Ordenanza

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Art.1º.-Suspéndase la aplicación de la Ordenanza Nº3150/04 por el
término de treinta (30) días, el que podrá ser prorrogado, si cumplido
el mismo no se hubiera resuelto el conflicto generado entre los
vecinos.

Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS:

Que el pasado 25 de agosto este Concejo Municipal sancionó la Ordenanza
Nº 3150/04 por la que se estableció que los vecinos linderos recibirían
en carácter gratuito una fracción de terreno de la plazoleta central
del Complejo Habitacional, ubicado entre las calles Falucho, Larrea,
Cabral y Brett.

Que dicha normativa, fue sancionada teniendo en cuenta entre otros, la
denuncia presentada oportunamente por un grupo de vecinos que aludía
que dicho espacio verde era usado como escondite para uso no deseable y
que se veía amenazada la seguridad del sector.

Que a la fecha se ha generado un conflicto entre vecinos del lugar, ya
que otro grupo (incluso mayoritario) plantea que lo mencionado
anteriormente no se ajusta a la verdad y reclama poder mantener la
plazoleta como espacio verde y lugar de esparcimiento y recreación de
los niños que viven en el lugar.

Que habiendo visitado el lugar y tomado contacto con los vecinos del
Complejo Habitacional FONAVI, este Concejo pudo constatar que en
principio son sólo once (11) vecinos de las más de setenta (70)
familias que habitan en dicho sector, quienes aluden problemas con la
plazoleta por lo que parece necesario proceder a realizar una serie de
reuniones, con los actores involucrados antes de tomar una resolución
final sobre el particular.

Que un grupo de vecinos ha comenzado la recolección de firmas a favor
de mantener el espacio verde, nota que será presentada en los próximos
días ante este Cuerpo y también se ha tomado conocimiento que la
Comisión Vecinal tampoco había participado en el tema, ya que
desconocía lo peticionado oportunamente.

Que teniendo en cuenta lo dicho anteriormente, resulta imperioso
proceder a suspender la aplicación de la Ordenanza Nº3150/04 por el
término de treinta (30) días, el que podrá ser prorrogado si cumplido
el mismo no se hubiera resuelto el conflicto generado entre los
vecinos, al tiempo de comprometernos a trabajar rápidamente con las
partes a efectos de tomar una decisión final al respecto.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones,
sanciona la presente ORDENANZA Nº 3172/04, a los veintinueve días del
mes de setiembre del años dos mil cuatro.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp-4071-C-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA