Ordenanza

Starter Section

Ordenanza Nº 3821/10 - Deroga la Ordenanza 3451-06 y modifica el art. 5º de la Ordenanza 2474.

Visto:
La realidad que puede fácilmente verificarse en las áreas de “Estacionamiento Medido y Pago” de Venado Tuerto creadas por Ordenanza Nº 2374/96; y,

Considerando:
Que se ha generalizado la costumbre por parte de algunos automovilistas de asentar sus automóviles en las áreas céntricas delimitadas como de “Estacionamiento Medido y Pago” por largos períodos, llegando inclusive a ocupar el mismo sitio durante todo el horario de funcionamiento del sistema.
Que tales estacionamientos prolongados contrarían el objetivo que se tuvo en mira al sancionar la Ordenanza de su creación -Nº 2374/96-, que precisamente consideró la posibilidad, por este medio, de propiciar el descongestionamiento del tránsito en la zona de mayor concentración comercial y bancaria de la ciudad, a la vez que proporcionar a quienes se dirigen a efectuar diligencias y/o trámites de corta duración, lugares disponibles para el aparcamiento con recambio permanente de unidades estacionadas.
Que posiblemente, una de las causas que origina esta realidad, a la que se suma la comodidad, se deba a que los valores han quedado desactualizados, habida cuenta de que se han fijado hace más de tres años.
Que es deber de este Departamento Ejecutivo Municipal desalentar prácticas como las descriptas, que obstaculizan el cumplimiento de las disposiciones vigentes.
Que asimismo, y habida cuenta de que los concesionarios del servicio (permisionarios) perciben como único ingreso un porcentaje de lo recaudado en concepto de estacionamiento medido, resulta equitativo promover un acrecentamiento del mismo.
Que los valores de tarjeta y tiempos de estacionamiento originarios fueron oportunamente modificados por la Ordenanza Nº 3451/2006, y atento el tiempo transcurrido de la misma resulta nuevamente necesario actualizar los conceptos referidos a la realidad económica actual.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1º.- Deróguese la Ordenanza Nº 3451/2006.

Art. 2º.- Modifíquese el art. 5º de la Ordenanza Nº 2374/96, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Las tarjetas a expenderse serán de tres tipos: a) de una hora de duración, b) de media hora de duración y c) de quince minutos de duración. Su valor de venta al público será de Pesos TRES ($ 3,00), Pesos UNO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1,50) y Pesos UNO ($ 1,00) respectivamente”.

Art. 3º.- Dispónese que los valores establecidos en el artículo precedente comenzarán a regir a partir de la promulgación de la presente ordenanza.

Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Presidencia del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil diez.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 1858-C-96 Mensaje Nº 016-G-201

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA