Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 2983/02 - MVT Y LA ASOCIACION CIVIL HOGAR FAMILIA
Visto el Expediente Municipal Nº 102.604, iniciado por la ASOCICIACIÓN
CIVIL HOGAR FAMILIA, solicitando un Lote Municipal para la construcción
de una vivienda para menores y adolescentes discapacitados
intelectuales en situación de riesgos.
Que la Municipalidad cuenta con la Reserva Municipal Nº140 designada
como Lote 19, según Plano de Mensura Nº 138.543/96, parte la Chacra 53
de la Manzana A, ubicado a los 21,05 metros de la esquina Sur hacia el
Este de la Manzana sobre calle Dimmer y mide 20,00 de frente al Sureste
sobre calle Dimmer por 60,45 metros de fondo.
Que en el convenio firmado entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la
Asociación Civil Hogar familia, ésta se compromete a iniciar la
construcción dentro de los dos (2) años de adquirido el lote.
Que por todo ello el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art.1º.-Ratifícase el Convenio de Permuta suscripto entre la
Municipalidad de Venado Tuerto y la Asociación Civil Hogar Familia,
todo ello de acuerdo a las cláusulas y condiciones que fijan las mismas
en el Convenio referido, que se adjunta como ANEXO I y formará parte
integrante de la presente Ordenanza.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese-
Se sanciona la presente Ordenanza Nº2983/02 en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de
setiembre del año dos mil dos.
CIVIL HOGAR FAMILIA, solicitando un Lote Municipal para la construcción
de una vivienda para menores y adolescentes discapacitados
intelectuales en situación de riesgos.
Que la Municipalidad cuenta con la Reserva Municipal Nº140 designada
como Lote 19, según Plano de Mensura Nº 138.543/96, parte la Chacra 53
de la Manzana A, ubicado a los 21,05 metros de la esquina Sur hacia el
Este de la Manzana sobre calle Dimmer y mide 20,00 de frente al Sureste
sobre calle Dimmer por 60,45 metros de fondo.
Que en el convenio firmado entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la
Asociación Civil Hogar familia, ésta se compromete a iniciar la
construcción dentro de los dos (2) años de adquirido el lote.
Que por todo ello el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art.1º.-Ratifícase el Convenio de Permuta suscripto entre la
Municipalidad de Venado Tuerto y la Asociación Civil Hogar Familia,
todo ello de acuerdo a las cláusulas y condiciones que fijan las mismas
en el Convenio referido, que se adjunta como ANEXO I y formará parte
integrante de la presente Ordenanza.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese-
Se sanciona la presente Ordenanza Nº2983/02 en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de
setiembre del año dos mil dos.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO