Ordenanza

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Visto:
La propuesta del Superior Gobierno Provincial de la construcción de un Centro de Salud en el Barrio San Vicente y del Centro Regional de Emergencias SIES 107; y,

Considerando:
Que la ciudad de Venado Tuerto ha experimentado en los últimos años un notorio incremento poblacional, con la consecuente expansión territorial.
Que el Barrio San Vicente se encuentra demasiado distante al actual Hospital de nuestra ciudad, y es por ello que esta Municipalidad está de acuerdo con contar con un Centro de Salud en dicho Barrio.
Que el sistema de salud se basa en centros periféricos barriales que derivan los pacientes, de ser necesario, a los centros de mayor complejidad.
Que el Centro de Salud del Barrio San Vicente existente está limitado en sus posibilidades de crecimiento por que está construido sobre la plaza del Barrio, impidiendo optimizar la prestación del servicio.
Que ha sido solicitado un predio para la localización y construcción del Centro Regional de Emergencias SIES 107.
Que la Municipalidad cuenta con una Reserva Municipal, sin destino de uso, en el Barrio mencionado.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1. Cédase al Superior Gobierno de la Provincia dos lotes baldíos identificados como 1a y 1c, de acuerdo al Croquis de Subdivisión realizado por la Secretaría de Obras Públicas, que son fracciones de la Reserva Municipal Nº 105B, ubicada en la Manzana “B”, de la Chacra 70, es decir, esquina Sur de la Manzana limitada por las calles Azcuénaga, M. Manzano y Lavalle, que mide 42,30 metros de frente por Manzano y 92,75 metros de frente por Azcuénaga, según Título, propiedad de esta Municipalidad e inscripto el mismo en Tomo: 455, Folio 208, Nº 227248 de fecha 31-07-90.

Art. 2. Las fracciones mencionadas en el Artículo precedente, estarán destinadas a la construcción del Centro de Salud del Barrio San Vicente, la fracción 1a de 15 metros de frente sobre calle Manzano, por 45 m de fondo y al Centro Regional de Emergencias SIES 107 la fracción 1c, de 27,75 metros de frente sobre calle Azcuenaga y 42,30 metros de fondo, cuya Mensura de Subdivisión está en trámite.

Art. 3. Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio respectivo con el Superior Gobierno Provincial para los fines mencionados.

Art. 4. En el referido Convenio deberá constar:
• El cargo específico para el que los mismos se ceden, la construcción de un Centro de Salud y el Centro Regional de Emergencias.
• Que el Comodato quedará sin efecto si en el término de dos (2) años no se inicia el proceso de construcción de los mencionados.

Art. 5. Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil diez.




INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Mensaje Nº 065-OP-2010 Expediente 3336-C-00

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA