Ordenanza

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Ordenanza Nº 3179/04 - CONVENIO ENTRE MVT Y SRES PAPA, STREET Y BLASCO

Art.1º.-Dispónese que la MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO, dona con cargo
en propiedad a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO, y ésta
acepta las fracciones de terreno de su propiedad que a continuación se
describen, para que dicho ente provincial construya en el mismo un
conjunto de viviendas mediante el PLAN FEDERAL DE VIVIENDAS O CUALQUIER
OTRO SIMILAR. Dichas fracciones de terreno se encuentran ubicadas en
esta ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de
Santa Fe, parte de la CHACRA Nº38 del Plano Oficial, las cuales se
identifican según Plano de Mensura y Subdivisión Nº82548, del año 1975
confeccionado por el Ing.Dante Casadei, de la siguiente forma:

a. Lotes numerados del UNO al TREINTA Y SEIS inclusive de la Manzana
DIECISÉIS.

b. Lotes numerados del UNO al TREINTA Y SEIS inclusive de la Manzana
DIECISIETE.

c. Lotes numerados del UNO al TREINTA Y SEIS inclusive de la Manzana
DIECIOCHO.

d. Lotes numerados del UNO al TREINTA Y SEIS inclusive de la Manzana
DIECINUEVE.

e. Lotes numerados del SEIS al TREINTA Y CUATRO inclusive de la Manzana
SEIS

f. Lotes numerados del UNO al CUARENTA de la Manzana OCHO.

g. Lotes numerados del UNO al CUARENTA inclusive de la Manzana NUEVE.

h. Lotes numerados del UNO al CUARENTA inclusive de la Manzana DIEZ.

Que los inmuebles descriptos pertenecen a la Municipalidad de Venado
Tuerto por inscripción de dominio ante el Registro General de la
Propiedad de Rosario inscripto de la siguiente manera; "Rosario, 22 de
abril de 1991, inscripto el dominio al Tomo 450 - Folio 183 - Nº
255.032 - Departamento General López.-

Art.2º.-Renuévase, a partir de la fecha de la presente los plazos
establecidos por el Art.2º.-de la Ordenanza Nº 2644-99.

Art.3º.-Establécese que la presente donación quedará sin efecto y por
lo tanto, el inmueble cedido volverá al dominio municipal, si la
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO no da inicio a los
trabajos pertinentes dentro del término de dos (2) años, contados a
partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.

Art.4º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar los
Planos de Proyecto de Obras de las Viviendas a construir en los lotes
mencionados en el Art.1º.-, si cumplimentaran lo normado en el
Reglamento de Edificación y Normas Complementarias vigentes para el
Distrito R.5.4 del Reglamento de Zonificación y Subdivisión de la
Tierra, dado que dichos terrenos son aptos para la construcción de
viviendas como se expresa en el certificado expedido por la Secretaría
de Obras y Servicios Públicos, obrante como ANEXO I.

Art.5º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS:

Visto el convenio firmado entre la Nación y la Provincia de Santa Fe
sobre el Plan Federal de Construcción de Viviendas.

Y Considerando que la Municipalidad ha sido beneficiada con la
adjudicación de 311 unidades habitacionales.

Que la materialización de las mismas se debe resolver mediante la
cesión y ofrecimiento de tierras de propiedad de la MUNICIPALIDAD DE
VENADO TUERTO a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO,
dependiente del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE..

Que los inmuebles a ceder cumplen con los requerimientos de títulos
perfectos a nombre de la Municipalidad; emplazamiento acorde de
crecimiento de la ciudad y la alternativa a corto plazo de contar con
toda la infraestructura de servicios.

Que los mismos se hallan comprendidos dentro de las reglamentaciones en
vigencia y la construcción proyectada vendría a cubrir parte de la
necesidad habitacional en nuestro medio, a la vez de contribuir al
mejoramiento edilicio de la ciudad .

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº3178/04, a los seis días del mes de
octubre del año dos mil cuatro.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente:

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA