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Ordenanza Nº 3295/05 - PREVENCION DE LA OBECIDAD INFANTIL

VISTO:

Que el 25 de setiembre próximo pasado, Día Mundial del Corazón, la Organización Mundial de la Salud advirtió que, según sus cálculos, en el mundo hay más de 1.000 millones de personas con sobrepeso, y que esta cifra aumentará a 1.500 millones en el año 2015 si se mantiene la tendencia actual; y

CONSIDERANDO:

Que el sobrepeso y la obesidad son factores de riesgo importantes en las enfermedades cardiovasculares, constituyendo la primera causa de muerte con más de 17 millones de defunciones anuales en todo el mundo.

Que antes se consideraba que este problema sólo afectaba a los países ricos, pero las estimaciones de la Organización Mundial de la Salud muestran que el sobrepeso y la obesidad están aumentando de forma alarmante en los países de mediano y bajos ingresos.

Que esto se debe a varios factores, como el cambio generalizado de la dieta hacia un aumento del consumo de calorías, grasas, sales y azúcares; y la tendencia a la disminución de la actividad física ocasionada por el carácter sedentario del trabajo actual, el cambio de los medios de transporte y la creciente urbanización.

Que según los cálculos de la Organización Mundial de la Salud, más del 75% de las mujeres mayores de 34 años de países tan diversos como Barbados, Egipto, los Estados Unidos de América, Malta, México, Sudáfrica y Turquía tienen sobrepeso; y las cifras son similares para los hombres. A la vez, más del 75% tienen sobrepeso en países como Alemania, Argentina, Grecia, Kuwait, Nueva Zelanda, el Reino Unido y Samoa.

Que estas estadísticas también se vinculan con la población infantil, ya que en el último estudio de la Sociedad Argentina de Pediatría se detectó un 26,8% de niños entre 10 a 19 años con sobrepeso y un alto nivel de sedentarismo. En los últimos años la obesidad infantil se ha transformado en una epidemia que viene de la mano con la DBT tipo II, antes una enfermedad casi exclusiva de adultos.

Que siendo la mejor forma de afrontar este problema la prevención en el grupo de riesgo a desarrollar obesidad en el futuro, los niños son el objetivo de un buen programa de prevención.

Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Salud Municipal el programa Prev.O.I., con el objeto de prevenir la obesidad infantil.

Art.2º.- En el marco de este Programa se sugerirá a las cantinas y kioscos de las escuelas que eviten vender durante el horario escolar bebidas endulzadas con azúcar (gaseosas comunes, jugos, etc.), evitar la colocación de máquinas expendedoras de gaseosas y golosinas y procurar ofrecer en lugares visibles y con carteles promociones de alimentos saludables como yogures, frutas, cereales y jugos de frutas naturales o agua.

Art.3º.- Se instrumentarán junto con la Dirección de Deportes de la Municipalidad local políticas tendientes al desarrollo de actividades físicas extracurriculares por parte de los niños en dependencias municipales.

Art.4º.- Se creará una página web donde se pueda tener conocimientos básicos sobre alimentación saludable y se promocione la actividad física, además de consultar dudas o comentarios que será evacuados por expertos.

Art. 5.- Los profesionales de los servicios de atención primaria municipales deberán en cada consulta evaluar en los niños su peso, altura, percentilo de índice de maza corporal, tensión arterial, niveles de colesterolemia y circunferencia abdominal.

Art. 6.- Se sugerirá a los restaurantes y lugares donde se vendan comidas que siempre tengan a disposición menús saludables, bajos en grasas saturadas y sal, siendo este atractivo y promocionado con información nutricional para que el cliente pueda verlo y elegirlo.

Art.7.- Se deberá asesorar en forma gratuita a los propietarios de restaurantes y lugares donde vendan comidas para que los mismos puedan cumplir con lo normado en el artículo anterior.

Art.8.- Corresponderá tener en cuenta el control en el ámbito de la municipalidad local el denominado Síndrome de Transición Epidemiológica, caracterizado por niños de baja talla y obesidad por alimentación inapropiada, y que puedan presentar déficits de desarrollo intelectual.

Art.9º.- Comuníquese, publíquese y archívese.


Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil cinco.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4273-C-05

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA