Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 2952/02 - RAMPAS PARA DISCAPACITADOS
FUNDAMENTOS:
En su oportunidad, el Concejo Municipal sancionó una Ordenanza creando
un sistema integral de protección para personas con capacidades
diferentes o reducidas y otra, estableciendo plazos y la obligatoriedad
de su cumplimiento para la adecuación de accesos a edificios públicos y
privados de uso público existentes en nuestra ciudad.-
No obstante el tiempo transcurrido, no son reducidos, por no decir
nulos, los niveles de cumplimiento de estas normativas.-
Poco alentador resulta, por otra parte, para provocar reacciones
favorables de los responsables de las administraciones, el
mantenimiento de los edificios públicos de otras jurisdicciones y
edificios privados de uso público, que el Departamento Ejecutivo
Municipal no observe y cumpla las disposiciones en el edificio
municipal y sus dependencias descentralizadas.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la realización
de un relevamiento de los edificios públicos municipales, así como de
los edificios públicos de otras jurisdicciones y edificios privados de
uso público, a los fines de elaborar un diagnóstico que evalúe las
posibilidades de adaptación para el ingreso y uso de `personas con
capacidades diferentes o reducidas.-
Art.2º.- Establézcase un programa de obras para los edificios públicos
municipales y una solicitud del mismo a las instituciones que
correspondan, las que deberán incluir:
a- Propuesta de adaptación
b- Cronograma de obras
c- Presupuesto
d- Plazos de ejecución
Art.3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal definirá el órgano de
aplicación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 1º y
2º de la presente Ordenanza.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2952-02, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes
de junio del año dos mil dos.-
En su oportunidad, el Concejo Municipal sancionó una Ordenanza creando
un sistema integral de protección para personas con capacidades
diferentes o reducidas y otra, estableciendo plazos y la obligatoriedad
de su cumplimiento para la adecuación de accesos a edificios públicos y
privados de uso público existentes en nuestra ciudad.-
No obstante el tiempo transcurrido, no son reducidos, por no decir
nulos, los niveles de cumplimiento de estas normativas.-
Poco alentador resulta, por otra parte, para provocar reacciones
favorables de los responsables de las administraciones, el
mantenimiento de los edificios públicos de otras jurisdicciones y
edificios privados de uso público, que el Departamento Ejecutivo
Municipal no observe y cumpla las disposiciones en el edificio
municipal y sus dependencias descentralizadas.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a la realización
de un relevamiento de los edificios públicos municipales, así como de
los edificios públicos de otras jurisdicciones y edificios privados de
uso público, a los fines de elaborar un diagnóstico que evalúe las
posibilidades de adaptación para el ingreso y uso de `personas con
capacidades diferentes o reducidas.-
Art.2º.- Establézcase un programa de obras para los edificios públicos
municipales y una solicitud del mismo a las instituciones que
correspondan, las que deberán incluir:
a- Propuesta de adaptación
b- Cronograma de obras
c- Presupuesto
d- Plazos de ejecución
Art.3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal definirá el órgano de
aplicación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 1º y
2º de la presente Ordenanza.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2952-02, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes
de junio del año dos mil dos.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3838-C-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO