Ordenanza

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Visto:
El convenio de permuta firmado por el señor Intendente Municipal, Ps. José Luis Freyre, el Secretario Interino de Obras Públicas y Planeamiento, Ing. Daniel Dabove, y los señores Oscar Villalba y María Elena Lezcano; y,

Considerando:
Que el matrimonio Villalba-Lezcano, por medio de un contrato de comodato suscripto el 21/12/1990 y conforme con la prescripciones del Decreto Nº 148/90, recibieron de parte de esta Municipalidad el lote Lote Nº 18 de la Manzana H1 de la Chacra 63, Reserva 77C18, según croquis de subdivisión de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento, compuesto de 10,00 metros de frente sobre calle Di Martino por 25,00 metros de fondo, contando su ubicación a los 29,55 metros de la esquina norte de la manzana formada por las calles Di Martino y Ayacucho.
Que los adjudicatarios construyeron en dicho terreno, por cuenta propia, una edificación de aproximadamente 96,00 m2.
Que por problemas de índole personal han solicitado a esta Municipalidad poder canjear dicho lote con todo lo clavado y plantado por lo siguiente: a) Un lote identificado como la Reserva Municipal Nº 236B, ubicado en la Chacra 59, Manzana 2, lote 8, según plano oficial y de acuerdo al Plano de Mensura y Subdivisión Nº 27330/61, confeccionado por el Ing. Antonio Hure; está situado a los 40.00 metros de la esquina Norte de la Manzana, formado por las calles A. Eterovich y San Lorenzo y mide 10,0 (diez) metros de frente sobre calle A. Eterovich por 50.00 (cincuenta) metros de fondo, propiedad de la Municipalidad de Venado Tuerto; b) La construcción de una propiedad de 43,00 m2 en el lote mencionado en el párrafo anterior, según croquis de Plano de Edificación adjunto al expediente administrativo referido como Anexo I.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal no tiene inconvenientes en realizar dichas compensaciones, habida cuenta del mayor valor de la construcción a recibirse.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1º.- Ratifíquese el convenio suscripto entre la Municipalidad de Venado Tuerto y los señores Oscar Villalba (DNI Nº 6.126.994) y María Elena Lezcano (DNI Nº 4.603.338) en fecha 10/07/2008, el cual pasará a formar parte integrante en todas y cada una de sus cláusulas como Anexo I de la presente Ordenanza.

Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil nueve.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 4451-I-08

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA