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Ordenanza Nº 3122/04 - GUARDIA ENERO IND. Y COMERCIO MVT

FUNDAMENTOS:

En los últimos años, en nuestro Municipio, se ha dispuesto el
otorgamiento de las vacaciones a la mayoría del personal municipal en
el mes de enero, básicamente del personal dependiente de las áreas
administrativas.

Esto trae como consecuencia, la suspensión de ciertos expedientes
administrativos o la imposibilidad de iniciarlos en sede municipal,
durante ese mes.

En el ámbito de la actividad comercial e industrial, las habilitaciones
de nuevos emprendimientos ante las reparticiones públicas (AFIP - DGI y
API), dan inicio en sede administrativa municipal; sin este trámite de
inicio, en la dirección municipal de Industria y Comercio, no se puede
avanzar en la tramitación ante la Administración Provincial de
Impuestos.

La suspensión de las actividades, en forma casi absoluta, durante el
mes de enero, retrasa proyectos de inversión privada, que se ven
demorados 30 días al no poder dar inicio, ya que la instancia municipal
es la primera y sin ella no pueden efectuarse las siguientes ante las
reparticiones provinciales y nacionales.

Sin desmerecer el criterio de ahorro y eficientismo, que significa el
otorgamiento de vacaciones en el mes de enero, se cree que este
inconveniente que se plantea, se puede solucionar mediante la
disposición de una guardia mínima, durante el mes de enero, que permita
el inicio de las inscripciones comerciales correspondientes.

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Dispóngase, durante el mes de enero, la implementación de una
guardia mínima en la Dirección de Industria y Comercio de la
Municipalidad de Venado Tuerto.-

Art.2º.- El cometido de la guardia, es dar inicio a los nuevos trámites
de habilitación de negocios, a los efectos de no retrasar la apertura
de nuevos emprendimientos.-

Art.3º.- Deberá sustanciar además, todos aquellos trámites en los que,
su retraso o falta de iniciación, genere perjuicio serio a su
requirente, previo aviso y fundamentación por escrito por parte del
administrado.-

Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3122-04, en la sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dos días del mes de junio
del año dos mil cuatro.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 4030-C-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA