Ordenanza

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Ordenanza Nº 3523/07 - AUTORIZA AL DEM CONFORMAR COMISION DE GESTION PARA OBRAS RED GAS

Visto:
La necesidad de establecer los medios conducentes para financiar la obra de tendido de gas domiciliario en el barrio Santa Fe de esta ciudad, y;

Considerando:
Que el barrio Santa Fe es el sector elegido por el municipio local desde hace muchos años para localizar los planes masivos de vivienda, principalmente FO.NA.VI. y Plan Federal.
Que la obra de red de gas domiciliaria sería de un beneficio económico directo para los habitantes del sector.
Que mediante el concurso de precios Nº 02/2006, se licitaron obras de gas para los barrios Villa Casey, El Cruce, Los Pinos, Los Robles y Los Tilos, hoy en etapa de construcción, y que del mismo se pudieron establecer precios de red de gas domiciliario de distintos diámetros (troncales de 90 y 125 mm., y domiciliarios de 50 y 63 mm.).
Que las empresas constructoras, tanto del medio local como regional, podrán ser invitadas a participar respetando los precios expuestos en el concurso para la ejecución de la obra de referencia.
Que atento a ello, el presupuesto aproximado de la misma es de $ 92.804,40 para un desarrollo de 535,38 metros lineales de cañería de 125 mm. y 524,30 metros lineales de cañería de 90 mm.
Que la obra de redes troncales permitirá en esta primera etapa desarrollar 121,10 metros de cañería de 63 mm. y 1.030 metros de cañería de 50 mm.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art.1º. Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a conformar la "Comisión de Gestión" respectiva a los efectos del desarrollo del proyecto señalado en los vistos de la presente norma, la cual será integrada de la siguiente manera: dos (2) representantes del Departamento Ejecutivo Municipal y 2 (dos) representantes del Concejo Municipal de Venado Tuerto, con el objeto de gestionar la contratación y financiamiento de la obra de gas correspondiente a los proyectos de Litoral Gas P/VT/05/068 por un monto máximo de Pesos Noventa y Dos Mil Ochocientos Cuatro con 40/100 ($ 92.804,40).

Art.2º. Facúltese a la "Comisión de Gestión" conformada por el art. 1 de la presente a contratar con empresas locales o regionales la obra en cuestión, por un precio igual o menor con respecto a otras obras similares ya licitadas y cuyos valores quedaron establecidos en el concurso de precios Nº 02/2006.

Art.3º. Dispóngase que una vez cumplimentada previamente la normativa municipal vigente en relación al registro de aceptación, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a percibir en concepto de contribución de mejoras un monto de Pesos Sesenta y Cinco por metro lineal de frente ($/ml. 65,00) a los vecinos beneficiados de las obras de gas próximas a efectuarse.

Art.4º. Dispóngase que los gastos que demande la implementación de esta Ordenanza serán imputados a la cuenta de presupuesto Nº 1746/8 (Red de Gas), y el importe dinerario de las cuotas por la contribución de mejoras serán depositadas en la cuenta Nº 789/7 (Percibido Red de Gas), el cual se utilizará para financiar obras futuras en otros sectores de la ciudad.

Art.5º. Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el primer día del mes de agosto del año dos mil siete.




INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 3853-C-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA