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Ordenanza Nº 3039/03 - DECOMISO DE ALIMENTOS

FUNDAMENTOS:

En determinadas situaciones, se toma conocimiento del decomisado de
productos alimenticios practicados por el área provincial de

En la mayoría de los casos, por no decir todos, se desconoce el destino
que se asigna a esta mercadería que, a veces, está sometida a la acción
de un procedimiento que no siempre obedece a cuestiones de calidad o
estado sanitario, sino al deterioro o afectación de los recipientes o
envases objeto de su utilización.

Se interpre6ta que bien podría aplicarse un criterio consustanciado con
las necesidades y urgencia de mucha gente que atraviesa situaciones de
difícil acceso a una alimentación adecuada, sea por sus bajos o
decididamente su carencia de recursos para ello.

En tal consideración, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de
sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Los productos alimenticios que por cualquier motivo sean
decomisados por el Municipio, previa intervención de las áreas
respectivas y la autorización del Tribunal de Faltas y sean
considerados aptos para el consumo por la Dirección de Bromatología,
serán entregados a instituciones de bien público a través de la
Subsecretaría de Acción Social.-

Art.2º.- Se gestionará con la Delegación de Bromatología de la
provincia, un procedimiento común para los productos alimenticios
decomisados por el área provincial que asegure sus destino similar al
establecido por el artículo 1º de la presente normativa.-

Art.3º.- Aquellos productos objeto de decomiso que no sean considerados
aptos para el consumo humano, serán entregados, previa autorización del
área pertinente, a la Asociación Protectora de Animales, con destino al
refugio que la entidad posee en la ciudad.-

Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3039-03, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Vendo Tuerto, a los siete días del mes de mayo
del año dos mil tres.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 3985-C-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA