Ordenanza

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Visto:
La Ordenanza Nº 3542/07 por la cual se ratifica el convenio subscripto en fecha 21/09/2007 entre el DEM y los señores Marcelo Stampone (DNI 16.805.780) y Adriana Lucia Dellaqua (DNI Nº 17.075.353); por el cual los propietarios ceden un lote de terreno para la apertura de la calle Azcoaga en su intersección con calle Saavedra; y,

Considerando:
Que a la fecha el mismo no ha sido implementada y han variado las condiciones de aquel acuerdo debido a que existen nuevas construcciones en el lote a subdividir.
Que los propietarios según escritura es decir los señores Marcelo Stampone y Adriana Dellaqua no serian los propietarios reales debido a que quien estaría en posesión de estos lotes es el señor Barrios quien manifiesta no estar de acuerdo con las condiciones que se acordaron en esa oportunidad.
Que la Municipalidad debió haber hecho el loteo de subdivisión del mismo, el que a la fecha no se ha realizado por lo que la municipalidad no hizo efectiva la apertura de la calle Azcoaga, que era el propósito principal del municipio al arribar al acuerdo que hoy no cuenta con la conformidad de todos los actores del mismo.
Que además en función del loteo que debió hacerse el señor Barrios vendió a cuenta del mismo un lote que hoy esta construido, y que por no existir dicho loteo no es posible regularizar.
Que por lo expuesto se considera necesario realizar un nuevo acuerdo que sea conformado por las partes intervinientes, es decir la Municipalidad, los propietarios según escritura y el propietario real del inmueble.
Que el señor Barrios cede al municipio un lote de terreno de 11,90 metros de ancho y 45 m de largo para la apertura de la calle Azcoaga.
Que los antecedentes inmediatos demuestran que la modalidad de este municipio que cuando se quiere hacer un loteo, el propietario debe ceder las superficie para la aperturas de las calles y cuando la municipalidad desea intervenir sobre una propiedad privada para la apertura de una calle le compensa al vecino con alguna propiedad similar, como ha sido el caso reciente de Caro.
Que en el caso del señor Barrios existe una combinación de ambas situaciones dado que fue el vecino quien solicito poder lotear cuando se le exigió cerrar el horno de ladrillos que tenia en esa propiedad dado que el mismo era su sustento económico pero la apertura de calle Azcoaga es también una necesidad municipal.
Que es necesario llegar a un acuerdo para lo cual se considera justo que el vecino sea compensado por la entrega del lote al municipio con la cancelación de la deuda con la municipalidad que ha fecha 21/9/2007 era de $ 14.506 y la regularización catastral de las edificaciones que hay sobre el terreno en cuestión, haciéndose cargo la municipalidad de la subdivisión del lote y los gastos e escrituración. Estos gastos son inferiores al valor del terreno cedido por el vecino pero este se ve con la posibilidad de hacer el loteo lo que es de su interés.
Que además será necesario rehacer el cerco perimetral qu divide la propiedad del vecino con la calle municipal por lo que se propone realizar esa división de 38 ms. a través de un tapial de placas de hormigón donde el municipio aportaría los materiales y el vecino la mano de Obra.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA

Art.1º.- Realizar un nuevo convenio entre los señores Stampone, Dellaqua y Barrios con la Municipalidad de Venado Tuerto basado en los siguientes términos:
1. Los señores Barrios, Stampone y Dellaqua enajenan a favor de la Municipalidad un lote de terreno de 11,90 m de ancho por 45 m de largo el cual será destinado a la apertura de calle Azcoaga.
2. La municipalidad compensara al vecino con la cancelación de la deuda municipal y la regularización catastral de las viviendas en los lotes en cuestión.
3. El vecino aceptara que en esta mensura figure la porción de su vivienda que quedara en el nuevo terreno municipal como superficie a demoler.
4. La municipalidad se hará cargo de de la mensura de subdivisión y los gastos de escrituración que demande el traspaso del lote para la apertura de la calle.
5. El nuevo cerco que deberá hacerse entre el vecino y el terreno del dominio público municipal se hará en partes iguales entendiéndose por tal que el municipio aporte los materiales y el vecino la mano de obra.

Art.3°- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de octubre del año dos mil diez.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 4407-I-07

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA