por la
cual se estableció un Régimen de Regularización y Facilidades de pago
para todas las deudas tributarias, y;

CONSIDERANDO:

- Que la citada normativa estableció distintos vencimientos, y que al
aproximarse los mismos, a instancias del Departamento Ejecutivo
Municipal se dictaron las Ordenanzas Nº 2918/02 y 2932/02,
produciéndose en tales oportunidades las respectivas prórrogas.-

- Que en vísperas a producirse un nuevo vencimiento con respecto a la
última prórroga otorgada, y teniendo en cuenta que la situación socio -
económica y social de nuestro país no ha variado en cuanto a mejoras,
sino por el contrario día a día se resiente aún más la economía
familiar, en detrimento de la calidad de vida de los ciudadanos y en
tal circunstancia se solicita una nueva prórroga, ya que el
mantenimiento del sistema de regularización y facilidades de pago no
solamente constituye una herramienta tributaria, sino el motivo
fundamental por el cual se mantiene mínimamente el flujo recaudatorio,
incentivándose al contribuyente a abonar sus deudas en la medida de sus
posibilidades.-

- Que asimismo, deberá darse corrección al Artículo 13º de la Ordenanza
Nº 2905/02 en razón de haberse producido un error involuntario en su
tipeado omitiéndose la palabra "no" en dicho articulado, debiendo
quedar redactado de siguiente forma: "El acogimiento a la presente
Ordenanza interrumpe la prescripción en todos los aspectos y "no"
suspende las facultades de verificación del Organismo Fiscal, quien
puede determinar ...".-

- Que a su vez, el Artículo 2º de la Ordenanza de marras, preveía como
condición indispensable para acceder al Régimen de Regularización y
Facilidades, encontrarse al día en el cumplimiento de las obligaciones
fiscales del concepto que se regulariza, y que a consecuencia de las
sucesivas prórrogas otorgadas, tal condición se ha transformado en un
obstáculo para que el contribuyente acceda a los beneficios, ya que se
le exigiría el pago de contado y por junto de los períodos: Enero -
Febrero - Marzo - Abril y Mayo de 2002. Que a los fines de evitar este
obstáculo deberá sancionarse que la condición indispensable para
acceder a los beneficios establecidos, será que el contribuyente se
encuentre al día en el cumplimiento de las obligaciones fiscales del
concepto que se regulariza, por los vencimientos posteriores al día 31
de mayo del corriente año.-

Por todo ello, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art.1º.- Prorróguese todos los vencimientos establecidos en la
Ordenanza Nº 2905/02, y la de sus prórrogas Ordenanzas Nº 2918/02 y
2932/02 por un plazo de treinta días hábiles a partir de la
promulgación del presente dispositivo.-

Art. 2º.-Disponiéndose como condición indispensable para acceder al
Régimen de Regularización y Facilidades de pago para todas las deudas
tributarias dispuesto por la Ordenanza Nº 2905/02, al momento del
acogimiento, encontrarse al día en el cumplimiento de las obligaciones
fiscales del concepto que se regulariza, por los vencimientos
posteriores al día 31 de mayo del corriente año.-

Art. 3º.- Modifícase el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 2905/02, de
modo que quede re-dactado de la siguiente forma: "El acogimiento a la
presente Ordenanza interrume la prescripción en todos los aspectos y no
suspende las facultades de verificación del Organismo Fiscal, quien
puede determinar ajustes tributarios, aplicar multas, exigir
actualización e intereses cuanto correspondiere, sobre gravámenes total
o parcialmente incumplidos, durante la vigencia de la misma", por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente .-

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Se sanciona la presente Ordenanza Nº 2951-02, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto a los dieciséis días del mes de
junio del año dos mil dos.

Referencias

1. Ordenanza 2905/02

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp-3742-I-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA