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Ordenanza Nº 3243/05 - PRORROGA POR UN AÑO MODELO DE VEHÍCULOS TAXIS Y REMISES

VISTO:

El artículo 1º de la Ordenanza Nro. 3123/04 (modificatoria de la Ordenanza que regula a Taxis y Remises), que permite el uso de las unidades cuyo modelo hubiera superado los 10 años de antigüedad hasta el día 31 de mayo de 2005; y

CONSIDERANDO:

Que los fundamentos expuestos oportunamente para la sanción de la citada Ordenanza se mantienen a la fecha, ya que en la actualidad continúa existiendo un elevado porcentaje de vehículos afectados a los servicios de taxis y remises cuya antigüedad excede la fijada, y los trabajadores y licenciatarios cuentan con las mismas dificultades de hace un año atrás en lo que refiere al mantenimiento de sus respectivos servicios, mientras que la rentabilidad de la actividad sigue sin responder a los niveles que permitan la renovación de las unidades con la periodicidad que es de suponer resulta económicamente equilibrada.

Que la crisis de los argentinos en los últimos años no ha sido superada aún al día de la fecha, y en tal sentido se hace necesario en relación a las circunstancias socio-económicas que el Estado Municipal garantice las fuentes de ingresos de las familias que dependen de la actividad, sin que por ello se desprecie el servicio que se presta a los usuarios.

Que si el 31 de mayo de 2005 fuera el último día permitido para el funcionamiento de estas unidades, aproximadamente 80 trabajadores de remises quedarían sin trabajo y por ende sin la obtención del ingreso que les permita alimentar sus hogares.

Que la seguridad vial, y en particular de los usuarios del servicio, puede garantizarse mediante los mecanismos de control existentes sin que esto afecte la posibilidad de otorgar un nuevo plazo para el funcionamiento de las unidades que superan los 10 años de antigüedad.

Que es necesario proceder a convocar a una reunión en este Concejo Municipal con las autoridades municipales relacionadas a la problemática (Secretario de Gobierno y Director de Tránsito) y con los trabajadores – licenciatarios de taxis y remises, a efectos de estudiar una nueva normativa que rija la actividad.

Que con fundamento de lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Dispónese una prórroga de un (1) año a la fecha límite establecida en el artículo 1º de la Ordenanza Nro. 3123/04.

Art. 2º.- Para que los licenciatarios puedan acogerse al permiso que se genera a partir del Art. 1º.- de esta Ordenanza, es requisito indispensable que sus vehículos tengan aprobada la Revisión Técnica Obligatoria, practicada por el taller acreditado para tal fin en Venado Tuerto.

Art. 3º.- Convóquese en un plazo no mayor a los 15 días de aprobada la presente a una reunión en este Concejo Municipal con el Señor Secretario de Gobierno, el Señor Director de Tránsito y los trabajadores – licenciatarios de Taxis y Remises, a los efectos de estudiar la redacción de una nueva normativa que rija la actividad.

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado tuerto, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil cinco.-


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 3856-C-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA