Ordenanza
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Ordenanza Nº 2973/02 - COMPRE ALIMENTARIO REGIONAL
Art 1º.-Dispóngase la implementación en el ejido municipal de la ciudad
de Venado Tuerto de un Programa para la difusión de productos
alimentarios regionales que se ejecutará en los establecimientos
habilitados por el Municipio, como Mercados y Supermercados y que se
denominará "Compre Alimentario Regional".
Art. 2º.-El Programa aludido se implementará con carácter experimental
por el término de 365 días y tendrá por objetivo: Promover, difundir,
alentar o estimular el consumo de productos elaborados en la región
mediante la identificación de los mismos en los establecimientos a que
hace mención el artículo primero de la presente; como así a la
formación de conciencia del público consumidor de la importancia del
desarrollo de la industria local.
Art. 3º.-El "Compre Alimentario Regional" será implementado por la
Municipalidad, la que requerirá el apoyo y colaboración del Centro
Comercial local, la Secretaría de Comercio Interior de la Provincia de
Santa Fe y cualquier otro organismo estatal o privado que estime
conveniente.
Art. 4º.-La Municipalidad conjuntamente con las entidades y organismos
citados precedentemente, elaborarán para la implementación del
Programa, los mensajes y estrategias con el objeto de dar cumplimiento
a los objetivos planteados en el artículo segundo.
Art. 5º.-Establézcase la necesidad por el término de duración del
presente Programa y por parte de las personas físicas y/o jurídicas
habilitadas para la explotación de comercios bajo los rubros descriptos
en el artículo primero, de exhibir de manera discriminada, en forma
clara y observable, en góndolas, exhibidores o cualquier otro tipo de
stand, en la forma que se establezca como conveniente, los productos
elaborados o producidos en la región de manera tal que el consumidor
pueda advertir la diferencia entre éstos y los demás hechos fuera de la
misma.
Art. 6º.-Se generarán campañas de formación de conciencia en la
población venadense, con el objeto de promocionar el compre alimentario
regional interrelacionando recursos entre las entidades interesadas a
partir de:
La incorporación de los mensajes y estrategias de campaña y promoción
en folletos a repartir junto a la Tasa General de Inmuebles.
La utilización de medios masivos de comunicación para la difusión del
mensaje.
La utilización de distintos folletos de ofertas que las firmas
interesadas generen para promoción de sus productos.
Otros medios que pudieren determinarse con el mismo objetivo.
Artículo 7º.-El Departamento Ejecutivo Municipal invitará a participar
del presente Programa a Municipios y Comunas integrantes de la región.
Art. 8º.- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará los aspectos
no previstos en la presente.
Art. 9º.-Los gastos que demande la ejecución de la presente, serán
imputados a la partida presupuestaria que corresponda.
Art. 10º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS
La necesidad de afianzar los distintos emprendimientos locales y
regionales de la producción y el comercio, con el consabido aporte al
desarrollo de nuestra comunidad y;
Que se hace necesario promover, difundir, estimular y alentar el
consumo de los productos regionales y locales, como forma de apuntalar
nuestra economía.
Que, contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la industria
alimenticia local, trae aparejado la consolidación de puestos de
trabajo y la generación de nuevos.
Que, la incidencia del compre regional, a través de un mecanismo de
formación de conciencia por parte del público consumidor, redundará en
beneficios mutuos y por extensión a toda la comunidad.
Que, es propicio promover inclusive la explotación de productos que,
por nuestras ventajas comparativas, hacen posible la expectativa de
acentuar un interés comercial o industrial sobre áreas no explotadas,
pero que pueden serlo a futuro.
Que, mediante un mecanismo no vinculante, pero sí altamente perspicaz,
es posible despertar la necesidad entre los conciudadanos de otorgar
preeminencia a los productos que se comercializan en la zona.
Que, en una economía altamente competitiva, resulta prudente afianzar
vínculos de intereses comunes frente al conglomerado comercial que
tiende a concentrar en pocos la compra y venta de mercaderías,
restringiendo opciones lógicas de mercado produciendo en la mayoría de
las veces fuga de capitales.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2973-02 en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de
agosto del año dos mil dos.-
de Venado Tuerto de un Programa para la difusión de productos
alimentarios regionales que se ejecutará en los establecimientos
habilitados por el Municipio, como Mercados y Supermercados y que se
denominará "Compre Alimentario Regional".
Art. 2º.-El Programa aludido se implementará con carácter experimental
por el término de 365 días y tendrá por objetivo: Promover, difundir,
alentar o estimular el consumo de productos elaborados en la región
mediante la identificación de los mismos en los establecimientos a que
hace mención el artículo primero de la presente; como así a la
formación de conciencia del público consumidor de la importancia del
desarrollo de la industria local.
Art. 3º.-El "Compre Alimentario Regional" será implementado por la
Municipalidad, la que requerirá el apoyo y colaboración del Centro
Comercial local, la Secretaría de Comercio Interior de la Provincia de
Santa Fe y cualquier otro organismo estatal o privado que estime
conveniente.
Art. 4º.-La Municipalidad conjuntamente con las entidades y organismos
citados precedentemente, elaborarán para la implementación del
Programa, los mensajes y estrategias con el objeto de dar cumplimiento
a los objetivos planteados en el artículo segundo.
Art. 5º.-Establézcase la necesidad por el término de duración del
presente Programa y por parte de las personas físicas y/o jurídicas
habilitadas para la explotación de comercios bajo los rubros descriptos
en el artículo primero, de exhibir de manera discriminada, en forma
clara y observable, en góndolas, exhibidores o cualquier otro tipo de
stand, en la forma que se establezca como conveniente, los productos
elaborados o producidos en la región de manera tal que el consumidor
pueda advertir la diferencia entre éstos y los demás hechos fuera de la
misma.
Art. 6º.-Se generarán campañas de formación de conciencia en la
población venadense, con el objeto de promocionar el compre alimentario
regional interrelacionando recursos entre las entidades interesadas a
partir de:
La incorporación de los mensajes y estrategias de campaña y promoción
en folletos a repartir junto a la Tasa General de Inmuebles.
La utilización de medios masivos de comunicación para la difusión del
mensaje.
La utilización de distintos folletos de ofertas que las firmas
interesadas generen para promoción de sus productos.
Otros medios que pudieren determinarse con el mismo objetivo.
Artículo 7º.-El Departamento Ejecutivo Municipal invitará a participar
del presente Programa a Municipios y Comunas integrantes de la región.
Art. 8º.- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará los aspectos
no previstos en la presente.
Art. 9º.-Los gastos que demande la ejecución de la presente, serán
imputados a la partida presupuestaria que corresponda.
Art. 10º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS
La necesidad de afianzar los distintos emprendimientos locales y
regionales de la producción y el comercio, con el consabido aporte al
desarrollo de nuestra comunidad y;
Que se hace necesario promover, difundir, estimular y alentar el
consumo de los productos regionales y locales, como forma de apuntalar
nuestra economía.
Que, contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la industria
alimenticia local, trae aparejado la consolidación de puestos de
trabajo y la generación de nuevos.
Que, la incidencia del compre regional, a través de un mecanismo de
formación de conciencia por parte del público consumidor, redundará en
beneficios mutuos y por extensión a toda la comunidad.
Que, es propicio promover inclusive la explotación de productos que,
por nuestras ventajas comparativas, hacen posible la expectativa de
acentuar un interés comercial o industrial sobre áreas no explotadas,
pero que pueden serlo a futuro.
Que, mediante un mecanismo no vinculante, pero sí altamente perspicaz,
es posible despertar la necesidad entre los conciudadanos de otorgar
preeminencia a los productos que se comercializan en la zona.
Que, en una economía altamente competitiva, resulta prudente afianzar
vínculos de intereses comunes frente al conglomerado comercial que
tiende a concentrar en pocos la compra y venta de mercaderías,
restringiendo opciones lógicas de mercado produciendo en la mayoría de
las veces fuga de capitales.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2973-02 en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de
agosto del año dos mil dos.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3857-C-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO