Ordenanza

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Ordenanza Nº 3063/03 - PROGRAMA JOVEN JARDINERO

Art.1º- Créase el Programa denominado "Joven Jardinera/o" que se
implementará a través de la Dirección de Parques y Paseos y el Área de
la Juventud de la Municipalidad de Venado Tuerto.

Art.2º- Los objetivos de dicho programa serán:

A) Promover la participación de los jóvenes de la ciudad a través de
actividades voluntarias relacionadas al cuidado del medio ambiente.
B) Fomentar la concientización de los jóvenes sobre la importancia de
la preservación del medio ambiente.

Art.3º- El programa tendrá como actividades principales las siguientes:
3.1-Realización de talleres cuyo objetivo es el aprendizaje de tareas
básicas de cuidado y mantenimiento de espacios verdes y arbolado
urbano.
3.2- Colaboración con las tareas de mantenimiento de los espacios
verdes.
3.3- Apadrinar un árbol joven en el barrio.
3.4- Plantar un árbol en el barrio y apadrinarlo.

Art.4º- El diseño del programa contemplará los siguientes requisitos:
4.1-Los talleres se llevarán a cabo por personal idóneo ya sea de la
Dirección de Parques y Paseos o de ésta con la colaboración de ONG
locales y Consejos profesionales.
4.2- Estará dirigido a jóvenes de entre 13 y 20 años.
4.3-El Departamento Ejecutivo Municipal determinará anualmente el
número de vacantes de jóvenes que podrán acceder a este programa.
4.4- Se confeccionará un registro de jóvenes interesados en participar
del programa.

Art.5º- El joven postulante al programa, firmará previamente un
contrato de voluntariado ( de un año de duración ) en un todo de
acuerdo con la legislación vigente al momento de la aprobación del
presente proyecto de ordenanza, que reglamenta la participación de la
comunidad en el ámbito municipal.

Art.6º- El Programa tendrá una duración de un año, llevándose a cabo en
la instalaciones del Parque Municipal General Manuel Belgrano y en la
Municipalidad la etapa de talleres.

Art.7º-Un a vez finalizado los talleres se le entregará a los jóvenes
que hayan participado de los mismos, un distintivo en alusión al nombre
del programa.

Art.8º-Al finalizar el programa, los jóvenes deberán presentar un
proyecto (individual o grupal) referido a la temática para que se lleve
a cabo en un barrio de su elección.

Art.9º- El Departamento Ejecutivo Municipal conformará una comisión a
fin de seleccionar uno de los proyectos del grupo de Jóvenes
Jardineros, el cual deberá ejecutar posteriormente.

Art.10º- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Creemos que es importante promover la participación de los jóvenes en
las tareas relacionadas a la preservación y cuidado del medio ambiente
y que la promoción y el fortalecimiento de la sociedad y la
participación ciudadana juega un papel fundamental que carece de
sentido si no se vertebran desde la administración pública espacios
para que cualquier ciudadano/a encuentre posibilidades para ejercer sus
derechos.

Estas alternativas de intervención y movilización social se presentan
con diferentes matices y la acción social voluntaria, sin afán de
lucro, y sustentada en la solidaridad y el compromiso, busca la
transformación social.

El voluntariado es una expresión del ejercicio de la ciudadanía; su
legitimidad está en la posibilidad de convertir a cada uno de los
voluntarios en ciudadanos participativos, permitiéndole a la sociedad
en su conjunto ver a la participación no como un problema o un desorden
social, sino como un elemento de solución y construcción colectiva.

La consolidación del voluntario como expresión social ha desbordado hoy
los campos tradicionales, representados por la asistencia social para
emprender actividades de las más variadas. En este sentido la defensa
del ambiente va incorporando numerosas personas para tareas concretas
de protección y educación ambiental.

El cuidado, la protección y la restauración del medio ambiente son
requisitos indispensables para contrarrestar las tendencias que
amenazan la vida del planeta; toda política ambiental debe
complementarse con un cambio de actitudes sociales, por lo cual se debe
ofrecer una capacitación sistemática y permanente para sensibilizar y
concientizar sobre valores, actitudes y comportamientos ecológicos.

Si bien la protección ambiental no es exclusiva tarea de los jóvenes,
es evidente la inclinación y el interés que este grupo despierta por
dichas cuestiones.

Por tal razón no se puede desconocer desde el Estado dicha realidad y
por lo tanto se deben diseñar políticas que incluyan a la juventud
dentro de programas de Educación Ambiental, tratando de comprometer a
los jóvenes en la defensa y conservación del medio.

Frente al individualismo y escepticismo social reinantes en nuestras
sociedades, se deben generar nuevos espacios de encuentro, reflexión y
acción para los jóvenes donde los valores y principios rectores sean
esencialmente comunitarios, donde puedan apostar al ejercicio libre y
organizado de la solidaridad, donde se aúnen sus esfuerzos en un
compromiso común y desarrollen labores de diversa índole. Cabe la
posibilidad de diseñar PROGRAMAS DE ACCION que a través de la
capacitación de jóvenes, conjuguen formación, capacitación, información
y divulgación en materia de medio ambiente.

Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3063-03, en la sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diez días del mes de
septiembre del año dos mil tres.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 4032-C-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA