Ordenanza
Starter Section
Ordenanza Nº 3169/04 - PROYECTO ACOMPAÑAMIENTO EDUCATIVO
VISTO:
La solicitud del colegio de Arquitectos avalado por el colegio de
Ingenieros y de Maestros mayor de Obras modificando los plazos para la
presentación de proyectos conforme a las pautas que regían el uso del
espacio privado en el área central de la ciudad antes de la
modificación por Ordenanza num. 3137/04; y
CONSIDERANDO:
Que los mismos se consideran justificados a través de la documentación
presentada.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Modificar el artículo 3º de la Ordenanza 3160-04 la que
quedará redactado de la siguiente manera: "Los expedientes entrados,
deberán ser convalidados con la iniciación del trámite de visación
previa de los proyectos en el plazo de cuatro ( 4 ) meses contados a
partir de la fecha de la presentación efectuada conforme al artículo
1º, debiendo iniciarse el pertinente expediente de edificación dentro
de dos ( 2 ) meses efectivizados desde el otorgamiento de la visación
previa.
Si alguno de los plazos predeterminados precedentemente no fueran
cumplimentados por los interesados, la Dirección de Obras Privadas
rechazará y/o anulará las tramitaciones iniciadas.
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3170-04, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintinueve días del mes
de septiembre del año dos mil cuatro.-
La solicitud del colegio de Arquitectos avalado por el colegio de
Ingenieros y de Maestros mayor de Obras modificando los plazos para la
presentación de proyectos conforme a las pautas que regían el uso del
espacio privado en el área central de la ciudad antes de la
modificación por Ordenanza num. 3137/04; y
CONSIDERANDO:
Que los mismos se consideran justificados a través de la documentación
presentada.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Modificar el artículo 3º de la Ordenanza 3160-04 la que
quedará redactado de la siguiente manera: "Los expedientes entrados,
deberán ser convalidados con la iniciación del trámite de visación
previa de los proyectos en el plazo de cuatro ( 4 ) meses contados a
partir de la fecha de la presentación efectuada conforme al artículo
1º, debiendo iniciarse el pertinente expediente de edificación dentro
de dos ( 2 ) meses efectivizados desde el otorgamiento de la visación
previa.
Si alguno de los plazos predeterminados precedentemente no fueran
cumplimentados por los interesados, la Dirección de Obras Privadas
rechazará y/o anulará las tramitaciones iniciadas.
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 3170-04, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintinueve días del mes
de septiembre del año dos mil cuatro.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO