Ordenanza
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Visto:
La conveniencia de contar con datos estadísticos ciertos y actualizados relativos a la cantidad, composición, grados de educación, niveles de ingresos y condiciones habitacionales de la población de nuestra ciudad; y,
Considerando:
Que oportunamente, al tiempo de promulgarse parcialmente la Ordenanza Nº 3792 que regula todo lo relativo a la constitución y funcionamiento de las Comisiones Vecinales (sancionada por ese Cuerpo Deliberativo el pasado 8 de diciembre), el Departamento Ejecutivo vetó el art. 15 de la misma por los motivos expuestos en los Considerandos del Decreto Nº 219/09 -documento por medio del cual se instrumentara el referido veto, argumentos que se dan en éste por reproducidos.
Que en esa ocasión se propició la realización de un censo municipal -para el que se puso a disposición a calificado personal dependiente del Municipio, en caso de acogida favorable- con el objetivo de conocer con certeza la integración poblacional de nuestra comunidad.
Que los beneficios del conocimiento de la realidad sociodemográfica son tan evidentes que resultaría sobreabundante recordarlos en éste. A mero título de ejemplo, basta con mencionar que permitiría la planificación de políticas públicas en función de las necesidades reales de los habitantes y no en función de presunciones, que pueden resultar más o menos precisas, de tales requerimientos sociales.
Que a esos efectos, el Departamento Ejecutivo, y con el fin de poder presentar ante este Cuerpo Legislativo un plan de acción de base cierta, ha anticipado la realización de algunas tareas preliminares a fin de delinear la organización funcional del censo que en el presente proyecto se propone realizar.
Que en tal entendimiento se han planificado diversas etapas, las que, a grandes rasgos, pueden definirse como “pre-censal”, integrada por la selección y capacitación de los censistas, la división del área a censar en fracciones pequeñas, el análisis minucioso de la información a requerir de los censados, e inclusive, una intensa campaña de concientización de éstos, a los efectos de que obren en el pleno convencimiento de que la fidelidad de los datos provistos redundará en beneficio de todos y de cada uno; de “relevamiento de la información” (visita de los censistas a todos los hogares); de “compilación” de la información (procesamiento de datos, ingreso, control y corrección de los mismos, codificación de resultados, etc.) y finalmente, de “difusión” de la información obtenida por este medio.
Que para la tarea de relevamiento de datos, que requiere de mayor cantidad de numerarios, además del personal municipal calificado, se ha pensado en invitar a los diversos establecimientos que brindan educación de nivel terciario y universitario en Venado Tuerto, a todas las instituciones locales, asociaciones, ONG y a cualquier otra entidad dispuesta a prestar su colaboración en este emprendimiento.
Que respecto de la información a proveer por los habitantes, se han diseñado distintas adjuntadas en el expediente administrativo para su conocimiento.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Dispóngase la realización de un censo poblacional y de vivienda en todo el territorio de la ciudad de Venado Tuerto, incluyendo la zona rural, los días sábado 5 y domingo 6 de junio del corriente año.
Art.2º.- Ordénese la organización funcional del mismo al Departamento Ejecutivo Municipal, quien designará un responsable de este proceso.
Art.3º.- Desígnese un miembro de este Concejo Municipal en representación del mismo a los efectos de participar y/o supervisar su ejecución.
Art.4º.- Impleméntese en coordinación con el Departamento Ejecutivo Municipal una amplia campaña de concientización a toda la población sobre los efectos beneficiosos de contar con información cierta y actualizada sobre nuestra comunidad.
Art.5º.- Encomiéndese al Secretario de Hacienda la imputación de los gastos que demandará la presente encuesta a una cuenta específica.
Art.6º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Presidencia del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los catorce días del mes de abril del año dos mil diez.
La conveniencia de contar con datos estadísticos ciertos y actualizados relativos a la cantidad, composición, grados de educación, niveles de ingresos y condiciones habitacionales de la población de nuestra ciudad; y,
Considerando:
Que oportunamente, al tiempo de promulgarse parcialmente la Ordenanza Nº 3792 que regula todo lo relativo a la constitución y funcionamiento de las Comisiones Vecinales (sancionada por ese Cuerpo Deliberativo el pasado 8 de diciembre), el Departamento Ejecutivo vetó el art. 15 de la misma por los motivos expuestos en los Considerandos del Decreto Nº 219/09 -documento por medio del cual se instrumentara el referido veto, argumentos que se dan en éste por reproducidos.
Que en esa ocasión se propició la realización de un censo municipal -para el que se puso a disposición a calificado personal dependiente del Municipio, en caso de acogida favorable- con el objetivo de conocer con certeza la integración poblacional de nuestra comunidad.
Que los beneficios del conocimiento de la realidad sociodemográfica son tan evidentes que resultaría sobreabundante recordarlos en éste. A mero título de ejemplo, basta con mencionar que permitiría la planificación de políticas públicas en función de las necesidades reales de los habitantes y no en función de presunciones, que pueden resultar más o menos precisas, de tales requerimientos sociales.
Que a esos efectos, el Departamento Ejecutivo, y con el fin de poder presentar ante este Cuerpo Legislativo un plan de acción de base cierta, ha anticipado la realización de algunas tareas preliminares a fin de delinear la organización funcional del censo que en el presente proyecto se propone realizar.
Que en tal entendimiento se han planificado diversas etapas, las que, a grandes rasgos, pueden definirse como “pre-censal”, integrada por la selección y capacitación de los censistas, la división del área a censar en fracciones pequeñas, el análisis minucioso de la información a requerir de los censados, e inclusive, una intensa campaña de concientización de éstos, a los efectos de que obren en el pleno convencimiento de que la fidelidad de los datos provistos redundará en beneficio de todos y de cada uno; de “relevamiento de la información” (visita de los censistas a todos los hogares); de “compilación” de la información (procesamiento de datos, ingreso, control y corrección de los mismos, codificación de resultados, etc.) y finalmente, de “difusión” de la información obtenida por este medio.
Que para la tarea de relevamiento de datos, que requiere de mayor cantidad de numerarios, además del personal municipal calificado, se ha pensado en invitar a los diversos establecimientos que brindan educación de nivel terciario y universitario en Venado Tuerto, a todas las instituciones locales, asociaciones, ONG y a cualquier otra entidad dispuesta a prestar su colaboración en este emprendimiento.
Que respecto de la información a proveer por los habitantes, se han diseñado distintas adjuntadas en el expediente administrativo para su conocimiento.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1º.- Dispóngase la realización de un censo poblacional y de vivienda en todo el territorio de la ciudad de Venado Tuerto, incluyendo la zona rural, los días sábado 5 y domingo 6 de junio del corriente año.
Art.2º.- Ordénese la organización funcional del mismo al Departamento Ejecutivo Municipal, quien designará un responsable de este proceso.
Art.3º.- Desígnese un miembro de este Concejo Municipal en representación del mismo a los efectos de participar y/o supervisar su ejecución.
Art.4º.- Impleméntese en coordinación con el Departamento Ejecutivo Municipal una amplia campaña de concientización a toda la población sobre los efectos beneficiosos de contar con información cierta y actualizada sobre nuestra comunidad.
Art.5º.- Encomiéndese al Secretario de Hacienda la imputación de los gastos que demandará la presente encuesta a una cuenta específica.
Art.6º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Presidencia del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los catorce días del mes de abril del año dos mil diez.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 4396-C-07
- Derogada: NO
- Vetada: NO