Ordenanza

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Ordenanza Nº 3621/08 - AUTORIZA AL MUNICIPIO A ALQUILAR EQUIPO COMPACTADOR

Visto:
Los deterioros que sufre la pala topadora Komatsu D65 empleada diariamente en las tareas que se desarrollan en el predio del basural de la ciudad, que requieren su inmediata reparación y no permiten disponer temporariamente de ella; y,

Considerando:
Que mientras ese equipo se encuentra en arreglo, es necesario reemplazarlo por otro similar para que los trabajos llevados adelante no pierdan continuidad.
Que no proceder con continuidad el tratamiento de los residuos permanentes conlleva a los inconvenientes que se producen por los incendios que afectan a distintos sectores de la ciudad y la óptima viabilidad de la Ruta Nacional Nº 8.
Que se debe realizar la correcta manipulación y compactación de los mismos, como así también esparcir y compactar la cubierta diaria y final.
Que con la realización de estas tareas se reduce el asentamiento de basura, el lavado de residuos o exceso de cobertura, evitándose mayor trabajo de maquinarias, la percolación de fluidos y migración de metano, también se evita la volatibilidad de de basura a causa y por acción del viento, se combaten las plagas y además se suministra una superficie sólida para los desplazamientos de los camiones y maquinarias que operan en el lugar.
Que a los fines de realizar las necesarias tareas de compactación citada, se requiere un equipo específico articulado, máquina ésta que el municipio local no posee.
Que se ha solicitado a la firma comercial Track Mar S.A.C.I. Máquinas y Repuestos Viales, con domicilio en Ruta Panamericana Km. 33,5 esquina Seraver 5459 de la localidad de Grand Bourg, provincia de Buenos Aires, un presupuesto para el alquiler con opción a compra de un equipo compactador articulado marca Bomag modelo K 301, cuya copia se adjunta en el expediente administrativo de referencia, en el que la empresa ha cotizado la alternativa de alquiler con opción a compra.
Que esa alternativa aparece muy beneficiosa para los intereses municipales, tanto para los económicos como para preservar la continuidad de la prestación del servicio de saneamiento del predio del basural, de ineludible cumplimiento por parte de la administración, aunque debe establecerse que la opción de compra sólo se ejercerá previa aprobación por parte de este Concejo Municipal en votación con mayoría especial de los Ediles que lo integran.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sancionada la presente

ORDENANZA

Art. 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a alquilar un (1) equipo compactador articulado marca Bomag modelo K 301, equipado con motor GM 6 cilindros V, potencia 140 hp con cabina y hoja topadora, a la firma Track Mar S.A.C.I., con domicilio en Ruta Panamericana Km. 33,5 esquina Seraver 5459 de la localidad de Grand Bourg, provincia de Buenos Aires, por el periodo de noventa (90) días, con tres (3) pagos mensuales de Dólares Estadounidenses CUATRO MIL (u$s 4.000,00) cada uno, abonándose la facturación en pesos tomando la cotización del día anterior del dólar tipo vendedor del Banco Central de la República Argentina, cuyo primer vencimiento operará el día de la entrega de la m´quina mencionada.

Art. 2º.- Dispóngase que para el supuesto de que la Secretaría de Espacios Públicos y Medio Ambiente crea conveniente la utilización del mencionado equipo y que el mismo sea adecuado para los trabajos en el actual basural y en el futuro proyecto de la planta de residuos a implementar en la ciudad, se autoriza a ejercer la opción de compra del equipo mencionado por un monto total de Dólares Estadounidenses TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS (u$s 36.500,00) I.V.A. incluido, abonándose la facturación en pesos tomando la cotización del día anterior del dólar tipo vendedor del Banco Central de la República Argentina, pagaderos en diez (10) cuotas mensuales y consecutivas, tomándose el pago de las cuotas del alquiler como parte de la misma, es decir, tres (3) cuotas de u$s 4.000,00 y siete (7) cuotas de u$s 3.500,00, abonándose la facturación en pesos tomando la cotización del día anterior del dólar tipo vendedor del Banco Central de la República Argentina; todo ello estableciéndose que la opción de compra sólo se ejercerá previa aprobación por parte de este Concejo Municipal en votación con mayoría especial de los Ediles que lo integran.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los trece días del mes de agosto del año dos mil ocho.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 144-I-85 Mensaje Nº 030-OP-20

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA