Ordenanza
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Ordenanza Nº 3032/03 - CONVENIO MVT Y MARCELO A. QUEVEDO
Atento a la Ordenanza Municipal Nº 2943-02 Art.3º, donde se autoriza al
Departamento Ejecutivo Municipal a convenir la permuta del remanente de
la Parcela "A-3" o Lotes "6 al 36" del Plano de Mensura Nº 23862/1959
por otras tierras de propiedad Municipal.
Que mediante Expediente Municipal Nº 85.685 - Q- 1997 el señor Marcelo
Alberto Quevedo solicitó a la Municipalidad informes sobre el inmueble
denominado Lotes 35 y 36 del Plano de Mensura Nº 23.862/1959, parte de
la Chacra 75 de nuestra Ciudad, los que se encuentran incluidos dentro
del ÁREA RECREATIVA NORTE.
Que según lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 1962-91
facultando a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a agilizar
trámites de canje de Lotes que permitan a la Municipalidad obtener el
dominio de inmuebles de propiedad actualmente privada ubicados en el
Área Recreativa Norte, resulta de interés municipal hacer lugar a la
propuesta de canje convenida con el vecino.
Que se ha llegado a un acuerdo con el recurrente para que transfiera a
favor de esta Municipalidad los derechos y acciones que posee según
boleto de compra realizada al Señor Benvenuto Domingo Magnalardo los
Lotes 35 y 36 antes mencionados que tienen una superficie total de
6.940,50 metros cuadrados y a cambio la Municipalidad transferirá al
vecino terrenos de su propiedad con una superficie equivalente al 25%
de lo cedido por el vecino o sea 1735 metros cuadrados.
Que a tal efecto se a refrendado el Convenio que se anexa según el cual
la Municipalidad transferirá al vecino señor Marcelo Alberto Quevedo el
Lote C de la Manzana C3 de la Chacra 79 ubicado con frente sobre calle
Maipú entre Garbarino y República de Irlanda con una superficie de
299,95 metros cuadrados y los Lotes IV y V de la Manzana D de la Chacra
72 ubicados con frente a la calle Nº 35 entre Junín y Azcuénaga con una
superficie total de 900 metros cuadrados, o sea que la superficie total
a ceder como compensación al vecino es de 1.199,95, metros cuadrados y
la diferencia de superficie a favor del vecino se aplicará al pago de
la Escrituración y todos los gastos que sean necesarios para transferir
los inmuebles objetos de la presente transacción.
Por todo ello, el Concejo Municipal en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Art.1º.-Ratifícase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de
Venado Tuerto y el señor Marcelo Alberto Quevedo con fecha catorce de
febrero de dos mil tres, el cual pasará a formar parte integrante en
todas y cada una de sus cláusulas de la presente Ordenanza como Anexo
I.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3032-03, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciséis días del mes de
abril del año dos mil tres.
Departamento Ejecutivo Municipal a convenir la permuta del remanente de
la Parcela "A-3" o Lotes "6 al 36" del Plano de Mensura Nº 23862/1959
por otras tierras de propiedad Municipal.
Que mediante Expediente Municipal Nº 85.685 - Q- 1997 el señor Marcelo
Alberto Quevedo solicitó a la Municipalidad informes sobre el inmueble
denominado Lotes 35 y 36 del Plano de Mensura Nº 23.862/1959, parte de
la Chacra 75 de nuestra Ciudad, los que se encuentran incluidos dentro
del ÁREA RECREATIVA NORTE.
Que según lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 1962-91
facultando a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a agilizar
trámites de canje de Lotes que permitan a la Municipalidad obtener el
dominio de inmuebles de propiedad actualmente privada ubicados en el
Área Recreativa Norte, resulta de interés municipal hacer lugar a la
propuesta de canje convenida con el vecino.
Que se ha llegado a un acuerdo con el recurrente para que transfiera a
favor de esta Municipalidad los derechos y acciones que posee según
boleto de compra realizada al Señor Benvenuto Domingo Magnalardo los
Lotes 35 y 36 antes mencionados que tienen una superficie total de
6.940,50 metros cuadrados y a cambio la Municipalidad transferirá al
vecino terrenos de su propiedad con una superficie equivalente al 25%
de lo cedido por el vecino o sea 1735 metros cuadrados.
Que a tal efecto se a refrendado el Convenio que se anexa según el cual
la Municipalidad transferirá al vecino señor Marcelo Alberto Quevedo el
Lote C de la Manzana C3 de la Chacra 79 ubicado con frente sobre calle
Maipú entre Garbarino y República de Irlanda con una superficie de
299,95 metros cuadrados y los Lotes IV y V de la Manzana D de la Chacra
72 ubicados con frente a la calle Nº 35 entre Junín y Azcuénaga con una
superficie total de 900 metros cuadrados, o sea que la superficie total
a ceder como compensación al vecino es de 1.199,95, metros cuadrados y
la diferencia de superficie a favor del vecino se aplicará al pago de
la Escrituración y todos los gastos que sean necesarios para transferir
los inmuebles objetos de la presente transacción.
Por todo ello, el Concejo Municipal en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente
ORDENANZA
Art.1º.-Ratifícase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de
Venado Tuerto y el señor Marcelo Alberto Quevedo con fecha catorce de
febrero de dos mil tres, el cual pasará a formar parte integrante en
todas y cada una de sus cláusulas de la presente Ordenanza como Anexo
I.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3032-03, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciséis días del mes de
abril del año dos mil tres.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO