Ordenanza
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Ordenanza Nº 2982/02 - PAGO DE TASAS POR LAS PRESTADORAS DE SERVICIOS DE NUESTRA CIUDAD
Art.1º.-Las Cooperativas y/o empresas prestadoras de servicios públicos
concesionados por la Municipalidad de Venado Tuerto, están obligados a
asegurar el pago de tasas, derechos, contribuciones de mejoras y/o todo
tributo de orden local que adeudaren los sujetos, (personas físicas y/o
jurídicas), a los cuales se le hubiere autorizado a prestar servicios
y/o a realizar obras, utilizando redes, bienes y/o cualquier otra
infraestructura de las concesionarias mencionadas, en carácter de
arrendatarios, comodatarios y/o cualquier otra figura jurídica.
Art.2º.-A los fines de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo
anterior las cooperativas y/o empresas prestadoras de servicios
públicos concesionados por la Municipalidad de Venado Tuerto quedan
obligadas a actuar como agentes de retención y/o percepción, por lo que
deberán ingresar las retenciones y/o percepciones que efectúen, según
formas y plazos que establezca el Departamento Ejecutivo Municipal por
vía reglamentaria.
Art.3º.-Las Cooperativas y/o empresas prestadoras de servicios públicos
concesionados por la Municipalidad de Venado Tuerto que cumplan con las
disposiciones precedentes serán solidaria e ilimitadamente responsables
frente al Municipio por tales deudas, se trate de servicios y/u obras
que formen parte del objeto de la concesión o no.
Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
La necesidad de crear nuevas herramientas en pos de hacer más eficaces
los mecanismos de control de la conducta tributaria de las empresas que
presten servicios públicos o semipúblicos, concesionados, ya sea en
forma directa o indirecta, a los vecinos de la ciudad.
El objetivo de mejorar la recaudación de los tributos municipales se
verá potenciado por la acción de colaboración de las empresas
concesionarias locales, a través de su actuación como agentes de
percepción, en virtud de su estructura administrativa.
Ello obra como razón de ser suficiente para el dictado de la norma
precedente.
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionada la
presente Ordenanza Nº2982-02, a los veinticinco días del mes de
setiembre del año dos mil dos.
concesionados por la Municipalidad de Venado Tuerto, están obligados a
asegurar el pago de tasas, derechos, contribuciones de mejoras y/o todo
tributo de orden local que adeudaren los sujetos, (personas físicas y/o
jurídicas), a los cuales se le hubiere autorizado a prestar servicios
y/o a realizar obras, utilizando redes, bienes y/o cualquier otra
infraestructura de las concesionarias mencionadas, en carácter de
arrendatarios, comodatarios y/o cualquier otra figura jurídica.
Art.2º.-A los fines de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo
anterior las cooperativas y/o empresas prestadoras de servicios
públicos concesionados por la Municipalidad de Venado Tuerto quedan
obligadas a actuar como agentes de retención y/o percepción, por lo que
deberán ingresar las retenciones y/o percepciones que efectúen, según
formas y plazos que establezca el Departamento Ejecutivo Municipal por
vía reglamentaria.
Art.3º.-Las Cooperativas y/o empresas prestadoras de servicios públicos
concesionados por la Municipalidad de Venado Tuerto que cumplan con las
disposiciones precedentes serán solidaria e ilimitadamente responsables
frente al Municipio por tales deudas, se trate de servicios y/u obras
que formen parte del objeto de la concesión o no.
Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
La necesidad de crear nuevas herramientas en pos de hacer más eficaces
los mecanismos de control de la conducta tributaria de las empresas que
presten servicios públicos o semipúblicos, concesionados, ya sea en
forma directa o indirecta, a los vecinos de la ciudad.
El objetivo de mejorar la recaudación de los tributos municipales se
verá potenciado por la acción de colaboración de las empresas
concesionarias locales, a través de su actuación como agentes de
percepción, en virtud de su estructura administrativa.
Ello obra como razón de ser suficiente para el dictado de la norma
precedente.
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionada la
presente Ordenanza Nº2982-02, a los veinticinco días del mes de
setiembre del año dos mil dos.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp-3886-C-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO