Ordenanza
Starter Section
Visto:
La Ordenanza Nº 3346/2006 de Vecinales de la ciudad; y,
Considerando:
Que existe la necesidad de readecuar la elección del padrón para el desarrollo de las elecciones barriales previstas para este año.
Que resulta necesario abocarse a una metodología que permita la participación de más vecinos.
Que corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los señores Concejales Miguel Angel Pedrola, Gustavo Guillermo Giner, Norma Beatriz Orlanda, María Bibiana Pieli, Roberto Antonio Meier y Patricia Alejandra Romero; y por la negativa por los señores Concejales Fabián Marcelo Vernetti y Oscar Alberto Pieroni.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Prorróguese por el término de treinta (30) días la fecha para la elección de las Comisiones Vecinales.
Art.2º.- Dispóngase que a los fines de la realización de las elecciones mencionadas en el art. 1 de la presente norma se utilizarán por única vez los padrones barriales que al efecto sean elaborados por los vecinos interesados.
Art.3º.- Adécuense los plazos correspondientes previstos por la Ordenanza Nº 3346 según el cronograma respectivo.
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil ocho.
La Ordenanza Nº 3346/2006 de Vecinales de la ciudad; y,
Considerando:
Que existe la necesidad de readecuar la elección del padrón para el desarrollo de las elecciones barriales previstas para este año.
Que resulta necesario abocarse a una metodología que permita la participación de más vecinos.
Que corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los señores Concejales Miguel Angel Pedrola, Gustavo Guillermo Giner, Norma Beatriz Orlanda, María Bibiana Pieli, Roberto Antonio Meier y Patricia Alejandra Romero; y por la negativa por los señores Concejales Fabián Marcelo Vernetti y Oscar Alberto Pieroni.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Prorróguese por el término de treinta (30) días la fecha para la elección de las Comisiones Vecinales.
Art.2º.- Dispóngase que a los fines de la realización de las elecciones mencionadas en el art. 1 de la presente norma se utilizarán por única vez los padrones barriales que al efecto sean elaborados por los vecinos interesados.
Art.3º.- Adécuense los plazos correspondientes previstos por la Ordenanza Nº 3346 según el cronograma respectivo.
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil ocho.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 2594-V-98
- Derogada: NO
- Vetada: NO