Ordenanza

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Ordenanza Nº 3188/04 - COMPLEJO VIVIENDAS PROGRAMA EMERGENCIA HABITACIONAL

Art.1º.-La Municipalidad de Venado Tuerto, dona con cargo en propiedad
a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, y ésta acepta de
plena conformidad las siguientes fracciones de terreno de su propiedad
que a continuación se describen, para que dicho ente provincial
construya en las mismas un conjunto de viviendas, mediante el PROGRAMA
DE EMERGENCIA HABITACIONAL o CUALQUIER OTRO SIMILAR. Dichas fracciones
de terreno se encuentran ubicadas en esta ciudad de Venado Tuerto,
Departamento General López, Provincia de Santa Fe, parte de la CHACRA
Nº 59 del Plano Oficial, las cuales se denominan según Plano de Mensura
y Subdivisión Nº 84.226, del año 1975 confeccionado por el Ing.Dante
Casadei, de la siguiente forma:

a. Lotes numerados del ONCE al QUINCE, DIECISIETE al DIECINUEVE
inclusive de la Manzana UNO.
b. Lotes numerados del UNO al VEINTE inclusive de la Manzana DOS.
c. Lotes numerados del UNO al CINCO, OCHO al TRECE, DIECISÉIS al
DIECINUEVE inclusive de la Manzana TRES.
d. Lotes numerados del UNO al VEINTE inclusive de la Manzana CUATRO.
e. Lotes numerados del ONCE al CATORCE , DIECIOCHO al VEINTE inclusive
de la Manzana SEIS.
f. Lotes numerados del UNO al OCHO, DIECISIETE AL VEINTICUATRO de la
Manzana OCHO.

Que corresponden a la Municipalidad de Venado Tuerto por inmueble con
registración en trámite mediante Escribanía Gómez Tomei.

Art.2º.-La presente donación quedará sin efecto y por lo tanto el
inmueble cedido volverá al dominio municipal, si la DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO no da inicio a los trabajos
pertinentes dentro del término de dos (2) años, contados a partir de la
fecha de promulgación de la presente Ordenanza.

Art.3º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar los
Planos de Proyecto de Obra de las Viviendas a construir en los lotes
mencionados en el Art.1º.- si cumplimentaran lo normado en el
Reglamento de Edificación y Normas Complementarias vigentes para el
Distrito R.5.4. del Reglamento de Zonificación y Subdivisión de la
Tierra, dado que dichos terrenos son aptos para la construcción de
viviendas como se expresa en el certificado expedido por la Secretaría
de Obras y Servicios Públicos, adjunto al presente como ANEXO I.

Art.4º.-En el Proyecto de la obra de las viviendas, deberá incluirse el
proyecto de nivelado y escurrimiento del aguas.

Art.5º.-El proyecto de las viviendas y la subdivisión de los lotes
deberá ajustarse a las ordenanzas vigentes mencionados en el Art.1º.-
deberán ajustarse a las ordenanzas vigentes a Reglamento de Edificación
de Zonificación y Subdivisión de la Tierra (RZSDT).

Art.6º.-Cumplimentados los requisitos autorizadas por esta ordenanza,
remítase al Concejo Municipal el correspondiente proyecto definitivo
para su aprobación.
Art.7º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS:

Visto la posibilidad de acceder este Municipio al Programa Federal de
Emergencia Habitacional.

Y considerando que mediante el mencionado Programa, la Municipalidad de
Venado Tuerto puede ser beneficiada con la adjudicación de TREINTA Y
DOS (32) unidades habitacionales.

Que a los efectos de dar creación al programa aludido, la
materialización de las mismas se deben realizar, la cesión y
ofrecimiento de tierras de propiedad de la MUNICIPALIDAD DE VENADO
TUERTO a la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO, dependiente
del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.

Que los inmuebles a ceder cumplen con los requisitos de títulos
perfectos a nombre de la Municipalidad, emplazamiento acorde al sentido
de crecimiento de la ciudad y la alternativa a corto plazo de contar
con toda la infraestructura de servicios.

Que los mismos se hallan comprendidos dentro de las reglamentaciones en
vigencia y la construcción proyectada vendría a cubrir parte de la
necesidad habitacional en nuestro medio, a la vez de contribuir al
mejoramiento edilicio de la ciudad.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 3188/04, a los veinte días del mes
de octubre del año dos mil cuatro.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente:

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA