Ordenanza

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Visto:
Que es necesario regular el costo del servicio de taxis y de remisses de nuestra ciudad; y,

Considerando:
Que el servicio de taxis está regulado por Ordenanza municipal como así también su tarifa.
Que por Ordenanza Nº 3639/2008 se determinó que los remisses también posean reloj taxímetro debido a que los mismos cumplen en la actualidad con un servicio similar al de los taxis en la vía pública, por lo que el municipio decidió que las tarifas sean controladas por este instrumento y reguladas por Ordenanzas a tales fines.
Que para la determinación de estos valores deben existir parámetros claros que tiendan a la mayor economía posible del usuario, contemplando que la ecuación económica del propietario del vehículo de alquiler le permita cumplir con su trabajo en forma adecuada.
Que en el mes de agosto del año 2009 se estableció el precio de la tarifa que regiría para taxis y que también lo sería en forma unificada para los remisses que prestan servicio en nuestra ciudad.
Que es necesaria la adecuación de la misma conforme a los costos del servicio.
Que se hace necesario además establecer reglas claras sobre la modalidad a seguir para este tipo de adecuaciones tarifarias.
Que frente a las constantes variaciones de costos se considera conveniente establecer una fecha por semestre para la revisión tarifaria de estos servicios.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente

ORDENANZA

Art. 1º.- Establézcase que se realizarán dos revisiones de tarifas de taxis y de remisses al año. Estas revisiones se realizarán en los meses de marzo y de septiembre de cada año.

Art. 2º.- Los nuevos valores serán los siguientes:
• Pesos TRES CON SETENTA CENTAVOS ($ 3,70) en concepto de bajada de bandera.
• VEINTE CENTAVOS DE PESO ($ 0,20) cada cien (100) metros de recorrido.
• VEINTE CENTAVOS DE PESO ($ 0,20) cada cuarenta (40) segundos de espera.

Art. 3º.- Estos valores tendrán vigencia a partir de la promulgación de la presente Ordenanza y sólo cuando el reloj taxímetro esté actualizado. Al 31 de marzo todos los vehículos de alquiler tienen que tener actualizado el reloj con los valores determinados por esta Ordenanza en el art. 2º.

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Presidencia del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día primero del mes de marzo del año dos mil diez.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 156-C-91

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA