Ordenanza
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Ordenanza Nº 3548/07 - CREA LA JUNTA DE POLÍTICAS SANITARIAS DE VENADO TUERTO
Visto:
La necesidad de crear políticas sanitarias comunes en toda la ciudad de Venado Tuerto; y,
Considerando:
Que es responsabilidad del estado garantizar la salud a toda la ciudadanía, máxime en el caso de Venado Tuerto donde ha cambiado el mapa político sanitario y además es el centro de derivaciones de pacientes de una amplia región que, incluso, excede los límites de la provincia de Santa Fe.
Que la medicina actual necesita de más recursos en equipamiento, medicamentos y material humano, sobre todo ante la presencia o la aparición de nuevas enfermedades que tienen que ver con los cambios a nivel del medio ambiente.
Que esta ciudad debe estar preparada ante cualquier eventualidad que requiera la implementación en pleno de todo su potencial sanitario.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º. Créase la Junta de Políticas Sanitarias de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.2º. Será objeto y función de esta junta la interacción y coordinación de los distintos agentes y centros de salud de la ciudad a fin de plantear conjuntamente ejes estratégicos de trabajo para mejorar y optimizar el servicio de salud pública y privada, reorientando los recursos existentes para su mejor aprovechamiento y fortaleciendo un espacio de concertación del Municipio con la Zona de Salud VII y los efectores privados.
Art.3º. La misma estará conformada de la siguiente manera:
" Un representante del Departamento Ejecutivo Municipal del área de la Subsecretaría de Salud.
" La Comisión de Salud del Concejo Municipal.
" Un representante por la Dirección del Hospital S.AM.Co. "Dr. Alejandro Gutiérrez".
" Un representante de Zona de Salud VII.
" Un representante del Círculo Médico del Departamento General López.
" Un representante gremial de los médicos de la ciudad de Venado Tuerto.
" Un representante del Colegio de Médicos de la 2ª Circunscripción de la Provincia de Santa Fe.
" Esta Comisión estará abierta a la incorporación de representantes de la salud pública y/o privada.
Art.4º. La Junta de Políticas Sanitarias de la ciudad de Venado Tuerto se reunirá periódicamente una vez por mes y será presidida por el Presidente de la Comisión de Salud, Acción Social y Medio Ambiente dependiente del Concejo Municipal de Venado Tuerto. Las decisiones o conclusiones a las que arribe serán tomadas por consenso y significarán una opinión no vinculante para el Concejo Municipal de esta ciudad.
Art.5º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil siete.
La necesidad de crear políticas sanitarias comunes en toda la ciudad de Venado Tuerto; y,
Considerando:
Que es responsabilidad del estado garantizar la salud a toda la ciudadanía, máxime en el caso de Venado Tuerto donde ha cambiado el mapa político sanitario y además es el centro de derivaciones de pacientes de una amplia región que, incluso, excede los límites de la provincia de Santa Fe.
Que la medicina actual necesita de más recursos en equipamiento, medicamentos y material humano, sobre todo ante la presencia o la aparición de nuevas enfermedades que tienen que ver con los cambios a nivel del medio ambiente.
Que esta ciudad debe estar preparada ante cualquier eventualidad que requiera la implementación en pleno de todo su potencial sanitario.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º. Créase la Junta de Políticas Sanitarias de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.2º. Será objeto y función de esta junta la interacción y coordinación de los distintos agentes y centros de salud de la ciudad a fin de plantear conjuntamente ejes estratégicos de trabajo para mejorar y optimizar el servicio de salud pública y privada, reorientando los recursos existentes para su mejor aprovechamiento y fortaleciendo un espacio de concertación del Municipio con la Zona de Salud VII y los efectores privados.
Art.3º. La misma estará conformada de la siguiente manera:
" Un representante del Departamento Ejecutivo Municipal del área de la Subsecretaría de Salud.
" La Comisión de Salud del Concejo Municipal.
" Un representante por la Dirección del Hospital S.AM.Co. "Dr. Alejandro Gutiérrez".
" Un representante de Zona de Salud VII.
" Un representante del Círculo Médico del Departamento General López.
" Un representante gremial de los médicos de la ciudad de Venado Tuerto.
" Un representante del Colegio de Médicos de la 2ª Circunscripción de la Provincia de Santa Fe.
" Esta Comisión estará abierta a la incorporación de representantes de la salud pública y/o privada.
Art.4º. La Junta de Políticas Sanitarias de la ciudad de Venado Tuerto se reunirá periódicamente una vez por mes y será presidida por el Presidente de la Comisión de Salud, Acción Social y Medio Ambiente dependiente del Concejo Municipal de Venado Tuerto. Las decisiones o conclusiones a las que arribe serán tomadas por consenso y significarán una opinión no vinculante para el Concejo Municipal de esta ciudad.
Art.5º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil siete.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 3976-C-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO