Ordenanza

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Ordenanza Nº 3825/10 - Autoriza al DEM a ejecutar la obra de tendido de red de gas en la chacra 38.

Visto:
La ejecución y consecuente habilitación de la obra de redes troncales de gas efectuada en el Barrio Gutiérrez (Santa Fe) en el marco de la Licitación Pública Nº 4/2008; y, Considerando:
Que en el proceso licitatorio mencionado, por el cual se contrató la obra de ampliación de redes troncales de gas y remodelación de la estación reductora en seis barrios de la ciudad fraccionada en tres módulos por razones operativas, el señor Carlos A. Belforte, de la ciudad de Firmat, resultó adjudicatario del módulo 3, que comprende los barrios Tiro Federal, Alejandro Gutiérrez (Santa Fe) e Iturbide.
Que con relación a la obra correspondiente al barrio Santa Fe, ya ha sido finalizada y se ha obtenido la consecuente habilitación por parte de la autoridad competente, Litoral Gas S.A., y, así, los vecinos y propietarios se encuentran en condiciones de realizar la conexión domiciliaria del gas.
Que en el mes de marzo pasado se realizó una reunión informativa con ellos, de la que surge la aprobación de la obra.
Que si bien de acuerdo con la normativa vigente, Ordenanza Nº 3400/2006, los metros fronteros de propiedad del Estado Nacional, Provincial o Municipal no serán tenidos en consideración para el cálculo de los porcentajes de aprobación de la obra respectiva, no es menos cierto que dichos organismos no están exentos del pago de las mismas.
Que existen en la zona abarcada por la red troncal, que permitiría la prestación del servicio, cincuenta y seis lotes baldíos que pertenecen al dominio privado del Municipio.
Que los terrenos en cuestión están detallados en el plano adjuntado por el Departamento Ejecutivo Municipal según consta en el expediente administrativo de referencia, y comprenden 32 lotes en esquina, de los que resulta un total de 788 metros de cañería cuyo valor de referencia es el estipulado en la Licitación Nº 4/2008, es decir, $ 85 (pesos ochenta y cinco) el metro lineal, lo que hace un total de $ 66.980 (pesos sesenta y seis mil novecientos ochenta).
Que la contratista, y de acuerdo con los términos del proceso licitatorio citado, ofrece realizar un descuento del 10 % (diez por ciento) de ese monto a abonar en 3 (tres) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 20.094 (pesos veinte mil noventa y cuatro) cada una.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar convenio de ejecución de obra para el tendido de red de gas domiciliaria en los lotes detallados en el plano oportunamente remitido a este Cuerpo Legislativo adjunto al Mensaje 022-OP-2010 situados en la Chacra 38, pertenecientes al dominio privado de este Municipio, en el marco de la Licitación Pública Nº 4/2008, proyecto identificado con el Nº P/VT/09/124 de Litoral Gas S.A., con el señor Carlos Alberto Belforte, DNI 14.801.241, con domicilio en Almirante Brown 1545 de la ciudad de Firmat, por la suma total de $ 60.282 (pesos sesenta mil doscientos ochenta y dos).

Art. 2º.- Dispóngase que la autorización otorgada en el artículo precedente incluye la de abonar el monto referido en 3 (tres) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 20.094 (pesos veinte mil noventa y cuatro) cada una, con vencimiento la primera de ellas a la fecha de suscripción del convenio respectivo.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 3853-V-02 Mensaje Nº 022-OP-20

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA