Ordenanza
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Ordenanza Nº 3741/09 - Incorpora los artículos 4º bis y 8º bis a la Ord. 3174/04
Visto:
La Ordenanza Nº 3174 creadora del “Programa Municipal de Protección y Difusión de Documentos de Valor Patrimonial”, y
Considerando:
Que dicha Ordenanza tiene como objetivos la protección de los documentos de valor patrimonial así como educar y concienciar a los ciudadanos sobre el valor del patrimonio cultural, a través de la difusión de su existencia.
Que esos documentos deben estar al servicio de la comunidad social y científica.
Que tal y como define la UNESCO “...cada cultura representa un conjunto de valores únicos e irremplazables...La identidad cultural es una riqueza que dinamiza la realización del presente, nutriéndose del pasado y preparando el futuro...”.
Que la globalización es un fenómeno económico y cultural del cual nos es difícil escapar, pero al que no debemos adherir de modo acrítico. Desde polos de decisiones radicados fuera de nuestro ámbito inmediato se desea imponernos una determinada forma de ver las cosas, una cosmovisión que contiene elementos que vienen a erosionar el fundamento mismo de nuestras sociedades .Tal ocurre en el campo de las identidades forjadas a través de la omnipresente y a la vez frágil memoria colectiva que debe funcionar, al decir de García Canclini, como un modo de resistencia, quizá el único válido, a las imposiciones de esos centros neurálgicos de poder financiero, científico y cultural que determinan, en buena medida, lo que debe ser la globalización a los comienzos del siglo XXI.
Que es en ese sentido que la labor de museos, archivos y centros de investigación y documentación regionales se propone como una salida útil y posible a los intentos de avance de ciertas concepciones que se filtran a través de los distintos medios de comunicación ya globalizados.
Que la misión del rescate, ordenamiento y difusión de ese material debe ser la de inculcar el valor que poseen las fuentes en la divulgación del conocimiento del pasado, comprensión de los procesos históricos y la construcción de la identidad colectiva.
Que la revalorización del espacio y del pasado locales debe ser el eje central de la cohesión y el desarrollo económico y social de nuestra comunidad. En una palabra: integrarnos a la globalidad no como sociedades indefensas y receptoras pasivas de sus pautas, sino como exponentes con una conciencia cabal de quiénes somos; y así, adaptar desde nuestra realidad aquello que nos viene de afuera.
Que para cumplir con los fines y objetivos emanados de dicha Ordenanza se debe contemplar la digitalización de los documentos de manera que se perpetúe la existencia de los mismos más allá del deterioro natural ocasionado por el paso del tiempo.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:
ORDENANZA
Art. 1º.- Modifíquese la Ordenanza Nº 3174 incorporando el art. 4 bis el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 4º bis.- Se deberá utilizar la digitalización como forma de resguardo de los documentos u otra tecnología que sirva a dicho fin”.
Art. 2º.- Modifíquese la Ordenanza Nº 3174 incorporando el art. 8 bis el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 8º bis.- El Archivo Histórico Municipal deberá elaborar un catálogo del fondo documental con que cuenta y repartirlo en todas las instituciones educativas de todos los niveles. También deberá elaborar y publicar contenidos del fondo documental a través de una gacetilla de difusión anual”.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los doce días del mes de agosto del año dos mil nueve.
La Ordenanza Nº 3174 creadora del “Programa Municipal de Protección y Difusión de Documentos de Valor Patrimonial”, y
Considerando:
Que dicha Ordenanza tiene como objetivos la protección de los documentos de valor patrimonial así como educar y concienciar a los ciudadanos sobre el valor del patrimonio cultural, a través de la difusión de su existencia.
Que esos documentos deben estar al servicio de la comunidad social y científica.
Que tal y como define la UNESCO “...cada cultura representa un conjunto de valores únicos e irremplazables...La identidad cultural es una riqueza que dinamiza la realización del presente, nutriéndose del pasado y preparando el futuro...”.
Que la globalización es un fenómeno económico y cultural del cual nos es difícil escapar, pero al que no debemos adherir de modo acrítico. Desde polos de decisiones radicados fuera de nuestro ámbito inmediato se desea imponernos una determinada forma de ver las cosas, una cosmovisión que contiene elementos que vienen a erosionar el fundamento mismo de nuestras sociedades .Tal ocurre en el campo de las identidades forjadas a través de la omnipresente y a la vez frágil memoria colectiva que debe funcionar, al decir de García Canclini, como un modo de resistencia, quizá el único válido, a las imposiciones de esos centros neurálgicos de poder financiero, científico y cultural que determinan, en buena medida, lo que debe ser la globalización a los comienzos del siglo XXI.
Que es en ese sentido que la labor de museos, archivos y centros de investigación y documentación regionales se propone como una salida útil y posible a los intentos de avance de ciertas concepciones que se filtran a través de los distintos medios de comunicación ya globalizados.
Que la misión del rescate, ordenamiento y difusión de ese material debe ser la de inculcar el valor que poseen las fuentes en la divulgación del conocimiento del pasado, comprensión de los procesos históricos y la construcción de la identidad colectiva.
Que la revalorización del espacio y del pasado locales debe ser el eje central de la cohesión y el desarrollo económico y social de nuestra comunidad. En una palabra: integrarnos a la globalidad no como sociedades indefensas y receptoras pasivas de sus pautas, sino como exponentes con una conciencia cabal de quiénes somos; y así, adaptar desde nuestra realidad aquello que nos viene de afuera.
Que para cumplir con los fines y objetivos emanados de dicha Ordenanza se debe contemplar la digitalización de los documentos de manera que se perpetúe la existencia de los mismos más allá del deterioro natural ocasionado por el paso del tiempo.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente:
ORDENANZA
Art. 1º.- Modifíquese la Ordenanza Nº 3174 incorporando el art. 4 bis el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 4º bis.- Se deberá utilizar la digitalización como forma de resguardo de los documentos u otra tecnología que sirva a dicho fin”.
Art. 2º.- Modifíquese la Ordenanza Nº 3174 incorporando el art. 8 bis el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Art. 8º bis.- El Archivo Histórico Municipal deberá elaborar un catálogo del fondo documental con que cuenta y repartirlo en todas las instituciones educativas de todos los niveles. También deberá elaborar y publicar contenidos del fondo documental a través de una gacetilla de difusión anual”.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los doce días del mes de agosto del año dos mil nueve.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 4143-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO