Ordenanza
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Ordenanza Nº 3777/09 - Dispone la aplicación progresiva del sistema de Presupuesto Participativo
FUNDAMENTOS:
Es necesario generar mecanismos de participación ciudadana también en cuestiones presupuestarias, reforzando la relación entre el Estado y la sociedad civil, poniendo al alcance de la ciudadanía las herramientas que pueden hacer del debate acerca del Presupuesto un verdadero instrumento para su participación.
Si bien los procesos presupuestarios suelen ser cerrados a la participación amplia y complejos desde lo técnico, es posible generar formas en las cuales la ciudadanía pueda influir en el proceso, de manera de:
poder ejercer un control que mejore la rendición de cuentas a la comunidad.
influir en la distribución de los recursos en la sociedad a través de una mejor y más eficiente asignación del gasto público, definiendo las prioridades, en busca del desarrollo.
Desde el Presupuesto Participativo es la población la que puede controlar mejor qué se hace con el dinero público.
Las experiencias comparadas sobre la puesta en práctica de Presupuestos Participativos, nos muestran como su aplicación ha estimulado la participación ciudadana y elevado la calidad de la representación.
Es esta una herramienta que amplia la democracia representativa, avanzando hacia una democracia participativa y construyendo un nuevo tipo de ciudadanía, más activa y responsable, ampliando la participación en las decisiones políticas del Estado.
Esta herramienta congregó a las ciudades que la poseen como tal, manifestando en la creación de la Red Argentina de Presupuestos Participativos fundamentos tales como los que se transcriben:
El presupuesto participativo es un espacio deliberativo en asambleas distritales en todo el territorio del municipio, creado con el objetivo de que los ciudadanos y las ciudadanas discutan y decidan lo que el gobierno municipal debe realizar en cada distrito, basándose en sus demandas y preocupaciones.
Entre otras cosas, implica ir reemplazando una lógica burocrática por una lógica democrática; de esta manera es un medio idóneo para agilizar la máquina administrativa y hacerla más competente; aumenta el nivel de satisfacción por las obras realizadas y disminuye la demanda de otras, al mismo tiempo que mejora la calidad de vida de las personas en los lugares donde son ejecutadas.
Bajo esta lógica los habitantes del municipio están en inmejorables condiciones -por cercanía, por implicación, por inmediatez- para discutir acerca de su propia cotidianeidad y lograr una síntesis de sus necesidades y expectativas y las vías de acción para satisfacerlas.
El proceso de presupuesto participativo, implica necesariamente un proceso de transformación social relacionado con una redefinición de las lógicas sociales acerca de las prácticas de participación ciudadana y sobre la incidencia en los asuntos que atañen al contexto más inmediato de cada habitante de la ciudad.
Y ello supone algo más que un gobierno legitimado por sufragio universal, es más bien un proyecto de ciudadanía, con pueblo y gobierno protagonizando un proceso de democratización de todas las relaciones sociales, políticas y económicas.
Por otro lado, mejora la comunicación entre la administración y los ciudadanos, pues permite un acercamiento entre los ciudadanos y sus representantes; es una herramienta que refuerza la credibilidad política, apostando a una mayor transparencia de las acciones que se emprenden y a la eficacia en la gestión municipal. Así lo demuestra el ejemplo del municipio de Porto Alegre, luego de varios años de llevar adelante esta práctica, la recaudación de impuestos municipales ha aumentado considerablemente.
La participación ciudadana constituye un componente fundamental en la vitalidad y legitimidad del ordenamiento democrático, como también en el afianzamiento de la gobernabilidad. Aquella supone una presencia activa del ciudadano en los asuntos públicos, lo que exige de los gobernantes una mayor apertura al tratamiento de los temas que antes eran abordados entre partidos o actores estrictamente del área política.
En este sentido, la ampliación de los beneficios mencionados responde a un proyecto político, técnico y participativo, que apunta al desarrollo no sólo distrital, sino también provincial y nacional. Por lo que es importante que se promuevan la articulación de los recursos, programas y proyectos de los diferentes niveles de gestión para vincular lo local con lo nacional. El presupuesto participativo trata de buscar la convergencia de recursos para obras de impacto más amplio y de beneficio colectivo, pero, como se expresó, sus logros son también intangibles, pues fortalece el tejido social, la autoestima de los participantes y contribuye a propiciar el interés de la ciudadanía en los asuntos que tienen que ver con su desarrollo.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Establézcase para la Municipalidad de la Ciudad de Venado Tuerto, la aplicación progresiva del sistema de Presupuesto Participativo.
El mismo tiene como objetivos:
Lograr que los vecinos se sientan comprometidos con los destinos de la ciudad.
Aportar un instrumento de control y planificación de la administración municipal.
Motivar la participación ciudadana en las tareas de gobierno de la ciudad.
Consolidar un espacio institucional de participación.
Mejorar la disposición para cumplir con las normas tributarias.
El Departamento Ejecutivo Municipal conformará un Equipo de Coordinación, el cual se encargará de organizar el proceso de Presupuesto Participativo, en cuanto a la realización de asambleas, difusión, asesoramiento en la elaboración de los proyectos, entre otras tareas
El Departamento Ejecutivo Municipal dará amplia difusión radial, televisiva y en medios gráficos sobre las asambleas y el foro de la ciudad. El cronograma de encuentros deberá distribuirse también con los impuestos y tasas municipales.
Art.2º.- A través del Presupuesto Participativo la población de la ciudad, durante el desarrollo de las jornadas luego detalladas, debatirá acerca de las prioridades presupuestarias por áreas temáticas, aconsejando y/o decidiendo sobre el destino de un porcentaje del presupuesto municipal.
Art.3º.- La asignación presupuestaria prevista para las partidas del proyecto presupuestario alcanzado por las normas del Presupuesto Participativo, deberán ser igual o mayor a la correspondiente al año inmediato anterior (en el año 2010, superior al año 2009) afectado por el coeficiente del aumento de presupuesto global de Ingresos y Egresos del Municipio.
Podrán eventualmente de un año a otro cambiarse las partidas afectadas pero respetando los montos involucrados según el párrafo precedente.
Art.4º.- Las partidas comprendidas para el inicio del sistema de presupuesto participativo serán: Construcción de veredas, Señalización de calles, Desagües menores, reconstrucción pavimento urbano, plazas, parques, paseos y forestación pública (en un 30% de la misma), remodelación parque municipal, diseño y realización nuevos espacios verdes.
Art.5º.- Progresiva y paulatinamente se incorporarán año a año al mecanismo las partidas para erogaciones en trabajos públicos, redes de gas, pavimento urbano y cordón cuneta.
Art.6º.- A efectos de la distribución territorial de la representación, se divide a la ciudad de Venado Tuerto en 5 zonas integradas como sigue:
6.1. Zona 1: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Tiro Federal, San Martín, Iturbide y Alejandro Gutiérrez.
6.2. Zona 2: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Centro I, II y III, Belgrano, Rivadavia y Pcias. Unidas.
6.3. Zona 3: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Guemes, San Cayetano y Fonavi-Ciudad Nueva.
6.4. Zona 4: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Norte, Malvinas Argentinas, San José Obrero, San Vicente y Juan XXIII.
6.5. Zona 5: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Villa Casey, El Cruce y Santa Rosa.
Art.7º.- La asignación por distrito se efectuará por cada área temática involucrada de la siguiente manera:
El 50 % se distribuirá un 22 % del monto asignado para cada una de las zonas excepto la zona 2 a la que le corresponderá el 12 %.
El 50 % restante de acuerdo a la decisión del Consejo del Presupuesto participativo aprobado por no menos del 50 % de los miembros.
Art.8º.- El proceso se desarrollará conforme a la siguiente cronología:
8.1. En el mes de marzo de cada año, se reunirán las Asambleas zonales a conformarse con la presencia de vecinos interesados en general e instituciones radicadas en el sector, las que serán especialmente invitadas a participar y enviar, al menos, representantes. Se hará público un informe de ejecución del presupuesto municipal en curso, como así también los recursos estimados para la elaboración del anteproyecto del presupuesto participativo en discusión, garantizando las posibilidades de control y crítica y asegurando la transparencia necesaria para que el proceso pueda desarrollarse. El Departamento Ejecutivo Municipal expondrá los programas ejecutados el año anterior y los que están en vías de ejecución.
8.2. En el mes de abril, las asambleas zonales analizarán las necesidades y se establecerán prioridades para aquellas que se consideran más urgentes. El DEM pondrá a disposición de las asambleas toda la información técnica disponible.
En esta fase se eligen dos delegados por zona (que pueden ser revocados en cualquier momento por el órgano que los eligió) que constituirán el Consejo del Presupuesto Participativo. Los mismos solo tendrán como condición ser mayores de 18 años y vivir en la zona que representará (justificado a través de la presentación de su D.N.I. el domicilio que deberá pertenecer a la zona en la que el ciudadano quiere representar), debiendo ser electos por mayoría de la asamblea zonal.
Para facilitar la elección de los proyectos a priorizar, se elaborará un folleto con tres columnas:
la primera enumerando cada una de las necesidades, problemas, ideas y/o proyectos enunciadas por los vecinos en la primera asamblea;
la segunda asignándole a cada uno de los proyectos el monto correspondiente determinado por el Departamento Ejecutivo Municipal y/o si correspondiere (según el proyecto) un breve detalle informando sobre la normativa vigente en relación a ese tema;
la tercera columna deberá ser llenada por cada ciudadano otorgándole a cada proyecto un puntaje en una escala descendente de cinco (5) a uno (1).
Cada ciudadano sólo puede elegir cinco proyectos y deberá calificarlos. El puntaje más alto es de cinco (5) puntos para aquel proyecto que le parezca más importante o prioritario; luego asignará con cuatro (4) puntos al que a su criterio sea el que le sigue en orden de importancia, hasta llegar a elegir el quinto proyecto asignándole un (1) punto.
De acuerdo al puntaje que sumó cada proyecto (contabilizando todos los folletos de los ciudadanos presentes en la asamblea), se realiza el listado de prioridades: el de mayor puntaje es el primer proyecto seleccionado y luego se conforma el listado con los proyectos que le siguen en orden descendente de puntos.
8.3 En el mes de mayo, el Consejo del Presupuesto Participativo discute las directrices presupuestarias y en base al trabajo realizado en Asambleas zonales se establecen las prioridades. Participarán además del debate un representante del Sindicato de Empleados Municipales, uno de la Comisión Intervecinal, el Secretario Coordinador de Gabinete, el Secretario de Obras Públicas y dos concejales (uno por la mayoría y uno por la minoría).
8.4 Los delegados zonales deberán efectuar consultas con las Asambleas que produjeron sus nombramientos.
8.5 En Agosto y previo haberse reunido con el Consejo del Presupuesto Participativo, el Poder Ejecutivo elabora la propuesta de presupuesto que se remite al Concejo Municipal.
El control posterior de la ejecución de los proyectos aprobados y el control presupuestario de los mismos, se encontrará a cargo de este Consejo del Presupuesto Participativo
Art.9° Las decisiones adoptadas en mérito a la metodología descripta para el presupuesto participativo serán de ejecución obligatoria para el municipio, sobre el resto de las partidas presupuestarias podrá formular opinión sobre la que se tomará conocimiento.
El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Finanzas, efectuará la transferencia de los créditos presupuestarios de partidas afectadas al Presupuesto Participativo que no se hubieran ejecutado en un ejercicio fiscal, al ejercicio inmediato siguiente, sin que ello se interprete como incremento automático al crédito anual asignado al ejercicio al que son transferidos.
Asimismo, dicha Secretaria deberá dar a publicidad de los vecinos el movimiento que posea el expediente de los proyectos aprobados.
Art.10º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve.
Es necesario generar mecanismos de participación ciudadana también en cuestiones presupuestarias, reforzando la relación entre el Estado y la sociedad civil, poniendo al alcance de la ciudadanía las herramientas que pueden hacer del debate acerca del Presupuesto un verdadero instrumento para su participación.
Si bien los procesos presupuestarios suelen ser cerrados a la participación amplia y complejos desde lo técnico, es posible generar formas en las cuales la ciudadanía pueda influir en el proceso, de manera de:
poder ejercer un control que mejore la rendición de cuentas a la comunidad.
influir en la distribución de los recursos en la sociedad a través de una mejor y más eficiente asignación del gasto público, definiendo las prioridades, en busca del desarrollo.
Desde el Presupuesto Participativo es la población la que puede controlar mejor qué se hace con el dinero público.
Las experiencias comparadas sobre la puesta en práctica de Presupuestos Participativos, nos muestran como su aplicación ha estimulado la participación ciudadana y elevado la calidad de la representación.
Es esta una herramienta que amplia la democracia representativa, avanzando hacia una democracia participativa y construyendo un nuevo tipo de ciudadanía, más activa y responsable, ampliando la participación en las decisiones políticas del Estado.
Esta herramienta congregó a las ciudades que la poseen como tal, manifestando en la creación de la Red Argentina de Presupuestos Participativos fundamentos tales como los que se transcriben:
El presupuesto participativo es un espacio deliberativo en asambleas distritales en todo el territorio del municipio, creado con el objetivo de que los ciudadanos y las ciudadanas discutan y decidan lo que el gobierno municipal debe realizar en cada distrito, basándose en sus demandas y preocupaciones.
Entre otras cosas, implica ir reemplazando una lógica burocrática por una lógica democrática; de esta manera es un medio idóneo para agilizar la máquina administrativa y hacerla más competente; aumenta el nivel de satisfacción por las obras realizadas y disminuye la demanda de otras, al mismo tiempo que mejora la calidad de vida de las personas en los lugares donde son ejecutadas.
Bajo esta lógica los habitantes del municipio están en inmejorables condiciones -por cercanía, por implicación, por inmediatez- para discutir acerca de su propia cotidianeidad y lograr una síntesis de sus necesidades y expectativas y las vías de acción para satisfacerlas.
El proceso de presupuesto participativo, implica necesariamente un proceso de transformación social relacionado con una redefinición de las lógicas sociales acerca de las prácticas de participación ciudadana y sobre la incidencia en los asuntos que atañen al contexto más inmediato de cada habitante de la ciudad.
Y ello supone algo más que un gobierno legitimado por sufragio universal, es más bien un proyecto de ciudadanía, con pueblo y gobierno protagonizando un proceso de democratización de todas las relaciones sociales, políticas y económicas.
Por otro lado, mejora la comunicación entre la administración y los ciudadanos, pues permite un acercamiento entre los ciudadanos y sus representantes; es una herramienta que refuerza la credibilidad política, apostando a una mayor transparencia de las acciones que se emprenden y a la eficacia en la gestión municipal. Así lo demuestra el ejemplo del municipio de Porto Alegre, luego de varios años de llevar adelante esta práctica, la recaudación de impuestos municipales ha aumentado considerablemente.
La participación ciudadana constituye un componente fundamental en la vitalidad y legitimidad del ordenamiento democrático, como también en el afianzamiento de la gobernabilidad. Aquella supone una presencia activa del ciudadano en los asuntos públicos, lo que exige de los gobernantes una mayor apertura al tratamiento de los temas que antes eran abordados entre partidos o actores estrictamente del área política.
En este sentido, la ampliación de los beneficios mencionados responde a un proyecto político, técnico y participativo, que apunta al desarrollo no sólo distrital, sino también provincial y nacional. Por lo que es importante que se promuevan la articulación de los recursos, programas y proyectos de los diferentes niveles de gestión para vincular lo local con lo nacional. El presupuesto participativo trata de buscar la convergencia de recursos para obras de impacto más amplio y de beneficio colectivo, pero, como se expresó, sus logros son también intangibles, pues fortalece el tejido social, la autoestima de los participantes y contribuye a propiciar el interés de la ciudadanía en los asuntos que tienen que ver con su desarrollo.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Establézcase para la Municipalidad de la Ciudad de Venado Tuerto, la aplicación progresiva del sistema de Presupuesto Participativo.
El mismo tiene como objetivos:
Lograr que los vecinos se sientan comprometidos con los destinos de la ciudad.
Aportar un instrumento de control y planificación de la administración municipal.
Motivar la participación ciudadana en las tareas de gobierno de la ciudad.
Consolidar un espacio institucional de participación.
Mejorar la disposición para cumplir con las normas tributarias.
El Departamento Ejecutivo Municipal conformará un Equipo de Coordinación, el cual se encargará de organizar el proceso de Presupuesto Participativo, en cuanto a la realización de asambleas, difusión, asesoramiento en la elaboración de los proyectos, entre otras tareas
El Departamento Ejecutivo Municipal dará amplia difusión radial, televisiva y en medios gráficos sobre las asambleas y el foro de la ciudad. El cronograma de encuentros deberá distribuirse también con los impuestos y tasas municipales.
Art.2º.- A través del Presupuesto Participativo la población de la ciudad, durante el desarrollo de las jornadas luego detalladas, debatirá acerca de las prioridades presupuestarias por áreas temáticas, aconsejando y/o decidiendo sobre el destino de un porcentaje del presupuesto municipal.
Art.3º.- La asignación presupuestaria prevista para las partidas del proyecto presupuestario alcanzado por las normas del Presupuesto Participativo, deberán ser igual o mayor a la correspondiente al año inmediato anterior (en el año 2010, superior al año 2009) afectado por el coeficiente del aumento de presupuesto global de Ingresos y Egresos del Municipio.
Podrán eventualmente de un año a otro cambiarse las partidas afectadas pero respetando los montos involucrados según el párrafo precedente.
Art.4º.- Las partidas comprendidas para el inicio del sistema de presupuesto participativo serán: Construcción de veredas, Señalización de calles, Desagües menores, reconstrucción pavimento urbano, plazas, parques, paseos y forestación pública (en un 30% de la misma), remodelación parque municipal, diseño y realización nuevos espacios verdes.
Art.5º.- Progresiva y paulatinamente se incorporarán año a año al mecanismo las partidas para erogaciones en trabajos públicos, redes de gas, pavimento urbano y cordón cuneta.
Art.6º.- A efectos de la distribución territorial de la representación, se divide a la ciudad de Venado Tuerto en 5 zonas integradas como sigue:
6.1. Zona 1: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Tiro Federal, San Martín, Iturbide y Alejandro Gutiérrez.
6.2. Zona 2: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Centro I, II y III, Belgrano, Rivadavia y Pcias. Unidas.
6.3. Zona 3: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Guemes, San Cayetano y Fonavi-Ciudad Nueva.
6.4. Zona 4: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Norte, Malvinas Argentinas, San José Obrero, San Vicente y Juan XXIII.
6.5. Zona 5: Coincidente con los límites exteriores de las vecinales de Barrios Villa Casey, El Cruce y Santa Rosa.
Art.7º.- La asignación por distrito se efectuará por cada área temática involucrada de la siguiente manera:
El 50 % se distribuirá un 22 % del monto asignado para cada una de las zonas excepto la zona 2 a la que le corresponderá el 12 %.
El 50 % restante de acuerdo a la decisión del Consejo del Presupuesto participativo aprobado por no menos del 50 % de los miembros.
Art.8º.- El proceso se desarrollará conforme a la siguiente cronología:
8.1. En el mes de marzo de cada año, se reunirán las Asambleas zonales a conformarse con la presencia de vecinos interesados en general e instituciones radicadas en el sector, las que serán especialmente invitadas a participar y enviar, al menos, representantes. Se hará público un informe de ejecución del presupuesto municipal en curso, como así también los recursos estimados para la elaboración del anteproyecto del presupuesto participativo en discusión, garantizando las posibilidades de control y crítica y asegurando la transparencia necesaria para que el proceso pueda desarrollarse. El Departamento Ejecutivo Municipal expondrá los programas ejecutados el año anterior y los que están en vías de ejecución.
8.2. En el mes de abril, las asambleas zonales analizarán las necesidades y se establecerán prioridades para aquellas que se consideran más urgentes. El DEM pondrá a disposición de las asambleas toda la información técnica disponible.
En esta fase se eligen dos delegados por zona (que pueden ser revocados en cualquier momento por el órgano que los eligió) que constituirán el Consejo del Presupuesto Participativo. Los mismos solo tendrán como condición ser mayores de 18 años y vivir en la zona que representará (justificado a través de la presentación de su D.N.I. el domicilio que deberá pertenecer a la zona en la que el ciudadano quiere representar), debiendo ser electos por mayoría de la asamblea zonal.
Para facilitar la elección de los proyectos a priorizar, se elaborará un folleto con tres columnas:
la primera enumerando cada una de las necesidades, problemas, ideas y/o proyectos enunciadas por los vecinos en la primera asamblea;
la segunda asignándole a cada uno de los proyectos el monto correspondiente determinado por el Departamento Ejecutivo Municipal y/o si correspondiere (según el proyecto) un breve detalle informando sobre la normativa vigente en relación a ese tema;
la tercera columna deberá ser llenada por cada ciudadano otorgándole a cada proyecto un puntaje en una escala descendente de cinco (5) a uno (1).
Cada ciudadano sólo puede elegir cinco proyectos y deberá calificarlos. El puntaje más alto es de cinco (5) puntos para aquel proyecto que le parezca más importante o prioritario; luego asignará con cuatro (4) puntos al que a su criterio sea el que le sigue en orden de importancia, hasta llegar a elegir el quinto proyecto asignándole un (1) punto.
De acuerdo al puntaje que sumó cada proyecto (contabilizando todos los folletos de los ciudadanos presentes en la asamblea), se realiza el listado de prioridades: el de mayor puntaje es el primer proyecto seleccionado y luego se conforma el listado con los proyectos que le siguen en orden descendente de puntos.
8.3 En el mes de mayo, el Consejo del Presupuesto Participativo discute las directrices presupuestarias y en base al trabajo realizado en Asambleas zonales se establecen las prioridades. Participarán además del debate un representante del Sindicato de Empleados Municipales, uno de la Comisión Intervecinal, el Secretario Coordinador de Gabinete, el Secretario de Obras Públicas y dos concejales (uno por la mayoría y uno por la minoría).
8.4 Los delegados zonales deberán efectuar consultas con las Asambleas que produjeron sus nombramientos.
8.5 En Agosto y previo haberse reunido con el Consejo del Presupuesto Participativo, el Poder Ejecutivo elabora la propuesta de presupuesto que se remite al Concejo Municipal.
El control posterior de la ejecución de los proyectos aprobados y el control presupuestario de los mismos, se encontrará a cargo de este Consejo del Presupuesto Participativo
Art.9° Las decisiones adoptadas en mérito a la metodología descripta para el presupuesto participativo serán de ejecución obligatoria para el municipio, sobre el resto de las partidas presupuestarias podrá formular opinión sobre la que se tomará conocimiento.
El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Finanzas, efectuará la transferencia de los créditos presupuestarios de partidas afectadas al Presupuesto Participativo que no se hubieran ejecutado en un ejercicio fiscal, al ejercicio inmediato siguiente, sin que ello se interprete como incremento automático al crédito anual asignado al ejercicio al que son transferidos.
Asimismo, dicha Secretaria deberá dar a publicidad de los vecinos el movimiento que posea el expediente de los proyectos aprobados.
Art.10º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil nueve.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente 3852-V-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO