Ordenanza
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Ordenanza Nº 3702/09 - Modifica la Ord. 3674-08 Obras de Pavimentación.
Visto:
La Ordenanza Nº 3674/08 sancionada por el Concejo Municipal de Venado Tuerto en fecha diez de diciembre próximo pasado; y,
Considerando:
Que la norma citada se refiere a obras de pavimentación a ejecutar por el Municipio, estableciendo, entre otras disposiciones, en su art. 3 facilidades de pago para aquellos contribuyentes que serán beneficiados con ellas, autorizándose, asimismo, al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir la deuda en concepto de contribución de mejoras antes de la realización de las mismas.
Que se advierte que se ha incurrido en limitaciones, y que existen mayores posibilidades que implican flexibilización en las diversas modalidades de pago, tratando de que cada contribuyente pueda acceder a aquella que se adecua a sus posibilidades.
Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Modifícase el artículo 3 de la Ordenanza Nº 3674/08, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la emisión de deudas en concepto de contribución de mejoras antes de ejecutar las obras de pavimentación, ya fuere que se realice por administración o por contratación de terceros. Para estos supuestos, el contribuyente podrá optar por los siguientes planes de pago:
a- Anticipado al contado: Para el que se establece un descuento del 20% (veinte por ciento). El plazo de vencimiento es la fecha de culminación de la obra, que será establecida por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Venado Tuerto.
b- Anticipado en cuotas: 1- en tres (3) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un descuento del 10% (diez por ciento), o bien 2- en cinco (5) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un descuento del 5% (cinco por ciento). En ambos supuestos podrá hasta la fecha de culminación de la obra celebrar el correspondiente convenio de pago.”.
Art.2º.- Incorpórese al cuerpo de la ordenanza citada como artículo 3 bis el siguiente texto: “Si el contribuyente opta por el pago al contado después de finalizada la obra, gozará de un descuento del 15% (quince por ciento), debiendo formalizarlo en el plazo máximo de 60 (sesenta) días, a contar desde la fecha de culminación de la misma. Vencido dicho término, no gozará de descuento alguno”.
Art. 3º.- Modifícase el art. 4º de la citada ordenanza, que quedará redactado de la siguiente manera: “Para los lotes de esquina cuyo frente a pavimentar sea igual o superior a 15,00 (quince) metros, se establece un descuento del 10% (diez por ciento) y una financiación de hasta 84 (ochenta y cuatro) cuotas sobre la obra a ejecutar. Esta disposición no operará retroactivamente”.
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de abril del año dos mil nueve.
La Ordenanza Nº 3674/08 sancionada por el Concejo Municipal de Venado Tuerto en fecha diez de diciembre próximo pasado; y,
Considerando:
Que la norma citada se refiere a obras de pavimentación a ejecutar por el Municipio, estableciendo, entre otras disposiciones, en su art. 3 facilidades de pago para aquellos contribuyentes que serán beneficiados con ellas, autorizándose, asimismo, al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir la deuda en concepto de contribución de mejoras antes de la realización de las mismas.
Que se advierte que se ha incurrido en limitaciones, y que existen mayores posibilidades que implican flexibilización en las diversas modalidades de pago, tratando de que cada contribuyente pueda acceder a aquella que se adecua a sus posibilidades.
Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Modifícase el artículo 3 de la Ordenanza Nº 3674/08, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la emisión de deudas en concepto de contribución de mejoras antes de ejecutar las obras de pavimentación, ya fuere que se realice por administración o por contratación de terceros. Para estos supuestos, el contribuyente podrá optar por los siguientes planes de pago:
a- Anticipado al contado: Para el que se establece un descuento del 20% (veinte por ciento). El plazo de vencimiento es la fecha de culminación de la obra, que será establecida por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Venado Tuerto.
b- Anticipado en cuotas: 1- en tres (3) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un descuento del 10% (diez por ciento), o bien 2- en cinco (5) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un descuento del 5% (cinco por ciento). En ambos supuestos podrá hasta la fecha de culminación de la obra celebrar el correspondiente convenio de pago.”.
Art.2º.- Incorpórese al cuerpo de la ordenanza citada como artículo 3 bis el siguiente texto: “Si el contribuyente opta por el pago al contado después de finalizada la obra, gozará de un descuento del 15% (quince por ciento), debiendo formalizarlo en el plazo máximo de 60 (sesenta) días, a contar desde la fecha de culminación de la misma. Vencido dicho término, no gozará de descuento alguno”.
Art. 3º.- Modifícase el art. 4º de la citada ordenanza, que quedará redactado de la siguiente manera: “Para los lotes de esquina cuyo frente a pavimentar sea igual o superior a 15,00 (quince) metros, se establece un descuento del 10% (diez por ciento) y una financiación de hasta 84 (ochenta y cuatro) cuotas sobre la obra a ejecutar. Esta disposición no operará retroactivamente”.
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de abril del año dos mil nueve.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 4162-I-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO