Ordenanza

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Visto:
Los convenios firmados por el señor Intendente Municipal y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Publicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, en el marco del PROGRAMA DE MEJORAMIENTO HABITACIONAL e INFREAESTRUCTURA BASICA II – PROMHIB, y

Considerando Que:
En el marco de dicho programa la Municipalidad de Venado Tuerto ejecutará dos proyectos de mejoramiento:
a) Mejorado Granular Calcáreo y Construcción de Cordón Cuneta, Badenes y Desagües Pluviales en el Barrio ALEJANDRO GUTIÉRREZ, por la suma de $ 590.500 (pesos quinientos noventa mil quinientos; b) Mejorado Granular Calcáreo y Construcción de Cordón Cuneta, Badenes y Desagües Pluviales en el Barrio ITURBIDE, por la suma de $ 593.600 (pesos quinientos noventa y tres mil seiscientos).
Las cuadras a ejecutar dentro del mencionado programa son las siguientes:
PROMHIB BARRIO ALEJANDRO GUTIÉRREZ
calle Salvadores entre Urquiza y San Luis (4 cuadras),
calle San Luis entre Correa Llovet y Argonz (4 cuadras),
calle Derqui entre Salvadores y Argonz (1 cuadra),
calle Argonz entre Urquiza y Derqui (1 cuadra).
PROMHIB BARRIO ITURBIBE
calle Turner entre Runciman y Falucho (3 cuadras),
calle Brett entre Runciman y Falucho (3 cuadras),
calle Runciman entre Iturbide y Brett (2 cuadras),
calle Juan B. Justo entre Turner y Brett (1 cuadra),
calle Cabral entre Turner y Brett (1 cuadra).
Este programa de mejoramiento comprende a sectores de los barrios Alejandro Gutiérrez e Iturbide y es complementario de otros planes que la Municipalidad de Venado Tuerto viene realizando en el sector, tales como el Plan de 149 Cuadras del FEFIP y el 3er Plan de Acceso a Barrios, generando una obra pública con marcado equilibrio social y territorial.
Por tal razón los proyectos presentados en el marco del “PROMHIB”, además de constituirse en accesos pavimentados sobre los mencionados sectores por los que ingresan los vehículos, cumplirán con una importante función social al integrar física y socialmente a estas zonas residenciales con el núcleo de la ciudad, facilitando así la integración cultural, laboral y educacional de los mismos, al otorgar mejores vías de acceso que permitan un tránsito y comunicación más fluida entre la ciudad y la periferia.
Cabe destacar que la ciudad es un hecho colectivo, es el espacio para la construcción de ciudadanía. La ciudad como proyecto y construcción colectiva es el lugar privilegiado en el cual el ciudadano hace efectivo su derecho a participar. Una mayor conexión física entre los distintos sectores de la ciudad implicaría un primer paso en la inclusión social de los sectores más excluidos evitando el ausentismo en el trabajo como también el desgranamiento escolar.
Asimismo, el mejoramiento ambiental del entorno urbano lleva a un cambio de actitud ciudadana frente a los problemas de la pobreza y la marginación.
Toda obra pública tendiente a mejorar la infraestructura contribuye a que las personas desarrollen sus potencialidades humanas y afiancen su identidad.
En la formulación de los proyectos ha primado la equidad, la que debe orientar a quienes ejercen los poderes del Estado en todas sus acciones. Con las inversiones previstas, se mejorará innegablemente la calidad de vida de los habitantes de los barrios beneficiados, al evitarse inundaciones, posibles focos infecciosos, eliminación de malezas, vectores nocivos y alimañas.
La expansión hacia el sur de la ciudad trajo como consecuencia una carencia en las infraestructuras básicas para gran parte de la población que la habita, donde el pavimento se torna prioritario, ya que impacta fuertemente en el equilibrio medioambiental del territorio.
En este caso, los proyectos presentados al “PROMHIB” significan una posibilidad concreta de aumentar el inventario de calles y avenidas pavimentadas de la ciudad.
Es razonable utilizar el subsidio otorgado por la Nación en beneficio de los contribuyentes fronteros en forma directa pero, a su vez, es una excelente herramienta para continuar con obras de pavimentación en otros sectores de la ciudad.
Existen otros antecedentes más concretos referidos a este tema aprobados por el Concejo Municipal, mediante las Ordenanzas 3313-05, 3423-06, 3455-06 y otras, que constituyen con la Contribución de Mejoras abonadas por los vecinos frentistas un “fondo de obra pública” destinado a financiar el 40 % de anticipo en distintas cuadras de la ciudad.
El monto a percibir en concepto de contribución de mejoras es una excelente oportunidad para la continuación de la obra pública de cordón cuneta en los mismos sectores de la ciudad, tales como las siguientes calles:
a) Argonz entre Eva Perón y Urquiza
b) Pardal entre Urquiza y Derqui
c) Derqui entre Salvadores y Matheu.
d) Turner entre 3 de Febrero y Runciman
e) Brett entre 3 de Febrero y Runciman
f) Tucumán entre Turner y Brett
Para poder efectivizar ambos proyectos, es necesaria la aprobación del Concejo Municipal.
Con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1º.- Ratifíquense los convenios firmados por el Departamento Ejecutivo Municipal y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Publicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, en el marco del PROMHIB - PROGRAMA DE MEJORAMIENTO HABITACIONAL e INFREAESTRUCTURA BÁSICA II, para la construcción de dos proyectos de mejoramiento:
a) Ejecución de Mejorado Granular Calcáreo y Construcción de Cordón Cuneta, Badenes y Desagües Pluviales en el BARRIO ALEJANDRO GUTIÉRREZ, por la suma de $ 590.500,00 (pesos quinientos noventa mil quinientos con 00/100), de acuerdo con el siguiente detalle.
Salvadores entre Urquiza y San Luis (4 cuadras),
San Luis entre Correa Llovet y Argonz (4 cuadras),
Derqui entre Salvadores y Argonz (1 cuadra),
Argonz entre Urquiza y Derqui (1 cuadra).
b) Ejecución de Mejorado Granular Calcáreo y Construcción de Cordón Cuneta, Badenes y Desagües Pluviales en el BARRIO ITURBIDE, por la suma de $ 593.600,00 (pesos quinientos noventa y tres mil seiscientos con 00/100), de acuerdo con el siguiente detalle:.
1. Turner entre Runciman y Falucho (3 cuadras),
2. Brett entre Runciman y Falucho (3 cuadras),
3. Runciman entre Iturbide y Brett (2 cuadras),
4. Juan B. Justo entre Turner y Brett (1 cuadra),
5. Cabral entre Turner y Brett (1 cuadra).

Art. 2º.- Facúltese al señor Intendente Municipal a gestionar los fondos citados con el Gobierno Nacional para el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el art. 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorícese la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.

Art. 3°.- Declárense de interés público y pago obligatorio las obras del PROMHIB descriptas en el listado del art. 1 y autorícese el cobro de la contribución de mejoras, en un todo de acuerdo a lo prescripto por las ordenanzas vigentes de pavimentación urbana.

Art. 4º.- Los ingresos por los subsidios otorgados por Nación para la ejecución de las obras del PROMHIB serán imputadas a la partida presupuestaria N° 3474-7 “Percibido PROMHIB – Iturbide – Alejandro Gutiérrez”.

Art. 5º.- Los gastos que demande la pavimentación de las calles descriptas en el art. 1, serán imputadas a la partida presupuestaria N° 3475-8 “Gastos PROMHIB Barrios Iturbide y Alejandro Gutiérrez”.

Art. 6º.- Los ingresos por el cobro de la contribución de mejoras sobre las calles alcanzadas por la obra de pavimentación urbana descriptas en el art. 1 de la presente serán imputadas a la partida presupuestaria N° 3473-7 “Percibido FOP – PROMHIB Contribución de Mejoras”, los que deberán ser depositados diariamente en una cuenta bancaria creada al efecto.

Art. 7º.- Dispóngase que con los fondos descriptos en el artículo anterior la Municipalidad realizará otras obras de pavimentación, las que se encuentran detalladas en el plano adjunto, conforme con la siguiente descripción:
calle Argonz entre Eva Perón y Urquiza (1 cuadra),
calle Derqui entre salvadores y Matheu (3 cuadras),
calle Pardal entre Urquiza y Derqui (1 cuadra),
calle Turner entre 3 de febrero y Av. Alem (2 cuadras),
calle Brett entre 3 de febrero y Av. Alem (2 cuadras),
calle Tucumán entre Turner y Brett (1 cuadra).

Art. 8º.- Los gastos que demande la pavimentación de las calles descriptas en el art. 7 serán imputados a la partida presupuestaria N° 3478-8 “Gastos FOP PROMHIB – ZONA SUR”.

Art. 9º.- Los ingresos por contribución de mejoras de las calles descriptas en el art. 7 serán, serán imputadas a la partida presupuestaria N° 3473-7 “Percibido FOP – PROMHIB Contribución de Mejoras””.-

Art. 10º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil once.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Expediente Nº 4492-C-10 Mensaje Nº 03-PyG-2

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA