Ordenanza

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Ordenanza Nº 3824/10 - Autoriza al DEM a adquirir a la firma Fribracam S.A. un camión marca Iveco-

Visto:
La conveniencia de poseer el equipamiento necesario para poder realizar los trabajos de compactación de los residuos domiciliarios y residuos mayores, tarea que le ha sido encomendada a la Secretaría de Servicios Públicos; y,

Considerando:
Que es de conocimiento público y de vieja data el interés de éste y el anterior Departamento Ejecutivo por brindar una solución definitiva y acorde con los preceptos constitucionales que reconocen el derecho de todos los habitantes a vivir en un ambiente sano.
Que en esa concepción, apenas asumida la actual gestión administrativa local se han iniciado las largas y complicadas tareas que concluirán con la definitiva erradicación del basural a cielo abierto que desafortunadamente todos los vecinos conocemos.
Que no obstante, hasta llegar a la ansiada meta existe aún un largo derrotero por transitar.
Que en su transcurso, el destino de la enorme cantidad de residuos (de los denominados “domiciliarios” así como de los “mayores”) que se producen diariamente en toda la ciudad, hasta tanto puedan ser procesados de acuerdo con las más modernas técnicas ecológicas, requieren algún tipo de tratamiento, siendo el de “compactación” el que se emplea usualmente.
Que el municipio local cuenta en su parque rodante con seis vetustos camiones que tienen compactadores incorporados, pero, como es obvio, resultan insuficientes para brindar un servicio ágil y eficaz a toda la población.
Que en el ánimo permanente de ofrecer cada día mejor calidad de vida a todos los ciudadanos -sin distinciones- se ha presentado al Departamento Ejecutivo la posibilidad de adquirir a una empresa de nuestra ciudad un camión que tiene adosado un equipo compactador, de mayor porte en relación a los indicados, que ha sido revisado por las áreas técnicas de la Secretaría de Servicios Públicos, y que se encuentra en muy buen estado de conservación.
Que de poder disponer del mismo en un corto tiempo, se disminuirían notoriamente los tiempos dedicados a esas labores, con el consecuente e inmejorable beneficio que de tal acortamiento temporal derivará a la comunidad toda.
Que si bien el art. 10º de la Ley Provincial Nº 2756 establece los sistemas a utilizar para todos aquellos actos y contratos que impliquen un “desembolso” para municipios y comunas (1º y 2º categoría), fijando límites o topes económicos en cuanto a su selección; dada la especificidad del equipamiento a obtener se estima conveniente proceder a su adquisición a través del sistema por contratación directa, con la modalidad de pago que se describe.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art.1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir a la firma Fibracam S.A., con domicilio en Manuel Vicente Manzano 84 de esta ciudad de Venado Tuerto, un camión marca Iveco, modelo 160E23N, usado, año 1998, dominio CCB 381, provisto de una compactadora marca Cupiro, por la suma total de $ 200.000 (pesos doscientos mil), I.V.A. incluido, a abonarse en 10 (diez) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 18.000 (pesos dieciocho mil) cada una, y el saldo, equivalente a $ 2.000 (pesos dos mil) mensuales, a compensar con impuestos, tasas y/o derechos que deba tributar la firma vendedora al Municipio.

Art.2º.- Previo a la toma de posesión del vehículo objeto de la presente, transfiérase el mismo a la Municipalidad de Venado Tuerto.

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Presidencia del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil diez.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 889-C-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA