Ordenanza

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Ordenanza Nº 3225/05 - DESADJUDICACION TERRENO ASOCIACION FOGOLAR FURLAN

Visto:

La Ordenanza Nº 1836/89, dictada por este Concejo Municipal en fecha 07 de noviembre de 1989; y

Considerando:

Que la citada norma otorgaba a la Institución Fogolar Furlan Monte Matajur Venado Tuerto, una fracción de terreno ubicada en la Chacra 81 -Manzana "3B" - Lote Nº "4" - Reserva Municipal Nº 102, por el régimen de Comodato.

Que tal como la establecía el Art.2º.- de dicha Ordenanza, la Institución debía comenzar con la presentación de los planos y la obra dentro de los dos años de promulgada la citada Ordenanza.

Que según la inspección realizada en fecha 20-08-02, la Dirección de Obras Públicas, informe que el lote de la fecha se encuentra baldío y en total estado de abandono, obrante en fs. 15 del Expediente Municipal Nº 52.913-F-88.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:

ORDENANZA

Art.1º.-Desajudíquese a la Institución Fogolar Furlan Monte Matajur Venado Tuerto el lote cedido mediante Ordenanza Nº1836/89.

Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de abril del año dos mil cinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp-053-I-89 Mensaje-031-OP-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA