Ordenanza
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Ordenanza Nº 3523/07 - AUTORIZA AL DEM CONFORMAR COMISION DE GESTION PARA OBRAS RED GAS
Visto:
La necesidad de establecer los medios conducentes para financiar la obra de tendido de gas domiciliario en el barrio Santa Fe de esta ciudad, y;
Considerando:
Que el barrio Santa Fe es el sector elegido por el municipio local desde hace muchos años para localizar los planes masivos de vivienda, principalmente FO.NA.VI. y Plan Federal.
Que la obra de red de gas domiciliaria sería de un beneficio económico directo para los habitantes del sector.
Que mediante el concurso de precios Nº 02/2006, se licitaron obras de gas para los barrios Villa Casey, El Cruce, Los Pinos, Los Robles y Los Tilos, hoy en etapa de construcción, y que del mismo se pudieron establecer precios de red de gas domiciliario de distintos diámetros (troncales de 90 y 125 mm., y domiciliarios de 50 y 63 mm.).
Que las empresas constructoras, tanto del medio local como regional, podrán ser invitadas a participar respetando los precios expuestos en el concurso para la ejecución de la obra de referencia.
Que atento a ello, el presupuesto aproximado de la misma es de $ 92.804,40 para un desarrollo de 535,38 metros lineales de cañería de 125 mm. y 524,30 metros lineales de cañería de 90 mm.
Que la obra de redes troncales permitirá en esta primera etapa desarrollar 121,10 metros de cañería de 63 mm. y 1.030 metros de cañería de 50 mm.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º. Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a conformar la "Comisión de Gestión" respectiva a los efectos del desarrollo del proyecto señalado en los vistos de la presente norma, la cual será integrada de la siguiente manera: dos (2) representantes del Departamento Ejecutivo Municipal y 2 (dos) representantes del Concejo Municipal de Venado Tuerto, con el objeto de gestionar la contratación y financiamiento de la obra de gas correspondiente a los proyectos de Litoral Gas P/VT/05/068 por un monto máximo de Pesos Noventa y Dos Mil Ochocientos Cuatro con 40/100 ($ 92.804,40).
Art.2º. Facúltese a la "Comisión de Gestión" conformada por el art. 1 de la presente a contratar con empresas locales o regionales la obra en cuestión, por un precio igual o menor con respecto a otras obras similares ya licitadas y cuyos valores quedaron establecidos en el concurso de precios Nº 02/2006.
Art.3º. Dispóngase que una vez cumplimentada previamente la normativa municipal vigente en relación al registro de aceptación, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir en concepto de contribución de mejoras un monto de Pesos Sesenta y Cinco por metro lineal de frente ($/ml. 65,00) a los vecinos beneficiados de las obras de gas próximas a efectuarse.
Art.4º. Dispóngase que los gastos que demande la implementación de esta Ordenanza serán imputados a la cuenta de presupuesto Nº 1746/8 (Red de Gas), y el importe dinerario de las cuotas por la contribución de mejoras serán depositadas en la cuenta Nº 789/7 (Percibido Red de Gas), el cual se utilizará para financiar obras futuras en otros sectores de la ciudad.
Art.5º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el primer día del mes de agosto del año dos mil siete.
La necesidad de establecer los medios conducentes para financiar la obra de tendido de gas domiciliario en el barrio Santa Fe de esta ciudad, y;
Considerando:
Que el barrio Santa Fe es el sector elegido por el municipio local desde hace muchos años para localizar los planes masivos de vivienda, principalmente FO.NA.VI. y Plan Federal.
Que la obra de red de gas domiciliaria sería de un beneficio económico directo para los habitantes del sector.
Que mediante el concurso de precios Nº 02/2006, se licitaron obras de gas para los barrios Villa Casey, El Cruce, Los Pinos, Los Robles y Los Tilos, hoy en etapa de construcción, y que del mismo se pudieron establecer precios de red de gas domiciliario de distintos diámetros (troncales de 90 y 125 mm., y domiciliarios de 50 y 63 mm.).
Que las empresas constructoras, tanto del medio local como regional, podrán ser invitadas a participar respetando los precios expuestos en el concurso para la ejecución de la obra de referencia.
Que atento a ello, el presupuesto aproximado de la misma es de $ 92.804,40 para un desarrollo de 535,38 metros lineales de cañería de 125 mm. y 524,30 metros lineales de cañería de 90 mm.
Que la obra de redes troncales permitirá en esta primera etapa desarrollar 121,10 metros de cañería de 63 mm. y 1.030 metros de cañería de 50 mm.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º. Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a conformar la "Comisión de Gestión" respectiva a los efectos del desarrollo del proyecto señalado en los vistos de la presente norma, la cual será integrada de la siguiente manera: dos (2) representantes del Departamento Ejecutivo Municipal y 2 (dos) representantes del Concejo Municipal de Venado Tuerto, con el objeto de gestionar la contratación y financiamiento de la obra de gas correspondiente a los proyectos de Litoral Gas P/VT/05/068 por un monto máximo de Pesos Noventa y Dos Mil Ochocientos Cuatro con 40/100 ($ 92.804,40).
Art.2º. Facúltese a la "Comisión de Gestión" conformada por el art. 1 de la presente a contratar con empresas locales o regionales la obra en cuestión, por un precio igual o menor con respecto a otras obras similares ya licitadas y cuyos valores quedaron establecidos en el concurso de precios Nº 02/2006.
Art.3º. Dispóngase que una vez cumplimentada previamente la normativa municipal vigente en relación al registro de aceptación, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir en concepto de contribución de mejoras un monto de Pesos Sesenta y Cinco por metro lineal de frente ($/ml. 65,00) a los vecinos beneficiados de las obras de gas próximas a efectuarse.
Art.4º. Dispóngase que los gastos que demande la implementación de esta Ordenanza serán imputados a la cuenta de presupuesto Nº 1746/8 (Red de Gas), y el importe dinerario de las cuotas por la contribución de mejoras serán depositadas en la cuenta Nº 789/7 (Percibido Red de Gas), el cual se utilizará para financiar obras futuras en otros sectores de la ciudad.
Art.5º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el primer día del mes de agosto del año dos mil siete.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 3853-C-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO