Ordenanza

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Ordenanza Nº 3164/04 - MODIF.ORD 2331-95 ANIMALES EN CIRCOS

VISTO:

Que los fundamentos de la Ordenanza Nº 2331/95 son claros y actuales
respecto a la explotación de los animales circenses adiestrados, pero
que en el artículo 1º de la misma, habilita la presencia de estos
circos con la supervisión Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que a la mayoría de estos animales se los ha secuestrado de su medio
natural.

Que en la naturaleza, los osos no bailan, ni andan en bicicleta; los
tigres no saltan aros con fuegos, ni saludan sentados y que los
elefantes no se paran en una pata; todo esto producto de un
entrenamiento forzoso y cruel que vulnera sus patrones naturales de
conducta.

Que hay suficientes antecedentes de accidentes graves por la pérdida
del control de sus acciones y reacciones violentas debidas al tipo de
vida que llevan, totalmente ajenos a su naturaleza.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en us9o de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Art. 1º.- Modifícase el Art. 1º.- de la Ordenanza Nº 2331/95,
cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera:

"Art. 1º.- No se habilitará para su funcionamiento en la jurisdicción
de Venado Tuerto, a los circos que ofrezcan y/o exhiban en la
programación de sus espectáculos, animales salvajes, feroces o
silvestres, entendiendo por tal, a los animales no domesticables.

Solamente serán autorizados a funcionar aquellos circos que ofrezcan en
sus espectáculos animales domésticos, vale decir, aquellos que conviven
por generaciones con el ser humano y dependen de él para su
supervivencia.

La Municipalidad, a través de su servicio veterinario y con el
asesoramiento de la Asociación Protectora de Animales (APA), realizará
la inspección pertinente."

Art. 2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.Se sanciona la presente
ORDENANZA Nº 3164-04, en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de
Venado Tuerto, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil
cuatro.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 1003-V-093

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA