Ordenanza

Starter Section

Visto:
El nuevo Plan de Desarrollo Territorial que en su Capítulo IX - Artículo 18º - Item 3 especifica: “Cualquier propietario de una parcela localizada en Área Urbana cuya superficie exceda los dos mil quinientos (2.500) metros cuadrados podrá requerir el dictado de normas particulares para la misma”; y,

Considerando:
Que la Municipalidad de Venado Tuerto tiene la posibilidad de vender terrenos de más de dos mil quinientos metros cuadrados (2500 m2) en la zona denominada Z8 de nuestra ciudad. Para ello, se deben dictar las normas particulares que conforme al mismo serán elaboradas por la Autoridad de Aplicación. Las mismas contarán con el informe técnico de la Comisión Municipal de Gestión Territorial y serán remitidas al Concejo Deliberante para su consideración.
Que en consecuencia, la Comisión de Gestión Territorial trató el tema y fijó las condiciones para la zona Z8 del Plan de Desarrollo Territorial.
Que para fijar estas condiciones se tuvo como antecedente el sistema de premios que existían en el Código Urbano aprobado en el año 2004 y en el proyecto de Código de Desarrollo Territorial elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal en el mes de Julio de 2009.
Que en la reunión llevada a cabo el día 16/11/2010 se llegó a la propuesta de establecer un sistema de premios similar a la del Plan 2004 que permita incrementar el Factor de Ocupación Total (FOT) otorgando premios de hasta un 10% del mismo para anchos mayores a doce metros (12 m) y además establecer premios cuando se reducen los valores del Factor de Ocupación de Suelo (FOS). Estos premios podían llegar a un total de un 40% en el FOT como lo establecía el Código que regía desde el año 2004. Se establece además un premio en la altura para todo terreno de más de dos mil quinientos metros cuadrados (2500m2). Para esta zona en particular se eleva la altura máxima permitida de once metros (11m) a quince metros (15m).
Que de esta forma para la zona Z8 los Parámetros Urbanísticos máximos serán:
* Factor de Ocupación Total FOT para la zona Z8 es: FOT = 1 con los premios se llega a FOT = 1,4.-
* Factor de Densidad Habitacional (FDH) para la zona es: una vivienda cada cien metros cuadrados (100 m2) con los premios pasa a ser una vivienda cada setenta y un metros cuadrados (71 m2).-
Estos premios se dan para terrenos de más de diecisiete metros (17m) de ancho y con un FOS de 0,49 cuando el FOS permitido para la zona es de 0,7.-
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art.1º.- Establézcase para la Chacra 80, manzanas O y P de la zona Z8 del Plan de Desarrollo Territorial los siguientes Parámetros Urbanísticos para lotes de más de dos mil quinientos metros cuadrados (2.500 m2):
1. Premio por ancho: a partir de doce metros (12 m), 2% de aumento FOT y de FDH por cada metro en mas de incremento en el ancho del lote, hasta un máximo del 10%.
2. Premio por disminución de FOS: por cada punto porcentual de disminución de FOS se aumentará el mismo porcentaje de Factor de Ocupación Total (FOT) y Factor de Densidad Habitacional (FDH) con un máximo de un 30%.
3. Premio de altura: Para todo terreno de más de dos mil quinientos metros cuadrados (2.500 m2) la altura de fachada permitida será de quince metros (15 m) y el plano límite será de veinte metros (20 m). Este premio sólo será efectivo si existen retiros de la línea de frente y laterales de al menos tres metros (3 m) para las plantas altas.

Art. 2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diez.



INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente 3967-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA