Ordenanza
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Ordenanza Nº 3100/04 - RECUPERO INVERSION PROMUDI EQUIPO 2004
Art.1º.-Aféctese el 3% de las cuotas de la Tasa General de Inmuebles
Urbanos durante 5 (cinco) años, a partir de la incorporación del equipo
de referencia, destinado a cubrir el recupero de la inversión del
subproyecto, Adquisición de Equipos; dos (2) camiones, dos (2)
camionetas con aire, dos (2) cajas compactadoras capacidad 16
(dieciséis) m3 con lev.cont. y diez (10) contenedores, incluyéndose los
intereses del crédito del programa.
Art.2º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Inversión
PROMUDI equipo 2004" a fin de registrar en ella la totalidad de los
montos destinados al recupero de la inversión mencionados en el
Art.1º.- de la presente Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia y
hasta la devolución del crédito.
Art.3º.-Aféctese el 1,8% de las cuotas de la Tasa de Inmuebles Urbanos
a partir de la incorporación de los equipos de referencia y durante un
plazo tal que los mismos puedan prestar el servicio en condiciones
normales, destinado a cubrir los costos operativos y de mantenimiento
emergentes de la prestación del servicio en cuestión con los equipos
objeto del proyecto de referencia.
Art.4º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Costos
Operación PROMUDI equipos 2004", a fin de registrar en ella la
totalidad de los montos destinados al recupero de los costos operativos
y de mantenimiento mencionados en el Art. 3º.- de la presente
Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia hasta la devolución del
crédito.
Art.5º.-En el caso de no alcanzarse los porcentajes de cobrabilidad de
las Tasas Urbanas previstos en el recupero y en virtud de los cuales se
determinó la porción de afectación de cada una de éstas mencionado en
el Art. 1º.- y en el Art. 3º.-, o bien se registre una variación
significativa del dólar estadounidense (moneda en la cual se adquiere
el crédito) se afectarán temporariamente y hasta cuando sea necesario
los recursos propios comunales, a fin de cubrir en tiempo y forma la
totalidad de los requerimientos financieros del proyecto de referencia,
pudiendo la Municipalidad realizar una modificación de los porcentajes
a afectar.
Art.6º.-Comuníquese la presente Ordenanza a la Dirección del PROMUDI,
dése al Boletín Oficial y archívese.
FUNDAMENTOS
- Visto que se ha gestionado un crédito para la adquisición de dos (2)
camiones, dos (2) camionetas con aire, dos (2) cajas compactadoras
capacidad 16 (dieciséis) m3 con lev.Cont. y diez (10) contenedores,
ante el Programa Municipal de Inversiones, en el marco de P.M.D.II y
del PRESTAMO DEL FONDO MUNICIPAL DE INVERSIONES puesto en práctica por
la Provincia de Santa Fe; y
- Que la adhesión al régimen de financiamiento para adquisición de
equipos y maquinarias destinados a la prestación de servicios
posibilitará a esta Municipalidad la adquisición de los equipos
mencionados precedentemente.
- Que entre los requisitos a cumplimentar se contempla el dictado de la
medida de afectación de fondos que permitan recuperar el monto de la
inversión y de los costos de operación y mantenimiento del equipo.
- Que debido a que el servicio a prestar por el equipo en cuestión se
considera que beneficiará a la totalidad de los inmuebles urbanos del
distrito.
- Que se hace necesario que los beneficiarios contribuyan
equitativamente en forma proporcional a su patrimonio.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº3100-04, a los once días del mes de
febrero del año dos mil cuatro.
Urbanos durante 5 (cinco) años, a partir de la incorporación del equipo
de referencia, destinado a cubrir el recupero de la inversión del
subproyecto, Adquisición de Equipos; dos (2) camiones, dos (2)
camionetas con aire, dos (2) cajas compactadoras capacidad 16
(dieciséis) m3 con lev.cont. y diez (10) contenedores, incluyéndose los
intereses del crédito del programa.
Art.2º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Inversión
PROMUDI equipo 2004" a fin de registrar en ella la totalidad de los
montos destinados al recupero de la inversión mencionados en el
Art.1º.- de la presente Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia y
hasta la devolución del crédito.
Art.3º.-Aféctese el 1,8% de las cuotas de la Tasa de Inmuebles Urbanos
a partir de la incorporación de los equipos de referencia y durante un
plazo tal que los mismos puedan prestar el servicio en condiciones
normales, destinado a cubrir los costos operativos y de mantenimiento
emergentes de la prestación del servicio en cuestión con los equipos
objeto del proyecto de referencia.
Art.4º.-Créase la cuenta presupuestaria denominada "Recupero Costos
Operación PROMUDI equipos 2004", a fin de registrar en ella la
totalidad de los montos destinados al recupero de los costos operativos
y de mantenimiento mencionados en el Art. 3º.- de la presente
Ordenanza, a partir de su puesta en vigencia hasta la devolución del
crédito.
Art.5º.-En el caso de no alcanzarse los porcentajes de cobrabilidad de
las Tasas Urbanas previstos en el recupero y en virtud de los cuales se
determinó la porción de afectación de cada una de éstas mencionado en
el Art. 1º.- y en el Art. 3º.-, o bien se registre una variación
significativa del dólar estadounidense (moneda en la cual se adquiere
el crédito) se afectarán temporariamente y hasta cuando sea necesario
los recursos propios comunales, a fin de cubrir en tiempo y forma la
totalidad de los requerimientos financieros del proyecto de referencia,
pudiendo la Municipalidad realizar una modificación de los porcentajes
a afectar.
Art.6º.-Comuníquese la presente Ordenanza a la Dirección del PROMUDI,
dése al Boletín Oficial y archívese.
FUNDAMENTOS
- Visto que se ha gestionado un crédito para la adquisición de dos (2)
camiones, dos (2) camionetas con aire, dos (2) cajas compactadoras
capacidad 16 (dieciséis) m3 con lev.Cont. y diez (10) contenedores,
ante el Programa Municipal de Inversiones, en el marco de P.M.D.II y
del PRESTAMO DEL FONDO MUNICIPAL DE INVERSIONES puesto en práctica por
la Provincia de Santa Fe; y
- Que la adhesión al régimen de financiamiento para adquisición de
equipos y maquinarias destinados a la prestación de servicios
posibilitará a esta Municipalidad la adquisición de los equipos
mencionados precedentemente.
- Que entre los requisitos a cumplimentar se contempla el dictado de la
medida de afectación de fondos que permitan recuperar el monto de la
inversión y de los costos de operación y mantenimiento del equipo.
- Que debido a que el servicio a prestar por el equipo en cuestión se
considera que beneficiará a la totalidad de los inmuebles urbanos del
distrito.
- Que se hace necesario que los beneficiarios contribuyan
equitativamente en forma proporcional a su patrimonio.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº3100-04, a los once días del mes de
febrero del año dos mil cuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente:
- Derogada: NO
- Vetada: NO