Ordenanza
Starter Section
Art.1º.-Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar
Convenios entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la Dirección
Provincial de Vialidad, para las tareas de conservación normativa de la
Red Vial Provincial de Calzadas Naturales comprendido en el Distrito
Venado Tuerto, movimiento de suelos mayores, construcción de obras de
arte mayores y reparaciones mecánicas importantes, ejecución de
estabilizados y mantenimiento de calzadas pavimentadas y recepcionar
bienes patrimoniales en comodato de la citada Dirección, todo conforme
a los montos que ambas partes acuerden.
Art.2º.-Aprúebase la inversión que deberá realizar la Municipalidad,
conforme a las disposiciones de la Ley Nº2756 Orgánica de
Municipalidades.
Art.3º.-Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar
los fondos de coparticipación que le correspondan a la Municipalidad
durante el ejercicio del año 2003, a fin de resarcirse de los
perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.
Art.4º.-El Departamento Ejecutivo Municipal deberá enviar al Concejo
Municipal los Convenios que oportunamente firme con la Dirección
Provincial de Vialidad.
Art.5º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
Que en el marco del plan de descentralización del mantenimiento de la
Red Vial Provincial de Calzada Natural, mediante la Ordenanza Nº2888/01
se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio
con la Dirección Provincial de Vialidad por la que la Municipalidad
asumió el compromiso de mantener la citada Red de Caminos comprendida
en el Distrito Venado Tuerto,
Que el Convenio apuntado, vence el 31 de diciembre de 2002, por lo que
es necesario renovarlo a partir del primero de enero del año 2003.
Que los fundamentos esgrimidos en oportunidades anteriores, mantienen a
la fecha plena vigencia.
Que para garantizar el cumplimiento de tales emprendimientos,
corresponde autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar
los fondos de coparticipación del año 2003 que le corresponda a la
Municipalidad tal como se procediera en el Convenio marco de
conservación pertinente.
Que por su naturaleza, resulta conveniente contar con el acto
resolutivo que permita agilizar las posibles tramitaciones ante las
distintas circunstancias que se puedan presentar.
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado
la presente Ordenanza Nº 3022/03, a los veinticuatro días del mes de
febrero del año dos mil tres.
Convenios entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la Dirección
Provincial de Vialidad, para las tareas de conservación normativa de la
Red Vial Provincial de Calzadas Naturales comprendido en el Distrito
Venado Tuerto, movimiento de suelos mayores, construcción de obras de
arte mayores y reparaciones mecánicas importantes, ejecución de
estabilizados y mantenimiento de calzadas pavimentadas y recepcionar
bienes patrimoniales en comodato de la citada Dirección, todo conforme
a los montos que ambas partes acuerden.
Art.2º.-Aprúebase la inversión que deberá realizar la Municipalidad,
conforme a las disposiciones de la Ley Nº2756 Orgánica de
Municipalidades.
Art.3º.-Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar
los fondos de coparticipación que le correspondan a la Municipalidad
durante el ejercicio del año 2003, a fin de resarcirse de los
perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.
Art.4º.-El Departamento Ejecutivo Municipal deberá enviar al Concejo
Municipal los Convenios que oportunamente firme con la Dirección
Provincial de Vialidad.
Art.5º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
Que en el marco del plan de descentralización del mantenimiento de la
Red Vial Provincial de Calzada Natural, mediante la Ordenanza Nº2888/01
se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio
con la Dirección Provincial de Vialidad por la que la Municipalidad
asumió el compromiso de mantener la citada Red de Caminos comprendida
en el Distrito Venado Tuerto,
Que el Convenio apuntado, vence el 31 de diciembre de 2002, por lo que
es necesario renovarlo a partir del primero de enero del año 2003.
Que los fundamentos esgrimidos en oportunidades anteriores, mantienen a
la fecha plena vigencia.
Que para garantizar el cumplimiento de tales emprendimientos,
corresponde autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar
los fondos de coparticipación del año 2003 que le corresponda a la
Municipalidad tal como se procediera en el Convenio marco de
conservación pertinente.
Que por su naturaleza, resulta conveniente contar con el acto
resolutivo que permita agilizar las posibles tramitaciones ante las
distintas circunstancias que se puedan presentar.
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado
la presente Ordenanza Nº 3022/03, a los veinticuatro días del mes de
febrero del año dos mil tres.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO