Ordenanza
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Visto:
La aplicación de los términos de las Ordenanzas Nº 3301/2005 y Nº 3594/2008 en materia de regulación del estacionamiento vehicular en la zona de doble sentido de circulación de calle Rivadavia de esta ciudad; y,
Considerando:
Que dicha puesta en vigencia de los términos normativos previstos por las Ordenanzas citadas ha generado en especial en la ciudadanía residente en la zona geográfica antes citada opiniones controvertidas respecto de las bondades o no de los fines previstos por dichos preceptos.
Que en función de ello, este Cuerpo Legislativo considera oportuno avanzar aún más en las consultas a los sectores involucrados e interesados en la cuestión referida como modo de encontrar una solución definitiva a la problemática específicamente planteada que sea coherente con el marco general de regulación del tránsito vehicular en la ciudad y la planificación urbana en general.
Que en mérito a lo expuesto, es menester suspender la operatividad de las normas señaladas por un periodo de tiempo prudencial, manteniendo en el mismo el permiso de estacionamiento sobre el lateral sur-este de la calzada de calle Rivadavia en el tramo comprendido entre calles Runciman y Juan B. Justo.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Suspéndase por el término de sesenta (60) días corridos a contar desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza las previsiones del art. 3 de la Ordenanza Nº 2912/2002, así como lo previsto por las Ordenanzas Nº 3301/2005 y Nº 3594/2008.
Art. 2º.- Dése apertura por Secretaría de este Cuerpo Legislativo de un expediente administrativo en el que se insertarán para su estudio y tratamiento los diferentes proyectos que tanto los Ediles integrantes del mismo como la ciudadanía local en general pudieran aportar para abordar la problemática planteada.
Art. 3º.- Invítese al Centro Comercial e Industrial de la ciudad de Venado Tuerto y a la Comisión de Trabajo integrada para el tratamiento del Código Urbano, para que en conjunto con este Órgano Deliberante y el Departamento Ejecutivo Municipal den estudio y tratamiento a los proyectos existentes y que se presenten al efecto en el marco del art. 2 de esta Ordenanza.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil nueve.
La aplicación de los términos de las Ordenanzas Nº 3301/2005 y Nº 3594/2008 en materia de regulación del estacionamiento vehicular en la zona de doble sentido de circulación de calle Rivadavia de esta ciudad; y,
Considerando:
Que dicha puesta en vigencia de los términos normativos previstos por las Ordenanzas citadas ha generado en especial en la ciudadanía residente en la zona geográfica antes citada opiniones controvertidas respecto de las bondades o no de los fines previstos por dichos preceptos.
Que en función de ello, este Cuerpo Legislativo considera oportuno avanzar aún más en las consultas a los sectores involucrados e interesados en la cuestión referida como modo de encontrar una solución definitiva a la problemática específicamente planteada que sea coherente con el marco general de regulación del tránsito vehicular en la ciudad y la planificación urbana en general.
Que en mérito a lo expuesto, es menester suspender la operatividad de las normas señaladas por un periodo de tiempo prudencial, manteniendo en el mismo el permiso de estacionamiento sobre el lateral sur-este de la calzada de calle Rivadavia en el tramo comprendido entre calles Runciman y Juan B. Justo.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Suspéndase por el término de sesenta (60) días corridos a contar desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza las previsiones del art. 3 de la Ordenanza Nº 2912/2002, así como lo previsto por las Ordenanzas Nº 3301/2005 y Nº 3594/2008.
Art. 2º.- Dése apertura por Secretaría de este Cuerpo Legislativo de un expediente administrativo en el que se insertarán para su estudio y tratamiento los diferentes proyectos que tanto los Ediles integrantes del mismo como la ciudadanía local en general pudieran aportar para abordar la problemática planteada.
Art. 3º.- Invítese al Centro Comercial e Industrial de la ciudad de Venado Tuerto y a la Comisión de Trabajo integrada para el tratamiento del Código Urbano, para que en conjunto con este Órgano Deliberante y el Departamento Ejecutivo Municipal den estudio y tratamiento a los proyectos existentes y que se presenten al efecto en el marco del art. 2 de esta Ordenanza.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil nueve.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 914-I-93 Expediente Nº 124-C-9
- Derogada: NO
- Vetada: NO