Ordenanza
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Visto:
La sanción de la Ordenanza Nº 3795 el pasado 17 de diciembre por medio de la cual fuera ratificada la Resolución OP Nº 079/2009; y,
Considerando:
Que en la referida disposición fue autorizada la contratación en locación de determinada cantidad de horas mensuales, precisamente ciento noventa y cinco cada mes, de un equipo de máquina topadora sobre orugas empleado para la manipulación de los residuos vertidos en el basural de la ciudad.
Que los motivos que fundaron la decisión consistieron en la ingente necesidad de dar satisfacción a ese servicio de ineludible prestación por parte del Municipio, la indisponibilidad temporaria del único equipo de características similares con que éste cuenta en virtud de que se hallaba en reparación, y los inconvenientes que provocaría un llamado a licitación pública, los que, por razones de brevedad, se dan en estos considerandos por reproducidos.
Que en esa oportunidad se entendió que el término de tres meses resultaba prudencial a los efectos de volver a poner en funcionamiento en su capacidad máxima a la maquinaria en cuestión.
Que no obstante, tal previsión ha resultado exigua habida cuenta que la nueva información obtenida ha estimado que recién se podrá contar con ella en aproximadamente tres meses, es decir, hacia fines del mes de julio próximo.
Que es por ello que las causas en las encontrara su fundamento la resolución emanada de la Secretaría de Obras Públicas subsisten en la actualidad, previéndose que la locación de mil seiscientas horas, en idénticas condiciones a la contratación anterior, dará solución al problema que aquí se plantea.
Que finalmente corresponde dejar constancia que la presente norma es votada por la afirmativa por los señores Concejales Orlanda, Mastri, Rostom, Pieli, Meier y Merino; y por la negativa por los señores Concejales Vernetti y Díaz Vélez.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Autorícese la contratación de una máquina topadora sobre orugas a la empresa Anka-Loo Construcciones S.R.L., con domicilio en Duarte Quirós 525, 4to. “A” de la ciudad de Córdoba, a razón de $ 242 (pesos doscientos cuarenta y dos) la hora, que incluye chofer e impuestos, hasta el 04/06/2010.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil diez.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Expediente Nº 038-I-91
- Derogada: NO
- Vetada: NO